INTRODUCCIÓN
La Carta Pastoral “Las dos ciudades”, publicada en 1936 por el obispo de Salamanca, Mons. Enrique Pla y Deniel, es uno de los documentos más significativos del posicionamiento de una parte del episcopado español ante la Guerra Civil. Inspirada en la célebre distinción de San Agustín entre la ciudad terrena y la ciudad de Dios, la pastoral interpreta el conflicto como una confrontación entre dos concepciones radicalmente opuestas de la vida, del hombre y de la sociedad.
En este texto, el prelado presenta el año 1936 como una “piedra miliar” en la historia de España, marcado por la revolución, la contrarrevolución, el martirio de miles de cristianos y la lucha entre el amor ordenado a Dios y el amor desordenado de sí mismo. La carta desarrolla una amplia reflexión teológica, moral y social sobre la legitimidad de la autoridad, el sentido del martirio, la licitud de la guerra en determinadas circunstancias y la necesidad de una reconstrucción cristiana de la vida personal, familiar y social.
Leer hoy esta pastoral permite comprender mejor el marco mental, religioso y cultural desde el que se interpretaron aquellos acontecimientos dramáticos, así como el lenguaje, las categorías y los valores que marcaron una época decisiva de la historia contemporánea de España.
El año 1936 piedra miliar en la historia de España.-Revolución y contrarrevolución.-Los dos amores que respectivamente las engendran; y con ellas a las dos ciudades.-Frente al vandalismo de los hijos de Caín el heroísmo y el sublime y fructífero martirio de los hijos de Dios.-El martirio es la suprema categoría del amor.-Se ha enriquecido y alargado el ya largo Martirologio español.
II
Identidad de los principios doctrinales de la Iglesia ante diversas circunstancias políticas.-En 1923, en 1931 y en 1936 se han recordado por el Prelado dos principios fundamentales de derecho público cristiano: que viniendo de Dios toda autoridad civil tiene sin embargo un origen humano en la determinación de la forma de régimen y en la persona que lo encarne; y que en la sociedad radica una autoridad constituyente para cambiar un régimen o un gobierno no arbitrariamente, sino por necesidad del bien público.-Preclarísimos Doctores de la Iglesia y Maestros Salmantinos que enseñan el origen humano de las distintas formas de gobierno y personas que lo desempeñan.-León XIII llama evidente ésta doctrina. -Santo Tomás de Aquino, San Roberto Belarmino y Suárez enseñan la legitimidad de alzamientos por la necesidad de defender el bien común. – Razones intrínsecas de esta doctrina.-soberanía radical constituyente v suprema autoridad constituida.-La Providencia de Dios y la necesidad de la oración en las calamidades públicas no excluyen la acción de las causas segundas ni el uso de los medios naturales — Condenación por el Concilio de Constanza del aislado e individual tiranicidio,—A no ser en legítima defensa nunca es licito dar muerte a ningún hombre por autoridad privada.-obligación de facilitar a los condenados a muerte la recepción de los últimos Sacramentos. Inhibición de la Iglesia Jerárquica en lo que Dios ha dejado a las disputas de los hombres.-La guerra actual española, más que una guerra civil, es una guerra internacional en el suelo nacional de España; es una verdadera cruzada.- El derecho cristiano condena el principio absoluto de no intervención.—Ante la barbarie comunista no cabe la neutralidad nacional ni internacional.—Noble admonición del Cardenal Mercier,—Bendición de Pio XI a los que en España han asumido la tarea de defender los derechos de Dios y de la Religión.
III
La guerra solo es lícita cuando es necesaria. — La guerra es una gran escuela forjadora de hombres.-misión providencial de las guerras —La sangre derramada en la actual guerra debe ser redentora.—De los individuos con una práctica íntegra de la ley cristiana.— De las familias con el ejercicio amoroso y fuerte de la autoridad paterna que no permita libertades inmorales a los hijos.—De la vida del trabajo con la implantación de la cristiana justicia social.-Ni explotador capitalismo ni destructor comunismo.—El trabajo, la propiedad, el capital, la jerarquía, son todos elementos necesarios para una vida civilizada.—El comunismo no tiene potencia para elevar el grado de progreso y de civilización, sino para destruir valores intelectuales y morales, para achatar a la humanidad,—La doctrina social cristiana procura la elevación, la ascensión del pueblo.—La Iglesia lucha contra el comunismo no para esclavizar, sino para liberar a los obreros.—Interés por el bienestar material de los obreros y por su bien espiritual y eterno.—Este último para todo hombre, sea cualquiera su profesión, es el unum necessarium del Evangelio.—La sangre derramada debe redimir a España, a la España racial y autentica, paladín inmortal de la espiritualidad.—Hecho monstruoso de que en España se luche al grito de ¡Viva Rusia!-—Por Dios y por España han ido las juventudes de las milicias voluntarias a la lucha.—Una España laica no es España.—La Iglesia no quiere la teocracia en el gobierno civil de los pueblos y por ello no son de temer intromisiones de la misma en el gobierno temporal.— Aun más se inhibe respecto de las distintas formas políticas, las cuales pueden sin embargo para una nación y sus ciudadanos ser de suma importancia,—La confesionalidad no puede confundirse con la teocracia.—El ateísmo público es antihumano y antisocial. — La sociedad civil no puede desconocer a Dios, que es también su último Autor y fundamento, ni a la religión necesaria para la moralidad de los ciudadanos,—Dios es quien alza o hunde los pueblos que ha creado,—La confesionalidad del Estado es necesaria en la escuela, en el matrimonio, en los cementerios y en el reconocimiento de la Iglesia como sociedad perfecta, regulando por medio de un Concordato las relaciones con la misma,—Felicitación a los católicos salmantinos por su conducta pública en estos últimos cinco años,-Exhortación a la acción de gracias a Dios por la preservación de Salamanca del vandalismo comunista y a preces públicas para obtener el triunfo definitivo de la España recobrada para Dios recobrándose a sí misma.
NOTA.—Léanse los capítulos I y III de la presente Carta Pastoral en las iglesias parroquiales y filiales, pudiendo omitir la homilía parroquial, pero sin dejar de cumplimentar lo dispuesto respecto de la predicación precedente a la fiesta de Cristo Rey.
LAS DOS CIUDADES
NOS DR. D. ENRIQUE PLA Y DENIEL,
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA OBISPO DE SALAMANCA.
Fecerunt itaqiie civitatés duas amores dúo: terrenam scilicet amor sui usque ad contemptum Dei, coelestem vero amor Dei cis- que ad contemptum sui.
Dos amores hicieron, pues, dos ciudades-, a la terrena el amor de sí hasta el desprecio de Dios, a la celeste el amor de Dios hasta et desprecio propio.
(S. Agustín De la Ciudad de Dios, l.ib. XIV, Cap. XXVÍI).
Al Ilustrísimo Cabildo Catedral, Clero secular y regular y fieles todos salmantinos. La paz del Señor.
I
El año 1936 piedra miliar en la historia de España. —Revolución y contrarrevolución.—Los dos amores que las engendran; y con ellas a las dos ciudades.—Frente al vandalismo de los hijos de Caín, el heroísmo y el sublime y fructífero martirio de los hijos de Dios.
El saludo clásico episcopal, eco del saludo de Cristo resucitado a sus apóstoles, “La Paz del Señor, ¡cómo resuena en estas horas de épico batallar, cuando España entera está en guerra y en gfuerra entre hermanos por los aires, por la tierra y por el mar!
El año 1936 señalará época, como piedra miliar, en la historia de España. Se abrió con presagios de tempestad; y se desencadenó bien pronto huracanada; y comenzaron a arder templos y Casas de vírgenes del Señor; y acá y allá iban cayendo víctimas cada vez en forma más trágica y desaforada. A la justicia sustituía la venganza; los órganos estatales no lograban ni aun con medios extraordinarios la normalidad del orden ciudadano. Los vencedores en una lucha de comicios desbordaban al Gobierno por ellos mismos impuesto y amenazaban con una próxima revolución comunista. Aun a los niños convertían en pioneros de la misma, poniendo en sus tiernos labios el fatídico canto ¡Somos hijos de Lenin!
Hemos vivido con vosotros, carísimos hijos nuestros, y estamos viviendo todavía horas de máxima tensión espiritual; y esto en Salamanca, ciudad y diócesis privilegiada, en que no han flameado llamas, ni ha habido que deplorar sacrilegios ni turbulentos desmanes. ¡Ah! pero de la capital de España y de innúmeras ciudades y pueblos hermanos nos llegaban relatos de una verdadera tragedia nacional que amenazaba correrse a las sensatas y pacíficas llanuras castellanas y leonesas, tan bellamente cantadas por Gabriel y Galán.
Por ello en la Santa Cuaresma de este año en sus tardes dominicales. Prelado y fieles recorríamos las naves de nuestra grandiosa Catedral en Vía Crucis de penitencia y plegaria, cantando arrodillados sobre sus frías y cenienarias losas…¡ya lloro mis culpas y os pido perdón!
Y llegó por fin lo que tenía que venir: una sangrienta revolución, con millares de víctimas, con refinados ensañamientos, con violaciones y sacrilegios, con saqueos, incendios y destrucción y ruinas. Mas la amorosa Providencia de Dios no ha permitido que España en ella pereciese.
Al apuntar la revolución ha suscitado la contrarrevolución; y ellas son las que hoy están en lucha épica en nuestra España, hecha espectáculo para el mundo entero, que la contempla no como simple espectador, sino con apasionamiento, porque bien ve que en el suelo de España luchan hoy cruentamente dos concepciones de la vida, dos sentimientos, dos fuerzas que están aprestadas para una lucha universal en todos los pueblos de la tierra, las dos ciudades que el geniodel águila de Hipona, padre de la Filosofía de la Historia, San Agustín, describió maravillosamente en su inmortal Ciudad de Dios: dos amores hicieron dos ciudades, la terrena el amor de sí hasta el desprecio de Dios, la celeste el amor de Dios hasta el desprecio propio.
Estos dos amores, que en germen se hallan siempre en la humanidad en todos los tiempos, han llegado a su plenitud en los días que vivimos en nuestra España. El comunismo y anarquismo son la idolatría propia hasta llegar al desprecio, al odio a Dios Nuestro Señor; y enfrente de ellos han florecido de manera insospechada el heroísmo y el martirio que en amor exaltado a España y a Dios ofrecen en sacrificio y holocausto la propia vida.
Hay un amor de sí mismo recto, honesto, legítimo y ordenado, que busca su propia perfección en el cumplimiento de su deber en el puesto que la Providencia le ha colocado en este mundo para conseguir la plena felicidad en aquella vida de arriba, que por ser eterna, es la vida verdadera. Mas el egoismo es el amor, desordenado y desenfrenado de sí mismo, olvidado de los deberes, ansioso sólo del goce y del placer carnal y terreno, envidioso de todo el que cree goza más que él, procurando no emular a los que sobresalen, sino rebajar a éstos y aun aniquilarlos. Esta egolatría tiene su consumación en el odio a Dios y en todo lo que lleva su sello. El comunismo y el anarquismo despojan al hombre de todo sentimiento elevado y de todo delicado amor. A los sin Dios, si les sobra la elevación y consolación religiosa, les sobran también los monumentos de arte y la alta cultura: quieren una humanidad achatada, amoral sino analfabeta, con pesebres para saciar todos sus apetitos, exenta de amores ultraterrenos, pero aún de los amores humanos más puros, del amor conyugal de indisolubles esposos, del amor paternal y filial. El comunismo y el anarquismo no se detienen en el Ni Dios ni amo; tampoco quieren padres que deban ser respetados, ni maridos que sean la cabeza y el apoyo de la mujer. ¿No gritan las desbocadas jovenzuelas libertarias Hijitos sí, maridos no? ¡Cuánta es la miseria moral a que lleva el comunismo a hombres y a mujeres, jóvenes y aun a niños robándoles el candor, flor de inocencia, y anidando ya en su pecho el odio que les hace crispar los puños!
Los comunistas y anarquistas son los hijos de Caín, fratricidas de sus hermanos, envidiosos de los qué hacen un culto de la virtud y por ello les asesinan y les martirizan; y no pudiendo acabar con Dios ni con Cristo, sacian su odio en sus imágenes, en sus templos y en sus ministros y se gozan en el asesinato, en el saqueo, en la destrucción y en el incendio.
Frente a tanta degradación humana de la ciudad terrena de los sin Dios florece la ciudad celeste de los hijos de Dios, cuyo divino amor les eleva hasta las sublimidades del heroismo y del martirio. El heroísmo necesita un ideal elevado para ofrendar valiente y aun gozosamznte la vida; a él llegan los soldados y los voluntarios que luchan por Dios y por la patria, esperando una vida ultraterrena; no lo alcanzan los que al impulso del odio son audaces y crueles en matar: éstos llegan a exponerse también a morir, mas no son de la casta de los héroes que no saben huir.
El martirio es la suprema categoría del amor: dar la vida por la confesión de la verdad, déla suprema verdad ,que es también el supremo Bien, Dios Nuestro Señor. Es el amor de Dios hasta la entrega, hasta el desprecio, de la propia vida. En la Santa Misa se pide a Dios que se digne darnos alguna participación y sociedad con los santos Apóstoles y Mártires: partem aliqiiam et socie- tatem donare digneris cum tuis sanctis Apostolis et Martyribus [1]. El mártir se reviste de una gran semejanza con Cristo Víctima y Reden- tor. De ahí los grandes privilegios del martirio.
¡Y cómo han florecido las flores rojas del mar- tirio en nuestra España en los dos meses que llevamos del desencadenamiento del odio comunista en tantas provincias de nuestra patria! El mismo Vicario de Cristo en su solemnísima alocución del día 14 de este mes lo ha proclamado a la faz de todo el mundo. El ya largo y glorioso martirologio español se ha alargado y enriquecido con obispos, sacerdotes y seglares, con ancianos, con vírgenes y aun con niños. Todos son hermanos nuestros de fe y de patria. Con todos nos sentimos entrañablemente unidos. De todos pedimos su valiosa y eficaz intercesión por su sangre derramada, unte el Señor que tiene en sus manos los destinos de los pueblos, por la salvación de nuestra España. ¡Mas cuál no ha de ser la emoción de este Obispo a quien Dios no ha concedido la gracia del Martirio ante el martirio de tantos venerandos Hermanos en el Episcopado y amigos dilectísimos, ante el martirio de decenas de sacerdotes de su antigua diócesis abulense, a quienes habíamos consagrado sacerdotes o habíamos enviado a las parroquias en donde han sido inmolados; ofreciéndose el Párroco de Lagartera, Antonio Tejerizo, como víctima para qué fuesen salvados todos sus feligreses; negándose a gritar Viva Rusia ante el perdón que le ofrecían, el Párroco de Hoyo de Pinares, Agustín Bermejo, y muriendo con un «Viva España,, y «Viva Cristo Rey”, sufriendo que le fuesen arrancando los intestinos poco a poco antes que apostatar, el joven sacerdote César Eusebio, en Oropesa! ¡Y qué espectáculo más digno de los primeros siglos heroicos de la Iglesia que el del Obispo de Barbastro presidiendo a cuarenta sacerdotes e hijos del Beato Antonio María Claretquese dirigieron al martirio cantando el Miserere, como la liturgia prescribe que se canten salmos antes de la solemnidad de la Misa Pontifical!
La sangre de tantos mártires hijos de España será oída del Sacratísimo Corazón de Jesús, fusilado también en su efigie veneranda del Cerro de los Angeles para reinar en lo futuro en España con más veneración que en otras partes.
En Abril de 1931, al ocurrir el cambio de régimen, ante el peligro que se barruntaba de que sobreviniese una persecución religiosa en España, advertíamos que la perpetuidad de la Iglesia Católica se halla vinculada a la capacidad demostrada por los hechos de nuevos mártires en todos los siglos, escribiendo desde nuestra antigua sede abulense estas palabras:
» Aun los que no reconozcan el míigisterio divino de la Iglesia, por carecer desgraciamente de la fe, deberían reconocer la realidad del magisterio de la Iglesia para millones de almas en todos los países de la tierra, para la mayoría de ellas en nuestra España; y aun desde un punto de vista positivista si se quiere deberían apreciar la inmensa tuerza moral de la Iglesia que no se extingue con la caída de un régimen humano por secular que sea, porque Fila es anterior a todos los régimenes de las naciones civilizadas y ha vivido con todas las instituciones políticas y ha conocido la protección y apoyo de los poderes seculares como ha sobrevivido a todas las persecuciones en sus variadísimas formas, de intromisión excesiva algunas veces aun con capa de piedad o celo, de tiranía anticristiana otras. Su piedra fundamental es Cristo, que es de ayer, de hoy y de mañana; su semilla en su primera propagación fué la sangre de mártires; su perpetuidad está vinculada a la capacidad demostrada por los hechos de nuevos mártires en todos los siglos, [2].
Amonestábamos entonces «a estar dispuestos al martirio antes que a la apostasía; preveíamos la posibilidad de que se llegase a tales circunstancias; estábamos seguros de que en este trance no faltarían en nuestra España nuevos mártires.
Mas ¡ah! con la misma sinceridad hemos de declarar que no sospechábamos que el número de mártires de la España contemporánea fuese tan crecido, de tantos centenares como ciertamente han ya sido, y aun tal vez de tantos millares cuando los conozcamos todos. Si la sangre de mártires ha sido siempre semilla de cristianos, ¡qué reflorecimiento de vida cristiana no es de esperar en la España regada por tanta sangre de mártires, de obispos y sacerdotes, de religiosos y seglares que han muerto por confesar a Cristo!
II
Identidad de los principios doctrinales de la Iglesia ante diversas circunstancias políticas.—En 1923, en 1931 y en 1936 se han recordado por el Prelado dos principios fundamentales de derecho público cristiano: que viniendo de Dios toda autoridad civil tiene, sin embargo, un erigen humano en la determinación de forma de régimen y en la persona que lo encarne; y que en la sociedad radica una autoridad constituyente para cambiar un régimen no arbitrariamente, sino por necesidad del bien público.—Preclarísimos Doctores de la Iglesia y ¡Maestros salmantinos que enseñan el origen humano de las distintas formas de gobierno y personas que lo desempeñan.— León XIII llama evidente esta doctrina. —Santo Tomás de Aquino, San Roberto Belarmino y Suárez enseñan la legitimidad de alzamientos por la necesidad de defender el bien común. —Razones intrínsecas de esta doctrina. —Soberanía radical constituyente y suprema autoridad constituida.-La Providencia de Dios y la necesidad ide la oración en las calamidades públicas no excluyen la acción de las causas segundas ni el uso de los medios naturales.—Condenación por el Concilio de Constanza del aislado e individual tiranicidio,— A no ser en legítima defensa nunca es lícito dar muerte a ningún hombre por autoridad privada. —Obligación de facilitar a los condenados a muerte la recepción de los últimos sacramentos. —Inhibición, de la Iglesia Jerárquica en lo que Dios ha dejado a las disputas de los hombres.—La guerra actual española, más que una guerra civil, es una guerra internacional en el suelo nacional de España; es una verdadera cruzada.—El derecho cristiano condena el principio absoluto de no intervención.—Ante la barbarie comunista no cabe la neutralidad nacional ni internacional.—Noble admonición del Cardenal Mercier.—Bendición de Pío XI a los que en España han asumido la tarea de defender los derechos de Dios y de la Religión.
Hemos exaltado en las páginas precedentes el martirio sufrido por el odio comunista de los sin Dios y contra Dios, pero hemos exaltado también el heroísmo de los que han empuñado las armas por España y por su Fe. Mas dirán tal vez los enemigos de Cristo y de su Iglesia y se ha dicho ya: ¿Es propio de un Obispo fomentar una guerra civil entre hermanos? ¿No es ello contra las enseñanzas de la Sagrada Escritura y la doctrina tradicional de la Iglesia de sumisión a las autoridades civiles del Estado, dando a Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César?
La exhortación pastoral que publicamos en 1931 en nuestra antigua diócesis abulense, de la cual acabamos de reproducir uno de sus párrafos, versaba sobre el respeto y obediencia debidas a los poderes constituidos por los ciudadanos católicos y ordenando preces por el bien de la Patria. Pero hemos tenido sumo cuidado cuando algo hemos escrito en nuestras Pastorales con ocasión de acontecimientos humanos y políticos a que nada tuviésemos que rectificar en circunstancias que pudiesen sobrevenir muy distintas, en que la doctrina fuese la misma aun cuando las circunstancias fuesen diversas y aun tal vez opuestas; y por tanto que si la conclusión práctica fuese distinta, no lo fuese por cambio de doctrina, sino por ser distintos los hechos y circunstancias a que se aplicase. No nos parecería digno del magisterio episcopal una doctrina de acomodamiento circunstancial, cual lo pueda tener un periódico que varía de orientación. Tres veces en nuestros dieciocho años de episcopado en dos distintas sedes nos hemos encontrado ante hechos políticos que abrían un período constituyente; y en 1931, al advenimiento de la República, reprodujimos íntegra nuestra Circular publicada en 1923 al advenimiento de la Dictadura, y hoy no necesitamos variar nada en 1936 al bendecir a los cruzados de Cristo y de España de lo que escribimos en 1931. Alargaríamos demasiado la presente Carta Pastoral incluyendo en ella íntegra nuestra Exhortación publicada hace cinco años; y por ello nos contentamos con reproducir aquellos párrafos que se refieren al cumplimiento de los deberes de los ciudadanos católicos, precisamente en períodos constituyentes en que puede producirse un cambio de régimen, que son los que mayor aplicación tienen en las presentes circunstancias [3].
En 1923 y en 1931 propugnábamos dos principios fundamentales de derecho público cristiano que son los mismos que hemos de dejar bien sentados en 1936: La autoridad civil viene de Dios en sí misma considerada, pero tiene un origen humano en los modos de su transmisión, formas contingentes que reviste y personas que la encarnan. En la sociedad radica por derecho natural una potestad constituyente por la cual la suprema necesidad de las naciones, legitima cambios de régimen como condena arbitraria y perjudiciales rebeliones. Son principios de derecho natural y filosofía cristiana de suma importancia que deben conocer los católicos para su recta actuación ciudadana en los momentos más trascendentales de la vida de los pueblos.
Por ello decíamos en 1923 y en 1931: Los que ejercen autoridad, cualquiera sea ella, y de quien quiera la hayan inmediatamente recibido, deben considerarla como recibida en último término de Dios Nuestro Señor autor de la sociedad, para cuyo bien común se ordena toda autoridad, que sin esta ordenación se convierte en tiranía. Lujuria política es ordenar el ejercicio de los cargos de autoridad al bien privado de los que los ejercen, aun cuando no les sea negado recibir ni los honores que el decoro de la autoridad exige, ni los emolumentos que es justo reciba quien consagra su vida al servicio de la comunidad; mas el que sacrifica el bien público a sus pasiones de codicia o ambición destruye con verdadera lujuria política la sociedad civil, como el lujurioso sensual destruye la familia al satisfacer sus instintos contra la ordenada procreación de los hijos en el santo y legítimo matrimonio; y si los lujuriosos serán excluidos del reino de los cielos [4] lo serán también todos los tiranos y tiranuelos que hayan prescindido de la ley de Dios en el desempeño de sus cargos públicos… La autoridad en sí misma viene de Dios como enseña el apóstol San Pablo: «Non est potestas nisi a Deo. [5] Mas como enseñó admirablemente León XIII[6] “si el poder político es siempre de Dios, no, se sigue que la designación divina afecte siempre e inmediatamente los modos de transmisión de este poder, ni las formas contingentes que re- viste, ni las personas que lo encarnan. La variedad misma de estos modos en las diversas naciones, muestra hasta la evidencia el carácter humano de su origen” [7].
Esta doctrina que León XIII llama evidente es la doctrina de los grandes teólogos y canonistas católicos del siglo XVI: la doctrina del santo Doctor de la Iglesia San Roberto Belarmino y de Francisco Suárez, quien a las doctrinas regalistas del protestante Jacobo I de Inglaterra, que presumía de teólogo y pretendía que el poder real venía inmediatamente de Dios, oponía su tesis. «Ninguna potestad política procede inmediatamente de Dios [8]; y esta fué la doctrina, carísimos hijos nuestros, de la gloriosa escuela salmantina de Fray Luis de León, de Azpilcueta, del gran Francisco de Vitoria, de su preclarísimo discípulo Domingo Soto y de Covarrubias. Para no recargar con citas y alegaciones esta Carta Pastoral, bástenos esta» del Maestro Vitoria en su Relección De la Potestad Civil: “Por disposición divina tiene la república esta potestad, pero la causa material en que reside, según el derecho natural y divino, es la misma república a la cual de suya compete regirse y administrarse dirigiendo todas sus facultades al bien común. Pruébase de este modo. Por derecho natural y divino existe la potestad de gobernar la república; y como si se prescinde del derecho positivo y humano, no hay razón alguna para que este poder resida en una persona con preferencia a otra, necesario es que la misma comunidad se baste para dicho fin y tenga la potestad de regirse a sí propia[9].
El otro principio fundamental que hemos claramente expuesto en 1923 y en 1931 es una consecuencia lógica del origen divino solo mediato del poder civil en cuanto a la forma de gobierno y persona que lo desempeñe. Si es la sociedad quien determima la forma de gobierno y la persona que lo desempeña, siguese que en la sociedad radica por derecho natural una potestad constituyente, que puede ejercitar cuando la suprema necesidad de la nación lo reclama. Por ello en las dos fechas históricas citadas decíamos y repetimos ahora:
En períodos, normales son grandes los deberes que todo ciudadano tiene en el ejercicio de sus derechos políticos y sociales. Mas estos deberes suben de punto, cuando una nación se halla en estado completa o parcialmente constituyente, como de hecho se halla hoy nuestra España. Entonces el voto adquiere mayor gravedad y trascendencia; y no sólo el voto directo sino la pasiva adhesión y la cooperación activa tienen suma trascendencia en plasmar o consolidar un nuevo orden de cosas… En los momentos trascendentales de cambio de régimen, la Iglesia en su serena posición llena de amor a la Patria, hace un llamaniiento a todos sus hijos pava que obren a impulsos de su conciencia buscando el bien de la Religión y de la Patria que estriban en la paz y en el orden social. Esta es la suprema necesidad de las naciones, la cual legítima cambios de régimen, como condena arbitrarias y perjudiciales rebeliones .[10]
Si en la sociedad hay que reconocer una potestad habitual o radical para cambiar un régimen cuando la paz y el orden social, suprema necesidad de las naciones, lo exija, es para Nos clarísimo i(y lo hemos propugnado en dictámenes escritos que hemos tenido que dar antes de la presente Carta Pastoral) el derecho de la sociedad no de promover arbitrarias y no justinficadas sediciones, sino de derrocar un gobierno tiránico y gravemente perjudicial a la sociedad, por medios legales si es posible, pero si no lo es, por un alzamiento armado. Esta es la doctrina claramente expuesta por dos santos Doctores de la Iglesia: Santo Tomás de Aquino, Doctor el más autorizado de la Teología Católica, y por San Roberto Belarmino; y junto con ellos por el preclarísimo Doctor Eximio Francisco Suárez.
Enseña Santo Tomás de Aquino: «El régimen tiránico no es justo porque no se ordena al bien común, sino al bien privado del gobernante, y por lo tanto la perturbación de este régimen no tiene razón de sedicióu, a no ser tal vez cuando tan desordenadamente se perturbe el régimen del tirano, que la sociedad sufra mayor daño de la perturbación consiguiente que del régimen del tirano, [11]. San Roberto Belarmino declara: «No están obligados ni deben los cristianos con evidente peligro de la religión tolerar un Rey infiel. Pues cuando pugnan entre sí el derecho divino y el derecho humano, debe guardarse el derecho divino haciendo caso omiso del humano; y es de derecho divino guardar la verdadera fe y religión, que es una sola y no muchas, siendo de derecho humano que tengamos a este o a aquel como rey.[12] i. Suarez por su parte sostiene: «La guerra de la República (o sociedad) contra el Príncipe (o Gobierno) aun agresiva, no es intrínsecamente mala; aun cuando deba tener las condiciones de toda guerra para ser legítima… Pero la República podría alzarse contra el tirano de régimen, ni entonces se promovería propiamente una sedición (pues este nombre se acostumbró a tomar en mal sentido). La razón es que entonces toda la República es superior al Rey (al Gobierno) pues como ella le confirió la potestad, se ha de juzgar que se la dió, para que políticamente (justamente) no tiránicamente, gobernase, y de lo contrario pudiese por ella ser depuesto. [13]
Apoyados en tan firmísimas autoridades, no vacilamos en enseñar en una Carta Pastoral tal doctrina. Creemos, por el contrario, que ha sido de lamentar no sólo la falta de estudio profundo y escolástico de esta cuestión (de derecho público pero que plantea en ocasiones a millares de católicos un caso de conciencia como ha sucedido actualmente en nuestra España) en muchos autores de compendios de teología moral que con excesi va generalidad y ligereza han enseñado que nunca era lícita la rebelión y que en los casos de tiranía sólo había el remedio de acudir a la oración; sino aun la timidez de muchos autores católicos dé filosofía moral de no afrontar radicalmente la cuestión. quedándose sólo en la resistencia activa defensiva o en la resistencia activa ofensiva no violenta, distinciones que muchas veces en la práctica son insuficientes. Esta desviación de la doctrina de los más grandes Doctores de la Iglesia Ja juzgamos por nuestra parte perjudicial; porque es el caso que cuando ocurren circunstancias de gravísima tiranía, como actualmente en España, no creemos que se hayan suscitado dudas casi en ningún católico, ni mucho menos en los directores de conciencias; y nosotros hemos de huir de las antinomias que establecía Kant entre la razón teórica y la razón práctica. No; en la moral católica lo que puede lícitamente practicarse, debe ser también propugnado y razonado en el orden teórico. Hemos de estar dispuestos no sólo a dar razón de nuestra fe, como enseña el Apóstol, sino también de nuestra conducta. [14]
A la luz de los principios supremos del fin, origen y carácter de la autoridad civil, es para Nos clara la solución de la cuestión debatida.
Es indudable, y todos convienen en ello, que el fin de la autoridad civil es promover el bien común. No es el pueblo para el Príncipe sino el Príncipe para la sociedad, para el bien del pueblo. La tiranía supone lo opuesto al bien común. Luego cuando la tiranía es excesiva y habitual es absurdo decir que la autoridad de tal Príncipe o Gobierno deba ser sostenida y que no pueda el pueblo, la sociedad, derrocar tal Príncipe o Gobierno, si no hay un Superior a quien acudir, empleando las armas si no hay otro medio y con tal que se tengan esperanzas fundadas de un éxito favorable, pues si fuesen de temer o un fracaso o males mayores, el mismo bien común impediría entonces la rebelión.
El origen último de la autoridad civil es Dios. Non est potestas nisi a Deo[15]. Pero ya hemos visto que ciertamente Dios no determina inmediatamente ni la forma de gobierno, ni designa la persona que ha de ejercer la autoridad. Luego es siempre la misma sociedad quien determina la forma de gobierno y designa la persona del Príncipe, no precisamente siempre por un explícito sufragio sino muchas veces tácitamente por un consentimiento a hechos determinados o al ejercicio de la autoridad. Como con gran precisión y exactitud establecen Molina y Billot [16], siempre permanece en la sociedad la soberanía radical constituyente, o sea el derecho de establecer una nueva forma de gobierno y una investidura de poder, no por mero capricho y arbitrariamente, sino en cuanto la necesidad del bien público lo exige[17]. Luego si la sociedad puede, como nadie hoy niega, dar el poder a un nuevo Príncipe con su asentimiento y quitarlo al antiguo, una vez ya establecido de hecho el nuevo Príncipe, ¿por qué no ha de poder en uso de esta misma autoridad constituyente que se le reconoce cambiar por el bien común, no por capricho, el régimen el Príncipe y derrocarlo aun por las armas cuando esté tiranizando a la sociedad y poniendo en peli- gro la vida misma de la nación?
La autoridad civil, dado su fin, no tiene un carácter de derecho privado, sino de derecho público, de derecho politico. De aquí que sea un grave error considerar la autoridad política como un dominio patrimonial. El legitimismo tendrá valorjurídico en cuanto signifique las leyes de transmisión de la autoridad establecidas por derecho público. Pero por este mismo carácter están sujetas al bien común y a las transformaciones y variaciones que él exija. Cuando el Príncipe aun legítimo convierta su autoridad en tiranía habitual y excesiva, debe ser privado de su autoridad, pues de otra suerte sería reconocerle un carácter de derecho personal privado; si no hay un Superior que pueda quitársela debe ser la misma Sociedad quien pueda y deba quitársela, aun por las armas.
No basta a un jurista católico para solucionar una ardua cuestión jurídica decir que en el caso de tiranía se pida a Dios el remedio por la oración. A ella debe siempre recurrirse, porque del auxilio divino necesita siempre el hombre y lo necesitan también las sociedades y los pueblos; debe implorarse este auxilio divino con preces públicas, sobre todo en las calamidades públicas, como por nuestra parte con tanto empeño lo hemos procurado en Salamanca en las circunstancias presentes; pero ¿no sería absurdo y contra el derecho natural que si hay en la sociedad fuerza para impedir la tiranía y derrocar al tirano que oprima la religión y a los inocentes, pervierta las costumbres y destruya el bien público, se declarase ilícito el uso de la fuerza que se tiene y se preceptuase sólo acudir a la oración, pidiendo un milagro o una intervención extraordinaria de su Providencia? La Providencia ordinaria de Dios no excluye ciertamente la acción de las causas segundas y el recto ejercicio de la libertad del hombre. Nos parece a nosotros injurioso a Dios, autor de la sociedad humana y de la autoridad civil, del derecho natural y de la justicia, fundamentar en su autoridad divina la obligación de no derrocar a un Príncipe que infiere gravísimos daños al bien común, dejando a la sociedad, que tiene derecho a ser regida y gobernada según razón, sujeta sin natural remedio a los caprichos y vejaciones de un tirano.
No hemos de tentar a Dios pidiendo milagros, dejando de usar los medios naturales Roguémosle sí instantemente para que con su amorosa Providencia haga que éstos no fracasen. ¡La experiencia y la historia muestran con tantos ejemplos que es tan fácil un fracaso en las guerras, aun contando con medios poderosos; y que es Dios el que con su providencia, a veces inescrutable en sus designios, alza y hunde los imperios y señala el ocaso aun a los genios de la guerra! Hinquemos, pues, nuestras rodillas en oración ferviente cuando la maldad se entronice en el poder; preparémonos para el martirio y ofrezcámonos generosamente a él, cuando el peligro del mismo nos amenace; en el orden individual el martirio por Dios es un privilegio de valor inestimable que nos asciende a una categoría superior en la vida eterna; pero la impiedad y la tiranía entronizadas en un pueblo son también un grande daño para la religión y para la patria, y por ello en los últimos cinco años en nuestras pláticas y alocuciones hemos clamado muchas veces y tal vez algunos de vosotros lo recordáis: ¡Los cristianos somos hijos de mártires, pero no raza de esclavos!
No debe jamás confundirse la doctrina del derrocamiento de un poder tiránico por un alzamiento en armas de la nación con el aislado e individual tiranicidio. El Concilio de Constanza condenó en su sesión XV esta proposición: «Cualquier va-sallo o súbdito puede y debe lícita y meritoriamente matar a un tirano cualquiera, hasta valiéndose de ocultas asechanzas, o astutos halagos, o adulaciones no obstante cualquier juramento, o pacto hecho con él y sin esperar la sentencia o el mandato del juez. Como la proposición condenada es la que «establece la licitud de la muerte de cualquier tirano por cualquier vasallo o subdito, algunos autores, reconociendo lo que por lo menos debe reconocerse, que un príncipe o gobernante legítimo en su origen no puede, por la sola tiranía, lícitamente ser muerto por un particular sin autoridad delegada de la nación, hacen luego distinciones entre dispersas clases de tiranos.
Para nosotros no deben hacerse tales distinciones, porque no es el mejor camino en las definiciones de la Iglesia contentarse con lo mínimo y colocarse al borde de proposiciones ciertamente condenadas. Debemos seguir doctrinas seguras y huir por el contrario de las que tienen gravísimos peligros prácticos. Digamos sin distinciones con Balmes: «Es cierto que un particular no tiene derecho a matar al tirano por autoridad propia” (otra cosa sería por delegación recibida de la autoridad o de la sociedad). Continúa el insigne filósofo: «Lo que se hace con la doctrina del Concilio de Constanza es cerrar la puerta al asesinato, poniendo un dique a un sin número de males que inundarían la sociedad, una vez establecido que cualquiera puede por su autoridad propia dar muerte al gobernante’ supremo. ¿Quién se atreverá a culpar semejante principio de favorable a la tiranía? La libertad de los pueblos no debe fundarse en el horrible derecho del asesinato; la defensa de la sociedad no se ha de encomendar al puñal de un frenético.[18] En justa defensa puede matarse a un hombre. Fuera de este caso, sólo la autoridad pública puede quitarle la vida. Podrá́ delegar quien tenga autoridad, pero no puede arrogarse este poder una persona privada, ni puede pretender que la ha recibido directamente de Dios, lo cual es absurdo. De Dios puede dimanar el derecho de defenderse una persona privada; pero exceptuando una milagrosa revelación no puede pretender ningún particular haber recibido el derecho de castigar.
San Agustín, Sto. Tomás de Aquino, San Alfonso María de Ligorio, enseñan claramente esta doctrina. Dice San Agustín en su obra De Civita- te Dei: «El soldado obedeciendo al Poder, bajo el cual está legítimamente constituido, mata a un hombre, no es reo de homicidio por ninguna ley de su nación; por el contrario, si no lo hiciese es reo de desobediencia a la autoridad. Pero si lo hiciese espontáneamente por su autoridad, incurriría en el crimen de homicidio[19].
Santo Tomás de Aquino responde en la más autorizada y última de sus obras Summa Theológica, a la cuestión «Si es lícito a una persona privada matar a un hombre pecador, con estas palabras: «Respondo diciendo que, como se ha dIcho, matar a un malhechor es lícito en cuanto se ordena a la salud de toda la comunidad, y por lo tanto pertenece solamente a aquel a quien está encargado el cuidado de conservar la comunidad; así como al médico pertenece cortar el miembro pútrido, cuando a él se ha encargado el cuidado de la salud de todo el cuerpo. Mas el cuidado del bien común está encargado a los príncipes que tienen pública autoridad; y por lo tanto solo a ellos es lícito matar a un malhechor, pero no a las personas privadas. [20]
San Alfonso María de Ligorio trata aún más directamente que San Agustín y Santo Tomás de si es lícito algún género de tiranicidio por autoridad privada y al negarlo tan rotundamente que de la sentencia contraria dice que es improbable, falsa y falsísima, la razón según él más amplia y apodíctica es precisamente la aducida por San Agustín y Santo Tomás de un modo más general, esto es, que por autoridad privada, a no ser en justa defensa, nunca es lícito dar muerte a ningún hombre. Y por esto del tirano, dice San Alfonso: «Sea (el tirano ilegítimo) ladrón usurpador, y no príncipe ni señor; pregunto: ¿es o no hombre como los demás? y si es hombre, no puede ser privado de la vida o de los bienes por aquellos que no tienen derecho a despojarle de la vida o de los bienes. [21]
Lo que sí concede San Alfonso María de Ligorio y generalmente los moralistas que cuando un malhechor está públicamente proscrito cualquier seglar (no clérigo que no debe mezclarse en causas de sangre) dentro del territorio del que proscribe pueda darle muerte. [22]
Al igual que condenan los moralistas la muerte de cualquiera que no sea proscrito publicamente por autoridad privada, urgen la obligación de dar a los reos tiempo para recibir los últimos sacramentos.[23]
Nadie podría ver la más mínima contradición en el hecho de que se considere por una parte como lícito el derrocamiento del Tirano de régimen, sea legítimo o ilegítimo por su origen, por toda la nación y república y en cambio, se juzgue ilícito el tiranicidio aún del Tirano ilegítimo por una persona privada. Antes al contrario, hay perfecta concordancia entre las soluciones dadas a ambas cuestiones. Se considera lícito el derrocamiento del Tirano hecho por la república o la nación, porque precisamente se reconoce en ésta la autoridad pública constituyente; y porque se juzga que teniendo carácter público y no de patrimonio privado la autoridad del Príncipe legítimo en su origen, merece ser privado de ella cuando la ejerce grave y habitualmente contra el bien común; y se niega la ilicitud del tiranicidio aun del Príncipe ilegítimo por una persona privada, porque ésta carece de autoridad pública, mientras no se la delegue la autoridad legítima.
Hasta aquí hemos hablado de lo que permite o no el derecho natural y conocidas son la afirmación de Santo Tomás de que el evangelio poco añade al derecho natural en cuanto a obligaciones y la del Maestro Vitoria de que el Evangelio permite lo que el derecho natural autoriza.
Mas si respecto de los simples fieles son relativamente pocas las obligaciones que el Evangelio y los preceptos de la iglesia añaden al Decálogo que es de derecho natural, el derecho canónico positivo añade no pocos preceptos negativos y positivos para los ministros de la Iglesia. Y podría alguien que no desconociese el Código de Derecho Canónico, decirnos: enhorabuena que los ciudadanos españoles, haciendo uso de un derecho natural, se hayan alzado para derrocar un gobierno que llevaba la nación a la anarquía. Pero ¿no pregona siempre la Iglesia su apartamiento de las luchas partidistas? ¿No ha dicho muchas veces Su Santidad Pío XI que la acción de la Iglesia se desarrolla fuera y por encima de todos los partidos políticos? ¿No prescribe el canon 141 a los clérigos que no presten apoyo de modo alguno a las guerras intestinas y a las perturbaciones de orden público : neve intestinnis bellis et ordinis publici pertiírbationibus opem quoquo modo ferant? ¿Cómo se explica, pues, que hayan apoyado el actual alzamiento los Prelados españoles, y el mismo Romano Pontífice haya bendecido a los que luchan en uno de los dos campos?
La explicación plenísima nos la da el carácter de la actual lucha que convierte a España en espectáculo para el mundo entero. Reviste, sí, la forma externa de una guerra civil, pero en realidad es una Cruzada. Fué una sublevación, pero no para perturbar, sino para restablecer el orden. El canon alegado que ciertamente no desconocen los Prelados ni el Romano Pontífice, lo mismo que el absoluto apoliticismo partidista de la Iglesia, han de explicar a todos la cautelosa reserva y gradación con que la iglesia Jerárquica, los Obispos españoles y el Sumo Pontífice, han tenido que proceder, aun cuando no desconociesen la verdadera naturaleza del movimiento y la rectitud de intenciones y alteza de miras de sus promotores; mas debían dejar que se patentizasen y distinguiesen bien los dos campos. En una lucha meramente dinástica, o aun por tal o cual forma de gobierno, aun siendo lícita a los seglares y juzgándose conveniente para los interese públicos, no debía ni podía intervenir la Iglesia en ninguna forma; no debía ni podía prestar su apoyo material ni moral. La Iglesia no interviene en lo que Dios ha dejado a la disputa de los hombres. Si desde el primer instante los Prelados hubiesen oficialmente excitado a la lucha, los que han asesinado Obispos y sacerdotes, incendiando y saqueando templos habrían dicho que era la iglesia la que había excitado la guerra, y que sus horribles y sacrilegos atentados no eran más que represalias. Si los Obispos, que no son Jefes supremos de la Iglesia, sino subordinados al Sumo Pontífice, mientras éste todavía protestaba de tales atropellos contra las personas y cosas eclesiásticas ante el Gobierno constituido en el momento de producirse el movimiento y con el cual sostenía mutuas relaciones diplomáticas, hubiesen hecho declaraciones oficiales de hostilidad al Gobierno, éste habría podido responder con fáciles excusas.
Por el contrario, cuando los sacrilegos asesinatos e incendios se han verificado antes de todo apoyo oficial de la Iglesia, cuando el Gobierno no contestó siquiera a las razonadas protestas del Romano Pontífice, cuando el mismo Gobierno ha ido desapareciendo de hecho, no ya sólo en la parte del territorio nacional que perdió desde los primeros momentos, sino que aun en el territorio a él todavía sujeto no ha podido contener los desmanes y se ha visto desbordado por turbas anarquizantes y aun declaradamente anarquistas… ¡ah! entonces ya nadie ha podido recriminar a la Iglesia porque se haya abierta y oficialmente pronunciado a ifavor del orden contra la anarquía, a favor de la implantación de un gobierno jerárquico contra el disolvente comunismo, a favor de la defensa de la civilización cristiana y de sus fundamentos religión, patria y familia contra los sin Dios y contra Dios, sin patria y hospicianos del mundo en frase feliz de un poeta cristiano. Ya no se ha tratado de una guerra civil, sino de una Cruzada por la religión y por la patria y por la civilización. Ya nadie podía tachar a la Iglesia de perturbadora del orden, que ni siquiera precariamente existía.
En realidad se trataba como ha dicho exactamente el Jefe del Gobierno de una nación extranjera[24]: «Estamos cansados de decir a Europa que la guerra civil española, independientemente de la voluntad y de las partes en conflicto, es con absoluta evidencia una lucha internacional en un campo de batalla nacional”.
Ahora bien el derecho cristiano condena el principio absoluto de no intervención en las luchas entre los pueblos. Podrá en ocasiones ser conveniente la no intervención para evitar una conflagración mucho más extensa y de mayores estragos; pero el verdadero derecho internacional cristiano no puede sostener la indiferencia ante la violación de tratados públicos, ante la conculcación de derechos, ante la opresión y despojo del débil inocente por el poderoso opresor, ni aun siquiera puede ver impasible que en un pueblo o nación sean vilipendiados los derechos inalienables a la dignidad humana.
Nuestro gran Francisco de Vitoria, hoy reconocido como Padre del Derecho Internacional, que con una audaz valentía doctrinal, en plena conquista de América, negaba en sus Relectiones de Indias la legitimidad de muchos títulos que se invocaban, concedía la legitimidad de la conquista por »la tiranía de los mismos señores de los bárbaros o de las leyes inhumanas que perjudican a los inocentes, como el sacrificio de hombres inocentes, o el matar a hombres inculpables para comer sus carnes… Esto se prueba, porque a todos mandó Dios velar por su prójimo, y prójimos son todos aquéllos; luego cualquiera puede defenderlos de semejante tiranía y opresión; y a quienes más incumbe esto es a los príncipes. Además se prueba por aquello de los Proverbios, 24: Salva a aquellos que son tomados para la muerte y no dejes de librar a aquellos que son llevados al degolladero… Y no es obstáculo que todos los bárbaros consientan en tales leyes y sacrificios y no quieran que los españoles les libren de semejantes costumbres; pues en estas cosas no son hasta tal punto dueños de sí mismos, que tengan derecho a entregarse ellos a la muerte, ni entregar a sus hijos[25]. ¡Ah! El comunismo que en Rusia y en España ha consentido millares de asesinatos de personas inocentes, que quiere exterminar la religión, que destruye la familia, que pervierte a la niñez y a la mujer; que suprime a clases enteras de la sociedad, que esclaviza dictatorialmente a los mismos obreros, es bárbaro e inhumano, y esta barbarie e inhumanidad es un justísimo título de guerra, según los principios del Maestro Vitoria no sólo para una guerra nacional, sino internacional.
Aquel insigne Prelado contemporáneo, tan grande por sus escritos filosóficos y ascéticos como por su ardiente y sereno patriotismo, Cardenal Mercier, que recibía de pie al Gobernador alemán cuando el ejército de esta nación tenía ocupada a Bélgica y le hacía sentar afablemente cuando vencido iba a despedirse; que en plena guerra al venir el tiempo de Cuaresma sustituía la oración pro tempore belli por la oración pro pace; que, terminada la guerra, él que había escrito las valientes Pastorales enseñando que la ocupación temporal de Bélgica no daba plenos derechos a Alemania, defendía que el Papa no podía adoptar la posición de un beligerante; que recuperada la in dependencia de Bélgica pedía a sus fieles una limosna para los niños hambrientos de Alemania y Austria que acababan de ser sus enemigos; este gran paladín del amor a la Iglesia, a la patria, al derecho y a la verdad cuando el comunismo se apoderó de Rusia proclamó ante Europa que ésta por humanidad no podía dejar de intervenir en Rusia. La Europa egoísta, las naciones cansadas de luchar no oyeron la voz del insigne defensor de la civilización cristiana que quería a la vez librar del peligro del contagio a la Europa central y occidental. En nuestra pequeñez siempre compartimos el criterio de aquel insigne Cardenal con cuyo conocimiento personal y con cuya no merecida amistad pudimos honrarnos.
¿Cómo ante el peligro comunista en España, cuando no se trata de una guerra por cuestiones dinásticas, ni formas de gobiernos, sino de una cruzada contra el comunismo para salvar la religión, la patria y la familia no hemos de entregar los obispos nuestros pectorales y bendecir a los nuevos cruzados del siglo XX y sus gloriosas enseñas, que son por otra parte la gloriosa bandera tradicional de España?
Su Santidad Pío XI, con ocasión de la inauguración de la Exposición Mundial de la Prensa Católica en el Vaticano, prevenía pocos meses há al mundo entero contra el gravísimo peligro del comunismo con las siguientes palabras. «El primero, mayor y más general peligro es ciertamente el comunismo en todas sus formas y grados. Lo amenaza todo, lo impugna abiertamente todo, y encubiertamente todo lo insidia: la dignidad individual, la santidad de la familia, el orden y la seguridad del consorcio civil, y, sobre todo, la religión, hasta la negación abierta y organizada de Dios, y más señaladamente la Religión Católica y de la Católica Iglesia. Toda una copiosísima y desgraciadamente difusísima literatura, pone en plena y ciertísima luz ese programa. Nos dan fe de ello los ensayos de diferentes paises (Rusia, Méjico, España, Uruguay, Brasil) ejecutados o intentados. Peligro grande, total y universal; universalidad que continuamente y sin velos se proclama y se invoca, se procura se promueve con una propaganda que no ahorra nada; más peligrosa cuando, como últimamente viene haciendo, toma actitudes menos violentas y en apariencia menos impías, a fin de penetrar en ambientes menos accesibles y obtener, como por desgracia obtiene, convivencias increíbles o al menos silencio y tolerancia para la causa del mal, de funestísimas consecuencias para la causa del bien. Vosotros diréis, queridístmos hijos, que habéis visto al Padre Común de todos los redimidos, al Vicario de Cristo, profundamente preocupado y entristecido por este máximo peligro que amenaza a todo el mundo, y que ya en varios sitios produce daños gravísimos, y más especialmente en el mundo europeo. Diréis, queridísimos hijos, que el Padre Común no cesa de señalar el peligro que muchos, demasiado muchos, parecen ignorar, y no reconocen su gravedad e inminencia.
Hay por lo tanto perfecta concordancia entre la denuncia hecha por Su Santidad del gravísimo peligro del comunismo y su reciente alocución del 14 de Septiembre a los refugiados españoles en Italia. En ella no mencionó ya, ni para protestar, al Gobierno de Madrid, ya que habían sido del todo inútiles sus protestas. Habló sólo de las fuerzas subversivas contra toda institución humana y divina y de aquellos que han asumido la espinosa y difícil tarea de defender a los derechos y el honor de Dios y de la Religión, es decir, los derechos de la conciencia; primera condición y la más sólida base de todo bienestar humano y social. A estos últimos por encima de toda consideración política dirigió de modo especial su bendición. Bendición augusta, que es augurio de la bendición divina, pero que al propio tiempo es una confirmación pontificia de la doctrina que enseña que hay ocasiones en que la sociedad puede lícitamente alzarse contra un gobierno que lleva a la anarquía y de que el alzamiento español no es una mera guerra civil, sino que sustancialmente es una cruzada por la religión, por la patria y por la civilización, contra el comunismo[26].
III
La guerra sólo es lícita cuando es necesaria.—La guerra es una gran escuela forjadora de hombres.—Misión providencial de las guerras —La sangre derramada en la actual guerra debe ser redentora.—De los individuos con una práctica íntegra de la ley cristiana.— De las familias con el ejercicio amoroso y fuerte de la autoridad paterna que no permita libertades inmorales a los hijos.—De la vida del trabajo con la implantación de la cristiana justicia social.—Ni explotador capitalismo ni destructor comunismo,-El trabajo, la propiedad, el capital, la jerarquía, son todos elementos necesarios para una vida civilizada.—El comunismo no tiene potencia para elevar el grado de progreso y de civilización, sino para destruir valores intelectuales y morales, para achatar a la humanidad.—La doctrina social cristiana procura la elevación, la ascensión del pueblo. — La Iglesia lucha contra el comunismo no para esclavizar, sino para libertar a los obreros.—Interés por el bienestar material de los obreros y por su bien espiritual y eterno.-Este último para todo hombre, sea cualquiera su profesión, es el unum necessarium del Evangelio.—La sangre derramada debe redimir a España, a la España racial y auténtica, paladín inmortal de la espiritualidad.—Hecho monstruoso de que en España se luche al grito de ¡Viva Rusia!—Por Dios y por España han ido las juventudes de las milicias voluntarias a la lucha.—Una España láica no es España.—La Iglesia no quiere la teocracia en el gobierno civil de los pueblos y por ello no son de temer intromisiones de la misma en el gobierno temporal.— Aun más se inhibe respecto de las distintas formas políticas, las cuales pueden sin embargo para una nación y sus ciudadanos ser de suma importancia.—La confesionalidad no puede confundirse con la teocracia.—El ateismo público es antihumano y antisocial. — La sociedad civil no puede desconocer a Dios, que es también su último Autor y fundamento, ni a la religión necesaria para la moralidad de los ciudadanos.—Dios es quien alza o hunde los pueblos que ha creado.—La confesionalidad del Estado es necesaria en la escuela, en el matrimonio, en los cementerios y en el reconocimiento de la Iglesia como sociedad perfecta, regulando por medio de un Concordato las relaciones con la misma.—Felicitación a los católicos salmantinos por su conducta pública en estos últimos cinco años.—Exhortación a la acción de gracias a Dios por la preservación de Salamanca del vandalismo comunista y a preces públicas para obtener el triunfo definitivo de la España recobrada para Dios recobrándose a sí misma.
La guerra, por acarrear una serie inevitable de males sólo es lícita cuando es necesaria. Pero la guerra, como el dolor, es una gran escuela forjadora de hombres. ¿No estamos contemplando con admiración y asombro en pleno siglo XX, cuando tanto habíamos estado lamentando la frivolidad y relajamiento de costumbres y la afeminación muelle y regalada, el ardoroso y heróico arranque de tantos millares de jóvenes que en las distintas milicias voluntarias van generosamente a ofrendar sus vidas en los frentes de batalla por su Dios y por España? ¡Ah! nosotros, al entrar ya en la senectud, esperamos confiadamente que la generación de los jóvenes excombatientes de esta Cruzada será mejor que las generaciones de las postrimerías del siglo XIX y principios del actual. ¿Quien valientemente ha expuesto su vida por Dios y por España no será mejor cumplidor de sus deberes religiosos y ciudadanos que representan un sacrificio mucho menor que la vida? ¿Quién ante los comunistas en la guerra ha ostentado en su pecho las medallas e insignias religiosas juntamente con los lazos de los colores de la bandera nacional, se avergonzará ya jamás de su fe por un vil respeto humano después del glorioso triunfo? En los cuadros históricos que sucesivamente va dibujando la Providencia divina tiene el dolor, tiene la guerra su misión despertadora del aletargamiento y fomentadora de virtudes, como en los cuadros pictóricos tienen las sombras íinalidades de hacer resaltar mejor los cambiantes de colores.
Saquemos fruto de esta hecatombe que estamos contemplando, de tanta sangre derramada. ¡Que sea ella verdaderamente redentora! Que en primer lugar nos redima individualmente a todos, varones y mujeres, obreros y patronos, seglares y sacerdotes de nuestros pecados, aun de nuestra flojedad y tibieza. Cuando tantos han muerto, cuando tantos todavía están muriendo, ¡a practicar todos los sacrificios que el cumplimiento de la ley santa de Dios, que los deberes de nuestro estado y profesión nos exijan! Enseña el Apóstol Santiago que el que quebranta un sólo precepto, aun cuando guarde todos los demás, falta contra toda la Ley[27]. Patrono que cumples tú los deberes para con Dios, pero faltas tal vez a la justicia o a la caridad con tus obreros o con los pobres, oye al mismo Apóstol que te dice: «Ante Dios y ante el Padre Celestial la religión pura e inmaculada es esta: Visitar los huérfanos y las viudas en sus tribulaciones, y guardarse sin ser inficionado de este siglo[28]. «Joven que te glorias de ser hija de María, que tal vez frecuentas los sacramentos, pero que con tus modas provocativas, con tus libertades, eres ocasión de pecado, tiembla ante la amenaza del Evangelio: »Imposible es que no vengan escándalos. ¡Mas ay de aquel por quien vienen!,[29]. Obrero que con tu vida morigerada y de trabajo, con el cumplimiento de tus deberes familiares podrías incluso llegar a la santidad y disfrutarías de una paz de espíritu envidiable ¡no te prives voluntariamente de la consolación de las prácticas religiosas, en las cuales puedes tener verdadera igualdad, y aun puedes superar a los ricos de este mundo!
Sea tanta sangre derramada redentora de las familias. Padres y madres que habéis ofrecido a vuestros hijos para los frentes de batalla, empuñad ya de una vez las riendas amorosas pero fuertes de una educación verdaderamente cristiana de vuestros hijos y de vuestras hijas, sin condescender con frivolidades libertades peligrosas, sin consentirles espectáculos y compañías corruptoras.
Reine de una vez en nuestra España la cristiana justicia social. Ni explotador capitalismo ni destructor comunismo. El trabajo, la propiedad, el capital, la jerarquía son todos elementos completamente necesarios para una vida civilizada.
El trabajo es natural al hombre y habría existido aun en el estado de justicia original. Dios Nuestro Señor entregó a Adán el paraíso terrestre para que lo cultivase[30]. Lo que es castigo y consecuencia del pecado de nuestros primeros, es la fatiga y aun el dolor en el trabajo[31]; pero todas las facultades físicas e intelectuales las ha dado Dios al hombre para que las ejercite, y si no se atrofian. El progreso, del cual únicamente es capaz el hombre, es fruto del trabajo de todo género intelectual y físico; y por ello es también justo que del mismo progreso participen todos los elementos humanos de trabajo. En ningún régimen social puede prescindirse del trabajo; y no se ha abolido ciertamente en el régimen comunista de Rusia, en el cual el nivel de vida del obrero manual no es mejor, sino inferior al de los países no comunistas.
Ni tampoco en el régimen comunista se puede prescindir de Jerarquía. Sin ella sólo puede haber anarquía, no régimen alguno. Rusia tiene jerarquía en su organización industrial, en su ejército rojo, en su régimen estatal. La completa igualdad es una utopía irrealizada e irrealizable. Tan cierta es la igualdad específica de todos los hombre, fundamento de su dignidad, llevada a un orden sobrenatural en la igualdad que por la gracia tenemos todos de hijos de un mismo Padre que está en los cielos y ante el cual no hay acepción de personas; como la desigualdad accidental de grados de inteligencia, de aptitudes distintas que sirven admirablemente para que puedan ser atendidas todas las distintas funciones necesarias en el cuerpo social, como por los distintos miembros y órganos son desempeñadas las distintas funciones físicas en el cuerpo humano.
El comunismo es hijo de la envidia y del odio. Por ello toda su fuerza es destructora. No tiene potencia para elevar el grado de progreso y de civilación de un pueblo. Sólo tiene poder para destruir valores intelectuales y morales, para achatar a la humanidad. La doctrina social cristiana, por el contrario, procura la elevación, la ascensión del pueblo. Fomenta la multiplicación de los propietarios, el patrimonio familiar satisfaciendo el anhelo innato del hombre de poseer; fomenta la virtud del ahorro, origen legítimo y fecundo del capital.
¡Ah carísimos obreros salmantinos! En nuestra Pastoral de entrada en la diócesis os decíamos que aun cuando viésemos llenas las iglesias, si en ellas faltabais vosotros tendríamos una espina clavada en nuestro corazón. Os lo repetimos hoy. Si la Iglesia lucha contra el comunismo no es para esclavizaros, sino para libertaros de esta abyección a que os quieren llevar los sin Dios. Os quieren robar el inapreciable tesoro de la fe y de la piedad cristiana, llenaros de odio y de rencores, transformaros en bárbaros salvajes, que incendiéis iglesias y bibliotecas y monumentos de arte, que no sólo asesinéis sino que os gocéis en refinamientos de crueldad, como han hecho los comunistas en tantas y tantas provincias españolas. ¿Y para qué? Para destruir la economía española, para empobrecer a todos, no para elevar el nivel de vida de los obreros. Este sólo puede elevarse con un ambiente de paz, de trabajo, de progreso y de prosperidad social. A Nos, antes y después de ser elevado al ministerio episcopal, nos ha preocupado siempre que los obreros tengan trabajo debidamente remunerado y que por medio de asociaciones profesionales, que puedan libremente escoger, tengan medios legítimos de defender sus derechos sus mejoras y puedan asegurarse de las eventualidades de enfermedad, vejez y demás infortunios o peligros, supliendo aún las lagunas de las leyes sociales protectoras del obrero, que deben procurar completarse todo lo posible. Y más todavía nos ha preocupado y nos preocupa el bien espiritual y la suerte eterna de los carísimos obreros. Mirad que por encima del patrono y del obrero y del militar y del sacerdote, que no son más que transitorias y temporales profesiones, excelsas algunas si queréis, está el hombre, está nuestra alma y la salvación de la misma: aquel único necesario de que nos habla el Evangelio.
Por fin es de desear y de rogar a Dios que se logre la redención de España, de la España racial y auténtica, de la España madre de tantas naciones, de la España paladín inmortal de la espiritualidad. Espectáculo nuevo el de una guerra interior en que dentro del solar nacional combaten unos al grito de ¡Viva España! y los otros, en su mayor parte, al grito de ¡Viva Rusia! Así como a la religión y a la Iglesia se la ha procurado aniquilar, a España, a sus glorias, a sus tradiciones, a su espíritu, se ha procurado igualmente destruirlos. ¿Qué les importan a los comunistas las gestas heróicas de la raza? ¿Qué sus grandes teólogos y juristas, aun cuando algunos como nuestro gran Francisco de Vitoria sea hoy estudiado en todo el mundo por los cultivadores del derecho internacional? ¿Qué sus monumentos artísticos, si en un noventa por ciento son religiosos?
Por Dios y por España han ido nuestras juventudes cristianas en las distintas milicias voluntarias a la lucha. Por Dios y por España han derramado su sangre. Igual sucedió en 1808; pero luego las Cortes de Cádiz en gran parte malbarataron el fruto de tanta sangre derramada. El espíritu extranjero vencido por las armas se inoculó en la vida del Estado español. No quiera Dios, ni es de esperar, se repita el caso.
Una España laica no es ya España. Ya hemos visto a qué abismos nos llevó una Constitución zurcida con extranjerismos y a base de que España había dejado de ser católica. Lo dijo con gran clarividencia nuestro insigne Menéndez Pelayo: «España, evangelizadora de la mitad del orbe; España martillo de herejes, luz de Trento, espada de Romiri, cuna de San Ignacio… esa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los Arévalos y de los Vectones, o de los reyes de Taitas[32].
Que nadie tema la teocracia, o intromisiones de la Iglesia en el gobierno civil de España. Decíamos en 1926, al comentar la institución de la fiesta de Cristo Rey, en nuestra Pastoral La realeza de Cristo y los errores del laicismo: “Es una calumnia suponer que la doctrina de la Iglesia como sociedad perfecta, la doctrina de las dos supremas potestades envuelve el gobierno teocrático de los pueblos. La Igiesia condena el laicismo que desconoce los derechos que por su divina institución le competen, pero no quiere la teocracia y separa a sus ministros de los cargos civiles. El Código de Derecho Canónico prohibe a los clérigos que sin indulto pontificio ejerzan cargos públicos que lleven anejo el ejercicio de jurisdicción o administración civil[33] y es sumamente notable la prohibición especial a los misioneros de ejercer cargos políticos en los pueblos que adoctrinan en la fe, y esto aun en el caso de que ello facilitase la conversión de los gentiles[34].
Cada día la Iglesia quiere verse más apartada de la política. Ella es fiel amiga de todos los Gobiernos pero no quiere verse confundida con ningún partido. Firme sostenedora de que toda autoridad viene de Dios, no excluye ninguna forma legítima de gobierno; y asiste en su constitución divina, perpetua e irreformable, a las continuas transformaciones de los poderes públicos. Ella sabe distinguir bien entre el elemento eterno e inmutable de los principios básicos de la sociedad y el elemento variable de las formas diversas según los lugares y tiempos en que encarnan estos principios, Porque es universal comprende el espíritu de todos los pueblos; porque es perpetua y ha de durar hasta la consumación de los siglos se adapta a todas las mudanzas de los tiempos.
Y nótese bien que esta independencia de la Iglesia respecto de las distintas formas políticas, no significa que concretamente para los ciudadanos de cada nación, según su historia, según sus tradiciones, según su carácter, aun según las personas que de hecho defiendan tal o cual forma de gobierno, no sea ésta una cuestión de suma importancia práctica, pero la Iglesia como tal no la dirime: estos son derechos y deberes de ciudadanía; y a la conciencia responsabilidad de los ciudadanos de cada pueblo lo ha dejado siempre. Por ello, tanto en la monarquía como en la república (lo cual pasó tal vez demasiado inadvertido), ha dicho siempre la Iglesia a los católicos españoles aun al encarecer la unión contra los enemigos de la Iglesia, que ésta por su parte dejaba a salvo la existencia de los partidos mismos que no contradijesen sus doctrinas[35].
No se confunda la confesionalidad con la teocracia. La confesionalidad es simplemente lo contrario del laicismo, que viene a ser un ateismo vergonzante; y el ateismo público es antihumano y antisocial: antihumano, porque siendo el fin del Estado promover el bien temporal de los ciudadanos, no puede desconocer que el origen y el fin del hombre es Dios y que El es también el único fundamento sólido de la verdadera moralidad; antisocial porque la sociedad civil siendo natural y necesaria al hombre viene, lo mismo que el individuo, de Dios; y de El dimana también en último término, aun cuando se transfiera por medios humanos, toda autoridad. Las sociedades como los pueblos deben culto a Dios por los beneficios recibidos ya que muchos no los recibimos aislada sino colectivamente; y quien alza o húnde los pueblos, como ha cantado un insigne poeta[36], es Dios que los ha creado.
La confesionalidad es el Crucifijo y la enseñanza religiosa en la escuela, afortunadamente ya restaurada en la parte de España liberada; es el reconocimiento del carácter sacramental del matrimonio entre católicos y del carácter religioso de los cementerios. En cinco años de desenfrenado laicismo que en su empeño de promover los entierros laicos llegó a exigir para los entierros religiosos una ridicula declaración escrita de querer entierro religioso del propio interesado, aunque éste hubiere hecho siempre profesión de católico, sin embargo, no llegó tal vez al uno por ciento la proporción de los entierros laicos y en la diócesis salmantina ni a ella llegó. Tan cierto es que en España lo laico resulta antinacional. Es de esperar que sean cuanto antes restituidos a la Iglesia los cementerios eclesiásticos incautados, por ninguno de los cuales por otra parte se satisfizo la indemnización que la misma ley exigía; como es de esperar igualmente que sea «derogada la Ley de Confesiones y Congregaciones tan enérgicamente condenada por el Sumo Pontífice y todo el Episcopado Español [37].
La confesionalidad reconoce también a la Iglesia el carácter de sociedad perfecta. Ello no implica el menor detrimento de la soberanía del Estado en el orden civil y político. «La potestad civil es suprema en su género y en su orden. Así lo reconoce la Iglesia; pero ella también lo es en otro orden y en otra esfera. El hecho de que unos mismos sean los súbditos de una y otra sociedad, y de que haya también algunos asuntos y negocios que bajo diferentes aspectos caigan bajo la jurisdicción de una y otra potestad prueba sólo que procediendo ambas de Dios y siendo ambas supremas deben mediar relaciones que deben regularse por el fin y origen de cada una de las dos sociedades y que León XIII compara en su encíclica “Inmortale Dei” a las relaciones que median entre el alma y el cuerpo en el compuesto humano[38].
Los católicos han de ser los mejores ciudadanos y los más fieles cumplidores de las justas leyes del Estado. Han de ser los que mejor cumplan con el deber sagrado de amor a la Patria que es un deber de piedad que cae bajo el cuarto mandamiento del Decálogo. Por ello pudo decir el sapientísimo León XIII que, aunque la Iglesia tiene un fin sobrenatural y ultraterreno, contribuye tanto al bien público temporal como si éste fuese su propio fin[39].
Mas para que la Iglesia pueda ejerecr con eficacia este benéfico influjo en el bien público temporal por medio de su acción en los fieles, es necesario que sean reconocidas su libertad e independencias, esenciales a su constitución divina. Una Iglesia sujeta al poder civil, de él dependiente, no puede ser la verdadera Iglesia fundada por Cristo. Una Iglesia nacional como las cismáticas y protestantes en vez de ser sucesora de los apóstoles se confunde con los demás organismos burocráticos del Estado. Engaño funestísimo es el del Cesarismo, que pretende servirse de la Iglesia teniéndola aherrojada, como de un apoyo y fundamento. La Iglesia que apoya eficazmente al Estado, que le concilla la obediencia de los súbditos, que produce los frutos admirables en bien de la misma sociedad civil que proclama León XIII, es una iglesia libre, que se rija sin trabas según su constitución divina, que tenga alteza espiritual y fecundidad inexhausta, que aparezca ante los pueblos no como un ministro más del César, sino como un Legado de Dios.
Presten sí los magistrados civiles el apoyo de su autoridad para refrenar los vicios e impedir la blasfemia, la profanación de los días festivos, la inmoralidad, los escándalos públicos. Den los ministros de la Iglesia por su parte todo el honor, el respeto, la deferencia, el apoyo moral a las autoridades civiles. ¡Qué frutos tan grandes en el bien del pueblo, de la paz, del orden, de la moralidad, del progreso, se originan de este modo de proceder de las autoridades civiles eclesiásticas, que no debe ser sujeción directa de unas a otras (dentro de la propia órbita de cada una de ellas), ni confusión, sino ordenada concordia, con la cual las cosas pequeñas crecen mientras con la lucha y discordia los grandes se arruinan y perecen![40].
Prácticamente esto se logra por medio de un Concordato en el cual se regulan las relaciones debidas entre la Iglesia y un Estado católico, lo referente a las personas eclesiásticas, a la enseñanza, a los bienes de la Iglesia, etc[41]. No nos pertenece por tanto a Nos tratar estas cuestiones en esta Carta Pastoral; y ponemos fin a la misma con una felicitación a nuestros carísimos fieles salmantinos y una exhortación a la plegaria.
¡Cuán grato es a un padre poder felicitar a sus hijos! Y ciertamente los católicos salmantinos en estos cinco años de tantos y tan rudos ataques a la Iglesia y a la Religión han sabido defenderla, primero por medios legales en la medida en que era posible; cuando se corría ya al abismo del comunismo con los medios heroicos de una cruzada, ofrendando bienes y vidas en abundancia. También habéis acudido siempre solícitos a nuestros llamamientos a la plegaria pública. Acudisteis la última Cuaresma a los edificantes Vía Crucis en nuestra Catedral. A ella habéis acudido a desagraviar a la Virgen del Pilar por el bombardeo de su Santuario; y al sacratísimo Corazón de Jesús por la destrucción del Monumento del Cerro de los Angeles. Sigamos orando, carísimos hijos nuestros, por la resurrección definitiva de la auténtica España: ante el Amor de los amores Jesús Sacramentado; ante el Santísimo Cristo de los Milagros en nuestra ciudad de Salamanca; ante la Virgen Santísima en su privilegio de la inmaculada Concepción y en su españolísima advocación del Pilar de Zaragoza. Demos gracias muy fervorosas los salmantinos a Jesús y a su Santísima Madre y al excelso Patrono de la ciudad y diócesis, el giorioso San Juan de Sahagún, que hasta el presente nos han librado de experimentar los estragos de vandálica devastación, sacrilegios y horrendos crímenes que han desolado y están desolando tantas provincias y diócesis españolas. Oremos; unamos a la oración una vida enteramente cristiana en el orden individual, familiar y social; practiquemos el sacrificio y la reparación; abstengámonos mientras tanta desolación reina y tantos crímenes se están cometiendo en provincias hermanas, de frivolidades y diversiones; estemos dispuestos a cuantos nuevos sacrificios sean precisos por la causa de la Religión y de la Patria, pues todos ellos son nada ante la alteza de tan sublimes ideales y ante los daños que sufriríamos si lo que Nuestro Señor no permitirá, quedásemos dominados por el comunismo; y esperemos que a no tardar Nuestro Señor nos concederá la gracia dé poder entonar el Te-Deum por la España recobrada para Dios, recobrándose a sí misma.
Mientras tanto, con el mayor afecto a todos a los que en los campos de batalla lucháis por Dios y por España, a los que quedáis en retaguardia cooperando a la santa Cruzada, aun a las ovejas un día descarriadas, seducidas y engañadas por falsos pastores, pero prestas a volver al redil del Buen Pastor, a todos os damos con el mayor afecto nuestra Pastoral Bendición en el nombre del Padre del Hijo del Espíritu Santo.
Salamanca 30 de Septiembre de 1936. ENRIQUE, Obispo de Salamanca.
[1] Infra Actionem
[2] Exhortación Pastoral de 27 de Abr)l de ¡931 (Boletin Oficial Eclesiástico de la Diócesis de Avila de 29 de A b r i l de 1931),
[3] Fuera de nuestra diócesis publicaron dichos párrafos y gran parte de nuestra Exhortación varios periódicos de la capital de España, no todos católicos, sino aun algunos de mera información. Por ello creemos más necesario insistir en la identidad de los principios doctrinales.
[4] 1ª ad. Corinth VI., 10.
[5] Rom, XIII. 1.
[6] Carta apostólica a los Cardenales franceses en 3 de mavó de 1892.
[7] Boletín Oficial Eclesiástico de Avila de 11 de Octubre de 1023 V de 29 de Abril de 1931
[8] Defensio fídei catholicae adversas anglicanae sectae eriq- Libro III, cap. IT. En los tiempos modernos han expuesto admirablemente las doctrinas de Belarmino y Suárez, nuestro insigne Balmes en los capítulos XLIX, L y LI de su magna obra ‘El Protestantismo comparado con el catolicismo-‘, y Biilot en su tratado De Ecclesia Christi, Quaest, X H .
[9]Relectones Theologicae. Relectio De Polestate Civili 7 La Asociación francisco de Vitoria ha publicado recientemente las Relecciones del Maestro Vitoria, en una edición crítica espléndida con facsímil de códices y ediciones príncipes, variantes, versión castellana, notas e introducción por el P. Getino. En cuanto a los otros teólogos de la Universidad salmantina, ha resumido recientemente su doctrina en esta materia D. Eloy Bullón, en su discurso de entrada en la Academia de Ciencias Morales y Políticas. “Concepto de la soberanía en la escuela jurídica española del slíclo XVI”
[10] Boletín OJicial Eclesidsiico de Avila de 11 de Octubre de 1923 y de 29 de Abril de 1931
[11] Summa Theologica 2. 2., q. 42. art. 2 atl 3.'»» Contra este
[12]De Romano Pontifice. Lib. V. cap. Vli-
[13] li) Tractatus, De charilate, Disp. IH. De Bello. Lect. cV
[14] No fallan, sin embargo entre los autores modernos algunos preclarismos que enseñan explícita o implícitamente la doctrina clásica enseñada por Santo Tomás de Aquino, San Roberto Relarmino v francisco Suarez. Destaca en primer lugar Balmes que ofrece en su Protestantismo comparado con el Catolicismo en mucha s cuestiones un tratado difícilmente superable de Derecho público. En el capítulo ,LVI de su egregia obra y en sus notas, expone la doctrina de Santo Tomás, de Belarmino y Suárez; y si bien, dado el carácter histórico y apologético de su obra, más que razonar opiniones propia» expone las doctrinas de los grandes teólogos de la Iglesia católica en el caso presente en la manera de exponer la dectrina de Santo Tomás Suarez y Belarmino, en la vindicación de la misma contra las objeciones que contra ella se presentan y en los reparos que viceversa hace a la doctrina opuesta, se manifiesta claramente el sentir del preclarísimo escritor. Billot en su tratado De Ecclesia Christi no trata directamente del derecho de rebelión contra un tirano de solo regimen pero defiende que siempre tiene la comunidad el derecho de establecer una nueva forma de gobierno y una nueva investidura del poder en cuanto lo exija la necesidad del bien público. Es clara la consecuencia que si la comunidad, en cuanto lo exija la necesidad del bien público, puede cambiar la forma de gobierno y la investidura del poder, puede también cambiar la persona que tenga lña autoridad, derrocando al Príncipe tirano.o puesto al bien publico por las armas si este medio se hace necesano. finalmente Llovera en su Tratado de Sociología cristiana, de texto actualmente en muchos Seminarios, defiende el derecho de resistencia al tirano en esta forma: «Siempre será licita la resistencia pasiva o desobediencia a la Ley injusta. Lo será también la resistencia activa defensiva, pues con ella no se hace más que defenderse contra una injusta agresión. La resistencia activa ofensiva no violenta es licita, puesto que es usar de un derecho concedido por la autoridad. La resistencia activaa, ofensiva violenta, hasta llegar a la deposición del tirano, sera tanibién permitida cuando lo reclame el bien de la comunidad».
[15] Ad Rom. XIII, 1.
[16] Molina, De Iustitia et Iure;Col. 189; Billot, De Ecclesia Chiisti Queslio Xll.lv.
[17] Aun cuando entre los grandes Doctores y Teólogos que defienden el derecho de la sociedad de derrocar al Príncipe o Gobierno por la necesidad del bien común, Molina y Billot son de los que con mayor precisión distinguen entre la suprema autoridad constituida y la radical autoridad constituyente, comunmente suponen dichos Doctores y Teólogos necesario el acto de deposición o derrocamiento del Tirano y en este sentido debe entenderse la aserción del Fuero Juzgo: Rey serás si facieres derecho e si non facieres derecho non serás Rey. Juzgamos falso que por la misma tiranía de régimen ipso facto se pierda la autoridad legítima por su origen. Es esta opinión falsa porque entonces habría un momento en que la sociedad estaría sin ninguna autoridad legitima. Tampoco puede admitirse que la legitimidad del origen de la autoridad vaya desapareciendo gradualmente. Puede sí gradualmente ir originándose y fortaleciéndose el derecho de la isociedad de derrocar al Principé legítinio tirano, pero mientras no se alce la sociedad para derrocarle conserva plenamente la legilimidad de su origen y por tanto las leyes justan que dicte obligan directamente por la autoridad del Principé y no por las razones subsidiarias, que aun cuando las leyes injustas que dicte sean per se de ningún valor, pueden en algunos casos por ellas obligar para evitar un escándalo, cómo enseña Santo Tomás.
[18] El Protestantismo comparado con el Catolicismo. ( Cap. LVI).
[19] De Civitate Dei, Libro 1 cap: XXVI
[20] Summa Theologica II-II. Qn. L X I V ; art, III.
[21] Homo Apostolicus Trat. 8 De quinto Praec. Decalogi n. 13. La sentencia de S. Alfonso María de Ligorio siguen comunmente los moralistas contemporáneos como Scavini (Tom, II) Bucceroni (Vol. 1, n. 706), Ferreres (Tom. I, n. 492), etc.
[22] Theologia Moralis S. Alpfionsi M. de Ligorio n. 376.
[23] Theologia Moralis S. Alphonsi M. de Ligorio n. 379, Bucceroni n. 721, etc
[24] Nota oficiosa del Presidente del Consejo de Portugal de 9 de Septiembre
[25] De Indis Relectio prima
[26] La solicitud de Su Santidad Pío XI por España y su energía en defender los derechos de la religión en nuestra patria con las únicas armas que tiene en su mano, que son las de la verdad y de protestas razonadas, merecen la más profunda gratitud de los católicos españoles. Aparte de sus continuas protestas diplomáticas por medio del Excmo. Sr, Nuncio, su representante en España, ha elevado solemnes y resonantes protestas extradiplomáticas, entre las cuales destacan principalmente tres: el extenso telegrama que en Octubre de 1931 dirigió al Sr. Nuncio, para que se hiciera público, al aprobarse el artículo 24 del provecto de Constitución que pasó, a ser luego el 26 de la misma; la encíclica Dilectisshra nobis, de 3 de Jumo de 1933, al aprobarse la ley de confesiones y congregaciones religiosas condenándola enérgicamente; y por fin la alocución que en 14 del corriente mes ha dirigido a los españoles perseguidos refugiados en Roma y que fué radiada al mundo entero. Es muy de notar que Su Santidad Pío XI terminaba su primer telegrama de Octubre de 1931, con estas palabras: «El Padre Santo confía en que con la ayuda dé Dios, y merced al concurso de todas las buenas energías y por las vias justas y legitimas (no decía exclusivamente legales), no sólo serán reparados los daños ya padecidos, sino que será conjurado aquel otro que sería el más grave de todos, esto es, el de ver obscurecerse y apagarse los esplendores de la fe de los padres, única salvación de los peligros que también en España amenazan el mismo consorcio civil’.
[27] Jacob. 111.10.
[28] Jacob. I, 27.
[29] Lite. XV 11,1.
[30] Gen. II,15.
[31] Gen. III . 17-19.
[32] Historia de los Heterodoxos Españoles, Tomo H I , Epílogo.
[33] Canon 139, § 2.
[34] Veáse cuán terminante es esta prohibición en la Instrucción de la S. Congregación de Propaganda Fide dada en 1559 a los Vicarios Apostólicos de la Sociedad de Misiones extranjeras: «.Manteneos siempre tan lejos de las cosas políticas y de los negocios del Estado, que ni aun siendo rogados con insistentes preces, os encarguéis de a administración de las cosas civiles; lo cual siempre esta S. Congregación seriamente prohibió y prohibirá. Por tanto, debéis vosotros y los vuestros dilígentísimamente evitarlo; y debéis estar persuadidos que desagradaría muchísimo a esta S. Congregación quien se entrometiese en estas cosas o permitiese que le mezclasen; y esto no sólo cuando cede en detrimento de la Religión y en distracción de los Misioneros de su fin. sino también cuando se tuviese cjertisima esperanza de aumentar con ello la Religión y de propagar mucho y grandemente la fe».
[35] En las reglas prácticas sobre la Unión Católica Elecloral, dictadas en 1910. la primesa decía así: «En todos los casos prácticos en que el bien común lo exige, conviene sacrificar en aras de la Religión y de la Patria las opiniones privadas y las divisiones de partidos, salvo la existencia de los mismos partidos, cuya disolución a nadie se debe pedir”. Esta regla práctica en el Pontificado de Pío X y estando España en régimen monárquico, fué repetida en 20 de Diciembre de 1931, al acabarse de aprobar la Constitución de la República en la Declaración colectiva del Episcopado español, con estas palabras: «En los momentos trascendentales para el bien público, y especialmente cuando grandes males afligen a la Iglesia o la amenazan, es un deber ineludible de todos los católicos la unión o por lo menos la acción práctica común, sea cual fuera el partido a que pertenezcan, sacrificando las opiniones privadas y las divisiones de partido, salvo la existencia de tos partidos mismos, cuya disolución por nadie se ha de pretender”.
[36] Verdaguer.
[37] No pudo ser más enérgica la actitud de la Iglesia Jerárquica ante la inicua Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas. El Sumo Pontífice la condenó en su encíclica Dileclissíma Nobis. El Episcopado Español publicó su Declaración Colectiva de 25 de Mayo de 1933, en la cual se declaraba nula dicha Ley. He ahí sus palabras: «El Episcopado Español reprueba, condena y rechaza todas las injerencias y restricciones con que esta Ley de agresiva excepción pone a la Iglesia bajo el dominio del poder civil; reclama la nulidad y la carencia de valor legal de todo lo estatuido en oposición a los derechos integrales de la Iglesia». Es de notar que en su máxima parte dicha Ley quedó incumplida, pues ni un solo Obispo presentó ni los inventarios ni las relaciones que en ella se prescribían. Creemos oportuno hacer notar esto para que cuando se escriba la historia de los últimos cinco años, no se caiga en error apoyándose en la frase de un político a quien en su política centrista y de equilibrio podía convenir la afirmación de que en ningún país se había mostrado tan resignada la Iglesia como en España. Una cosa es cierta: que al desaparecer la Monarquía y declarar el mismo Monarca suspendidos sus derechos para evitar derramamiento de sangre, el Romano Pontífice reconoció, al igual que hicieron todas las potencias, el nuevo Régimen, y que el Episcopado Español no laboró contra él sino que lo acató, como no podía dejar de hacerlo; declarando, sin encargo, como ya lo hemos hecho notar, que por nadie podía pretenderse la disolución de los partidos ajenos al Régimen. Mas ya desde el principio condenó por su Declaración Colectiva de 20 de Diciembre de 1931 cuanto contenía la Constitución de la República contrario a la Iglesia y a la Religión Católica y de una manera especial la disolución de la Compañía de Jesús antes de ser todavía llevada a cabo; y al serlo protestaron particularmente todos los Obispos españoles, lo cual ciertamente no sucedió en la expulsión verificada en el siglo XVIII por Carlos III. Al ser promulgada la ley del matrimonio civil, en todas las iglesias de España se leyeron las instrucciones de los Obispos recordando que entre católicos sólo es legítimo y válido el matrimonio canónico. Y por fin, al promulgarse la Ley de Confesiones y Religiones publicó el Eoiscopado la enérgica y extensa Declaración que la condenaba y La declaraba nula.
La Iglesia Jerárquica en España reconoció, como todas las potencias extranjeras, el nuevo Régimen; y lo acató como lo acataron todos los organismos del Estado, Ejército, Magistratura y aun las corporaciones oficiales. Pero ciertamente sería una vil calumnia, en la cual creemos no ha de caer ningún buen católico, el acusar a la Iglesia Jerárgica española de haber dejado de protestar ante ningún atropello. Se ha cargado de razón; y por ello cuando se ha tratado ya no de una forma de régimen político, sino del comunismo que amenazaba destruir del todo a la Religión y a la Patria, la Iglesia ha podido bendecir y apoyar la santa Cruzada para salvar la Religión y salvar a España.
[38] La Realeza de Cristo y los errores del laicismo (Pastoral citada).
[39] Encíclica Inmortale Dei.
[40] La Realeza de Cristo y los errores del laicismo (Pastoral citada).
[41] Respecto de la supresión del presupuesto eclesiástico, véase nuestro Alegato al Ministro de Justicia en 9 de Diciembre de 1931: ¿Despojo persecutorio de la Iglesia o separación económica del Estado?
CONCLUSIÓN
La Carta Pastoral “Las dos ciudades” constituye un testimonio histórico de primer orden para entender la interpretación religiosa del conflicto español de 1936. Más allá de su contexto concreto, el texto plantea una reflexión de gran calado sobre la relación entre fe, política, sociedad y moral, utilizando la poderosa imagen agustiniana de las dos ciudades como clave de lectura del drama histórico.
El documento refleja una visión del mundo profundamente marcada por la idea de lucha entre el bien y el mal, entre una civilización que se reconoce dependiente de Dios y otra que pretende organizar la sociedad al margen de toda referencia trascendente. En este sentido, la pastoral no solo ilumina el pasado, sino que invita a pensar críticamente sobre los fundamentos espirituales y morales de cualquier proyecto social.
Su lectura exige hoy una aproximación serena, consciente del contexto histórico en que fue escrita, y abierta al diálogo con la complejidad de la memoria histórica. Entender estos textos no implica necesariamente asumirlos sin matices, pero sí reconocer su valor como fuente para comprender una época, sus miedos, sus esperanzas y sus profundas fracturas.
