Veremos en éste capítulo, los casos de cinco de los trabajadores que llegaron como penados al Valle de los Caídos y allí siguieron trayectorias diferentes, en función de su preparación profesional, pero tienen en común haber redimido sus condenas en el Valle, permaneciendo allí como trabajadores libres hasta el final de las obras, e incluso varios años después de su finalización.
Me refiero a continuación a los tres trabajadores penados que se han hecho famosos por ser citados, desde Daniel Sueiro en adelante, por la mayoría de autores que han escrito sobre los presos del Valle de los Caídos.
Se trata, por supuesto, del maestro, don Gonzalo de Córdoba, del médico del hospital del Valle, don Ángel Lausín, y del practicante del mismo hospital, don Luis Orejas.
Hemos visto, en el estado de la cuestión, que gozaron en Cuelgamuros de una situación privilegiada que les equiparaba, en muchos sentidos, con los empleados de la Gerencia, el órgano que, desde el Consejo de las Obras, regía toda la actividad del Valle.
Al hablar de las familias de los presos, les mencionamos porque los tres llevaron allí a las suyas. Allí crecieron y estudiaron sus hijos, que, como veremos, llegado el momento de independizarse, se incorporaron a la sociedad con toda normalidad y una buena formación.
Allí, en definitiva, después de la guerra, pudieron reunirse y tener una vida verdaderamente familiar, como la de la mayoría de los españoles de la época, y mejor que la de muchos.
Volvimos a mencionarlos al hablar de las viviendas, porque uno de ellos, el médico concretamente, se instaló en la que había dejado libre uno de los ingenieros que trabajaron en las obras. Solo entonces llevó allí a su mujer y su hijo.
Naturalmente, me ocupé de ellos al hablar de la escuela del Valle, donde impartía clase el propio don Gonzalo. A dicha escuela acudieron los hijos de los tres, y con excelentes resultados como también vimos. De allí, en la mayoría de los casos, pasaron a la Universidad.
Los tres, terminadas sus condenas, solicitaron quedarse en el Valle, desempeñando los mismos trabajos, y allí permanecieron durante muchos años, después de alcanzada ya la libertad.
Fueron allí funcionarios, dependientes del Consejo de las Obras y, posteriormente, de Patrimonio Nacional, como algunos de los demás integrantes del Personal Diverso que formaba parte del Consejo.
De ellos se conserva documentación exhaustiva en cuanto a su situación profesional. Al examinar dicha documentación, van apareciendo, mes a mes, año tras año, sus nóminas junto con los ingresos que completaban sus haberes del mes: plus de cargas familiares, plus de carestía de vida, pagas extraordinarias de Navidad y del 18 de Julio. Toda la vida laboral de tres profesionales que, de no saber en qué condiciones llegaron a Cuelgamuros, jamás podríamos diferenciar de los demás profesionales que llegaron allí siendo libres, que nunca habían sido presos, salvo en las nóminas.
El maestro figura en las de 1944 y 1945 como obrero del Destacamento, pero, todavía en 1948 aparecen los tres como reclusos en las nóminas de la empresa San Román; el doctor Lausín figura dentro de ese grupo hasta el mes de octubre, mientras que Orejas y Córdoba están en la relación nominal de 153 penados que la empresa comunica al COMNC, en agosto.
Posteriormente, no hay nada que los distinga en lo más mínimo y, en toda la documentación conservada, el mismo trato respetuoso, siempre con el «don» por delante como les correspondía, y se les daba no solo a ellos sino a los arquitectos, aparejadores, ingenieros de las Obras, o demás miembros del Consejo del que pasarían a depender directamente.
Hay que tener en cuenta que el maestro y el médico cumplían condenas de 30 años de prisión que, como vemos, redimieron en el Valle en mucho menos tiempo. En este sentido, resulta muy significativo el caso del doctor Lausín, sentenciado a muerte el 21 de julio de 1942, por haber sido comandante en la sanidad republicana, y asesor del «Comité rojo» de Aravaca, uno de los pueblos de la provincia de Madrid donde la represión republicana fue más cruel y duradera.
Conmutada la pena capital por la de 30 años de prisión, cumplía condena en Yeserías, cuando pide su traslado al Valle de los Caídos, a donde llega en 1944, acogiéndose a la Redención de Penas. Teniendo en cuenta que en 1950 todos los penados de Cuelgamuros eran libres, el tiempo máximo que cumpliría fue de seis años desde su llegada allí, si es que no era ya libre, que no lo sabemos porque, como acabamos de ver, la última documentación en la que figura como penado es de 1948.
Resumiendo: un sentenciado a muerte, transcurridos ocho años —como máximo— desde su juicio, era libre, y continuaba ejerciendo su profesión. Aparte de que ya entonces vivía con su familia, en la casa que había alojado a uno de los ingenieros de las obras del Valle.
Antes de alcanzar la libertad, por otra parte, salía los domingos, andando o en algún camión, para ir «al cine a El Escorial o a las fiestas patronales de la comarca».
En el APRM, se conserva una carpeta rotulada «Copias de vales y recibos autorizados», de 1951, que contiene pedidos, de puño y letra de Lausín, en los que, mes a mes, solicita material de cura. Siempre el mismo, y en el mismo papel timbrado:
Doctor Ángel Lausín
MÉDICO
Colegiado 4.666
Cuelgamuros
SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
- 500 gr. de algodón
- alcohol
- 20 vendas de 7 por 5
- 1 carrete de esparadrapo 5 por 5
- 1 litro de agua oxigenada Foret
- 1 tubo de pomada Halibut
- 5 vendas para 10 por 10
1 de Septiembre de 1951
También se conservan vales impresos «Botiquín» con pedidos complementarios.
Puede resultar chocante que estos penados tuvieran asignados sus propios leñadores, como prueban las nóminas de éstos, de las que se conservan varias; algunas tan antiguas como las de 1947, bajo el siguiente epígrafe:
Relación de jornales de trabajo devengados en corte de leña para el Sr. Médico y Practicante
Jornales de trabajo (libres)
Del 20 al 26-10-47 ………………………………………. 92 ptas.
Del 27-10 al 2-11-47 …………………………………… 138 ptas.
SUMA ………………………………………………… 230 ptas.
114,689 % s/jornales de trabajo …………………. 263,78 ptas.
SUMA ……………………………………………… 493,73 ptas.
Pero lo más inaudito era que dichos leñadores eran libres al servicio de unos reclusos. Pocos datos pueden ilustrar mejor las aparentes contradicciones que llegaron a darse, en el Valle de los Caídos, en relación con el sistema de redención de penas.
Los tres, volviendo a los penados que tratamos, se acogieron a sus correspondientes «destinos» que les proporcionaba una situación de privilegio, contemplada y regulada, por el sistema de redención de penas.
Veremos parte de esa ingente cantidad de documentos, relativos a ellos, pero queda confirmado —aunque es un hecho muy conocido, publicado y admitido por los interesados— que los tres llegaron a Cuelgamuros para redimir allí sus condenas, por las nóminas de la empresa San Román que, en enero de 1945, incluye las del personal de la escuela y el botiquín, dentro del apartado «Destacamento Penal», como vimos al hablar de los jornales de los penados.
El 14 de noviembre de 1950 don Luis Orejas se dirige al Jefe Provincial de la Inspección del Servicio Sanitario del Seguro de Enfermedad, solicitando se le conceda el empleo de Practicante del Seguro de Enfermedad en el Valle de los Caídos, adjuntando el informe favorable del Regidor del Valle.
Sus nóminas, seguros y gratificaciones
Tanto el practicante como el médico cobraron su sueldo del Consejo de las Obras y, además, tenían los ingresos de los seguros de enfermedad y accidentes que representaban el equivalente a un sueldo extra. Por eso, al ir disminuyendo el número de trabajadores, su situación empeoró. El médico le contó a Sueiro:
«Pero ya no interesaba, ya no se ganaba dinero. Allí yo cobraba un sueldo del Consejo de las Obras, como médico de las mismas; pero estaba el seguro de enfermedad, de todos los trabajadores que había allí, y el seguro de accidentes […]»
La mayoría de la documentación relativa a los tres antiguos penados corresponde a las nóminas que abarcan un período de once a quince años según los casos, junto con todas las demás cantidades que percibían, siempre dentro del Consejo de las Obras del Monumento a los Caídos, en la sección Personal Diverso.
En la nómina del maestro que comentábamos por mencionarle como penado, ya aparecía un porcentaje muy elevado de cargas sociales: el 22,8 %, nada menos, de sus jornales, lo que destacamos por tratarse, precisamente, del período en el que todavía don Gonzalo redimía pena en el Valle, y era el mismo que se aplicaba a los jornales, como vimos, de los demás penados.
Relación de las nóminas de jornales abonados al obrero del Destacamento Don Gonzalo de Córdoba Escobar, Maestro de profesión
Importe nómina
Del 1 al 3 de diciembre de 1944 ………………………………. 18,6 ptas.
Del 4 al 10 de diciembre de 1944 …………………………….. 56,00 ptas.
Del 11 al 17 de diciembre de 1944 …………………………… 56,00 ptas.
Del 18 al 24 de diciembre de 1944 …………………………… 56,00 ptas.
Del 25 al 31 de diciembre de 1944 …………………………… 56,00 ptas.
Del 1 al 7 de enero de 1945 …………………………………… 56,00 ptas.
Del 8 al 14 de enero de 1945 …………………………………. 56,00 ptas.
Del 15 al 21 de enero de 1945 ……………………………….. 56,00 ptas.
Del 22 al 28 de enero de 1945 ……………………………….. 56,00 ptas.
SUMA ………………………………………………… 466,67 ptas.
22,8 % por cargas sociales …………………………. 106,40 ptas.
TOTAL ………………………………………………. 573,07 ptas.
Pocos documentos tan significativos, en su aparente contradicción como esta nómina que, en el mismo párrafo, se refiere a Gonzalo de Córdoba como maestro y, a la vez, obrero del Destacamento, pero es que, realmente, desde el punto de vista jurídico, en Cuelgamuros y en aquel momento, era ambas cosas, mientras redimía su condena; maestro de la escuela del Valle de los Caídos y, a la vez, «obrero del Destacamento», como recluso acogido al sistema de la Redención de Penas.
En la misma liquidación, y con la misma aparente contradicción, se recogen también las nóminas de los otros penados, en la misma «extraña» situación que el maestro, al referirse al «personal del Destacamento afecto al botiquín central». Sin nombrarlos, se refiere a los que, efectivamente, se encontraban en idéntica situación: el médico y el practicante. También ambos profesionales estaban todavía asimilados a los «obreros del Destacamento», en aquellas fechas (diciembre de 1944 y enero de 1945) por las mismas razones que el maestro y sus jornales, igualmente, contaban con el mismo porcentaje de «Cargas Sociales»: el 22,8 %.
Al sueldo base de estos tres penados, se le iban sumando distintos beneficios, como antigüedad, bienios y quinquenios, plus de vida cara y plus familiar, que se repartía proporcionalmente, en cada caso, por el número de puntos que reuniera el empleado, pudiendo representar, cada punto, según las circunstancias, hasta un importe de 50 pesetas de 1951.
Cobraban, como veremos, dos pagas extraordinarias; las de Navidad y 18 de Julio, aparte de otras que no se justifican en la documentación examinada.
Para don Gonzalo de Córdoba, cuatro horas de clase equivalían a una jornada de trabajo por estar así establecido, para el «Destino» de Maestro, por la legislación que desarrollaba, a efectos de reducción de condena, el sistema de Redención de Penas.
Por otra parte, en la nómina de enero de 1951, a don Gonzalo de Córdoba le correspondían, en la liquidación del plus de cargas familiares, 10 puntos por esposa y cuatro hijos; a don Luis Orejas, otros dos puntos por encontrarse en idéntica situación familiar: esposa y cuatro hijos a su cargo.
A don Luis Lausín, en la misma fecha, le correspondían seis puntos por esposa y un hijo.
En marzo, el maestro cobra 1.449,60 pesetas, como importe de sus haberes, como profesor de la Colonia Escolar del Valle de los Caídos.
El desglose de este importe es el siguiente:
Sueldo base: 960,00 ptas.
5 % años de servicio: 48,00 ptas.
Suma: 1.008,00 ptas.
20 % plus de carestía de vida: 201,60 ptas.
Suma: 1.209,60 ptas.
25 % plus vida cara: 240,00 ptas.
Total a cobrar: 1.449,60 ptas.
Exento del impuesto de utilidades por estar acogido a los beneficios de familias numerosas.
Ese mismo mes, don Ángel Lausín cobraba 1.581,60 pesetas y don Luis Orejas, 1.305.
Debemos destacar, antes de seguir adelante, que el doctor Lausín cobraba un sueldo superior al de otros médicos adscritos, en aquella época, a Patrimonio Nacional. El Consejo de dicho organismo acordaba, en sesión celebrada el 25 de noviembre de 1950, los ascensos económicos de dos de ellos: los doctores don Juan Grinda Saavedra y don Juan Arjona Trapote. El primero pasaba a percibir 9.000 pesetas anuales, mientras que el segundo cobraría 7.200, también anuales; muy por debajo, ambos, del médico del Valle de los Caídos.
Y eran totalmente ajenos a la Redención de Penas.
Sigamos estudiando los ingresos de los tres penados del COMNC: el 10 de julio de 1952 reciben la paga extraordinaria del 18 de Julio por los siguientes importes:
- Don Ángel Lausín: 1.795,20 pesetas.
- Don Gonzalo de Córdoba: 1.632,00 pesetas.
- Don Luis Orejas: 1.485,00 pesetas.
El médico, en seis años, había más que duplicado su sueldo, que, en 1946, era de 700 pesetas, asignado por el Consejo de las Obras en su sesión de 28 de octubre.
En la misma relación de empleados del Consejo, de julio de 1952, aparecen los aparejadores don Antonio Damiano y don Enrique Rodríguez, que cobran, respectivamente, 2.377,95 y 2.217,30 pesetas. La diferencia entre Lausín y Rodríguez era de 422,10 pesetas a favor del aparejador. En pleno apogeo de las obras es un dato muy significativo.
Dos semanas más tarde, el 24 de julio, cobran la nómina del mes, naturalmente, por idénticos importes. Gracias a la introducción de esta paga extra, empezaba a cobrarse en España el doble del sueldo en mitad del verano, como sucedía ya también en Navidad.
De este modo, en el plazo de dos semanas, Lausín cobraba 3.590,40 pesetas, Córdoba 3.264 y Orejas 2.970. Las cifras promedio que ganaban cualquier médico, maestro o practicante en la España de entonces.
A estas cantidades hay que añadir el plus de cargas familiares que se distribuía, ese mismo mes, entre el personal del Consejo en partes proporcionales a los sueldos base. Les correspondían los siguientes importes:
- Don Ángel Lausín: 1.200 pesetas.
- Don Gonzalo de Córdoba: 960 pesetas.
- Don Luis Orejas: 900 pesetas.
La distribución se hacía por puntos, en función del número de familiares a cargo del trabajador.
Así, don Luis Orejas reunía siete puntos por esposa y dos hijos, como don Gonzalo de Córdoba; y a don Ángel Lausín le correspondían seis puntos por esposa y un hijo.
Un año más tarde, en diciembre de 1953, el desglose de sus nóminas era el siguiente:
Don Ángel Lausín, Médico del Botiquín
Sueldo base: 1.200 pesetas.
Primer y segundo bienio (10 % sobre el sueldo base): 120 pesetas.
Plus de carestía de vida (20 % sobre el sueldo base): 240 pesetas.
Total: 1.680 pesetas.
La misma cifra que aparece en las nóminas del año anterior.
La liquidación de don Gonzalo es similar:
Don Gonzalo de Córdoba y Escobar, Profesor de la Colonia Escolar del Valle de los Caídos
Sueldo base: 960 pesetas.
5 % premio de antigüedad: 48 pesetas.
1.º y 2.º bienios (10 %): 96 pesetas.
1.º quinquenio (10 %): 96 pesetas.
20 % Plus Vida Cara: 192 pesetas.
Total: 1.392 pesetas.
Plus Vida Cara, exento de impuestos.
Total a cobrar: 1.632 pesetas.
Efectivamente, el «Plus de Vida Cara» estaba exento de impuestos por Orden de 14 de julio de 1950.
Por otra parte, la nómina del maestro estaba también exenta del impuesto de utilidades por estar acogido a los beneficios de familias numerosas, como también lo estaba la del practicante por la misma razón, y era también resultante de la suma de idénticos conceptos:
Don Luis Orejas, Practicante del Botiquín del Valle de los Caídos
Sueldo base: 900 pesetas.
1.º y 2.º bienios (10 %): 90 pesetas.
1.º quinquenio (10 %): 90 pesetas.
20 % Plus de Vida Cara: 180 pesetas.
Suma: 1.260 pesetas.
Exento de impuestos de utilidades por estar acogido a los beneficios de familias numerosas.
Total a cobrar: 1.485 pesetas.
En la nómina de diciembre se practica la liquidación del Plus Familiar, especificando los puntos que corresponden a cada beneficiario y en qué concepto. A los antiguos reclusos relacionados les correspondían:
- Don Gonzalo de Córdoba: 8 puntos por esposa y tres hijos.
- Don Luis Orejas: 6 puntos por esposa y un hijo.
- Don Ángel Lausín: 6 puntos por esposa y un hijo.
A título informativo, para comparar la situación de los tres exreclusos con los empleados de la Gerencia, veamos los haberes cobrados por algunos de éstos en la misma nómina de diciembre de 1953:
Don Antonio de Mesa y Ruiz Mateos cobraba 2.125 pesetas; don Fernando López de Lizaga, Jefe de Administración de 2.ª (Consejero Gerente), 2.025,14 pesetas, incluyendo los bienios y quinquenios, así como el plus de carestía de vida.
Dentro también de la Gerencia, el conserje, señor Perezagua, cobraba, con los mismos beneficios, 807,84 pesetas y don Manuel Gabilondo Unzueta, oficial de 2.ª al servicio del Consejo, 1.003,10 pesetas.
Cuando perciben la nómina de diciembre, habían cobrado ya la paga de Navidad, según lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo, por el mismo importe, como vimos que ya ocurría con la del 18 de Julio.
Además de estas dos pagas extraordinarias, ya establecidas con carácter permanente, en aquel mismo año 1953 habían recibido otra paga extra en el mes de marzo, sin que se justifique documentalmente la razón.
Una vez más, vemos por las nóminas y los recibos firmados, con fecha del día 10 por los perceptores, que se trata del importe íntegro: Lausín, 1.795,20 pesetas; Córdoba, 1.632 y Orejas, 1.485.
Redondearon sus ingresos, además, mediante prestaciones o trabajos realizados en el Valle, sin la menor relación con sus actividades profesionales. Don Gonzalo, por ejemplo, cobraba, el 31 de diciembre de 1950, 25 pesetas por «ayudar a Misa» al padre agustino que venía de El Escorial, como refleja la liquidación de San Román al COMNC, de 6 de septiembre de 1950.
Recibe una gratificación de 5 pesetas por el mismo concepto, cuyo recibo firma el 26 de noviembre. Era una cantidad nada despreciable, teniendo en cuenta que, por aquella época, un trabajador libre —Anastasio Díaz Organista— percibía un jornal que no llegaba a las dos pesetas diarias.
Meses atrás, era Andrés de Córdoba (¿hijo suyo?), quien cobraba también 25 pesetas por lo mismo, como indica el recibo firmado el 28 de mayo, «por ayudar a Misa los días que se celebró en esta Capilla del Monumento Nacional a los Caídos».
Al mismo, le volvemos a ver trabajando para la empresa M. del Barrio, que realizaba las obras de pintura del monasterio. Causaba baja en las mismas el 21 de octubre de 1950.
En las liquidaciones de 1951 siguen apareciendo gratificaciones por «ayudar como acólito en Misa», los días 2, 8, 9, 16, 23, 25 y 30 de diciembre, a nombre de «G. de Córdoba», por un importe de 25 pesetas, lo que, insistimos en destacar, teniendo en cuenta la duración normal de una misa, representa una cantidad muy considerable si lo comparamos con los jornales de la época.
En mayo de 1952 vuelve a percibir Gonzalo de Córdoba otra gratificación de 25 pesetas como «acólito de la Capilla por ayudar a Misa», especificando que habían sido cinco. Se confirma así que dichas gratificaciones de los acólitos les suponían cinco pesetas por cada celebración.
Estudios y trabajos de sus hijos dentro y fuera del Valle
El cobro del Plus Familiar permite seguir de cerca los movimientos de aquellas familias, informando de cuáles son sus cargas familiares, el inicio de los estudios o trabajos de los hijos, o su vuelta al hogar familiar. Vemos, a través de estos documentos, el desarrollo de unas familias, de clase media, completamente normales, cuyos hijos, uno tras otro, van partiendo del Valle camino de la Universidad, o de alguna colocación, después de terminar su bachillerato en la llamada Colonia Escolar del Valle de los Caídos.
Por ejemplo, el maestro cobra el plus familiar, en 1951, por esposa y cuatro hijos. Durante los años 1952 y 1953 cobra dicho plus por dos hijos, pero en 1955 eran tres, y en 1956 figura con esposa y cuatro hijos, por lo que le corresponden diez puntos, como en 1951, y cobra 1.969,50 pesetas (31 de diciembre de 1956).
El 6 de febrero de 1952 se informa al secretario de la Gerencia del Consejo de las Obras de que la hija de don Luis Orejas, Concepción, cesaba en el cobro del Plus Familiar por haber encontrado un empleo en Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S.
«[…] a partir del presente mes de febrero, la hija del funcionario de éste Consejo destacado en éste Valle, don Luis Orejas Zaldívar, llamada Concepción Orejas Arranz, puede cesar en el percibo de los puntos que ha venido percibiendo hasta la fecha por haber obtenido en Madrid un empleo retribuido en una de las dependencias de la Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S. […]».
Podría parecer paradójico que la hija de un antiguo penado, que luchó en el ejército republicano, empezara a trabajar en unas dependencias de Falange sin ninguna discriminación. Mucho antes de lo que se piensa, la Guerra Civil estaba superada por la sociedad española.
Se conservan varias gratificaciones por atender la centralita telefónica del Valle a nombre de Orejas y Córdoba que, probablemente, correspondían a los hijos de estos funcionarios del COMNC, como la firmada el 30 de junio de 1953 por «A. Orejas», por un importe de 350 pesetas, así como en las nóminas de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y octubre de 1952 se incluyen gratificaciones, por el mismo concepto, a «Juan R. de Córdoba» y «J. Luis Orejas», por un importe —considerable— de 350 pesetas a cada uno, en cada nómina.
No eran hechos aislados. Debieron de darse con alguna frecuencia, ya que el año anterior, Juan Ramón de Córdoba recibe la misma —cuantiosa— gratificación de 350 pesetas, cuyo recibo firmaba en diciembre de 1951. Era un importe algo menor —50 pesetas menos— que el recibido, aquel mes, por Glorio González, por el mismo trabajo de atender el teléfono del Poblado Central, situado en su domicilio. Veremos cómo, en el mismo empleo, para incrementar sus ingresos como llavero de la Abadía, alternaba el «Matacuras», por la misma época, exactamente en esos mismos meses.
También Luis Orejas percibe una gratificación por atender la centralita del Valle, durante el mismo mes de mayo de 1952 en que lo hacían Orejas y Córdoba, siendo su importe, igualmente, de 350 pesetas.
En 1957, el Regidor informa al Consejo de que dos de los hijos de aquellos funcionarios han comenzado sus estudios, por lo que dejan ambos de trabajar y, en consecuencia, vuelven a depender de sus padres, por lo que habrá de tenerse en cuenta a efectos de aumentarles proporcionalmente el Plus Familiar:
«A efectos del Plus Familiar, tengo el honor de participar […] que un hijo del funcionario de este Consejo, don Gonzalo de Córdoba y Escobar, ha dejado de trabajar con objeto de comenzar sus estudios.
D. g. a V. S. I.
Valle de los Caídos, 5 de septiembre de 1957.
El Regidor: Emilio Martínez Mases.»
En el mismo escrito, de 5 de octubre, se comunica que también un hijo del practicante ha dejado de trabajar para comenzar nuevamente sus estudios. Previamente, el 2 de febrero de 1957, el Regidor comunica que uno de los hijos de don Luis Orejas Zaldívar había empezado a trabajar el día anterior. Un mes antes, había empezado también a trabajar otro de los hijos del practicante, lo que comunicaba el Regidor a los mismos efectos del cobro del Plus Familiar:
«…un hijo del funcionario de este Consejo, don Luis Orejas, ha comenzado a trabajar a partir de primeros del actual.
3-I-57.
El Regidor.»
Nuevamente, en relación con los hijos del practicante, el Regidor comunica, en 1961, al COMNC que uno de ellos causa baja en el cobro del Plus Familiar por haber comenzado su servicio militar:
«…causa baja por haber marchado a prestar el servicio militar un hijo del Practicante del Consejo de estas Obras, don Luis Orejas Zaldívar.
4 de abril de 1961.»
Estos y los siguientes documentos demuestran que las nóminas y todo lo que influyera en los importes a percibir por los trabajadores se llevó en el Valle con escrupulosa puntualidad.
También comprobamos que el hijo del doctor Lausín estaba haciendo las Milicias Universitarias y que, a su regreso, causaba alta en la nómina de su padre a efectos del Plus Familiar:
«Para los efectos del Plus Familiar, tengo el honor de participar […] que, habiendo terminado las Milicias Universitarias e incorporarse nuevamente a sus estudios, el hijo del médico de este Consejo, don Ángel Lausín Gil, causa alta en el percibo de dicho Plus en el presente mes […].
3 de octubre de 1960.
El Regidor: Emilio Martínez Masté.»
Se trata del hijo único del médico, que, como cuenta Sueiro, llegó al Valle a la edad de nueve años, cuando su padre consiguió la vivienda del ingeniero. Allí estudió el bachillerato con don Gonzalo, como todos los niños en edad escolar del Valle.
Al empezar sus estudios universitarios se trasladó a Madrid para vivir en casa de su abuela, pero, dado que seguía dependiendo económicamente de su padre, se le volvía a computar a efectos del Plus Familiar. Para entonces hacía ya muchos años que su padre era libre y trabajaba en el Valle por decisión propia.
Cinco años más tarde aún aparece don Gonzalo de Córdoba en las nóminas de Patrimonio Nacional, dentro de la carpeta de Jefatura del Estado, en el expediente de liquidaciones del Plus Familiar.
En la correspondiente a 1965, satisfecha a los funcionarios que prestan sus servicios en el Consejo de las Obras del Monumento Nacional a los Caídos, a don Gonzalo le corresponden cinco puntos por esposa, lo que representa un importe de 1.155,97 pesetas. Son los mismos puntos que le corresponden, y se le aplican todos los meses desde diciembre de 1963, lo que indica que en esa fecha sus hijos eran ya independientes.
Hasta el mes de julio de aquel mismo año (1963) figuran todavía en las nóminas, junto a Córdoba, don Ángel Lausín y don Luis Orejas, a quienes corresponden, en ese año, cinco puntos por esposa, lo que indica que sus hijos también se habían emancipado o estaban en edad de poder hacerlo.
A Lausín le corresponden, en la misma fecha, seis puntos por esposa y madre.
En la liquidación del Impuesto sobre los Rendimientos del Trabajo Personal, correspondiente al cuarto trimestre de 1964, vemos que la base imponible del maestro era de 23.620,50 pesetas, deducida íntegramente, por lo que está exento de la base liquidable, lo que contrasta con la liquidación que, en el mismo impreso, se le practica al Regidor, Emilio Martínez Masté:
D. Gonzalo de Córdoba
- Base imponible: 23.620,50
- Deducciones: 23.620,50
- Base liquidable: Exento
D. Emilio Martínez Masté
- Base imponible: 38.295
- Deducciones: 20.000
- Base liquidable: 18.295
Ignoramos la causa de la exención del maestro, que le beneficia, desde luego, pero este es otro dato que nos permite seguir la evolución de las nóminas e impuestos aplicables de los funcionarios del COMNC, ya en su etapa final.
También en el APRM se conserva el expediente sobre la liquidación de la Mutualidad Laboral de la Construcción, practicada al COMNC en el año de su disolución, 1967
que conocemos los seguros sociales y la cuota sindical aplicables a sus empleados, sobre su base imponible:
- Seguro de Enfermedad: 8,40 %
- Seguro de Vejez e Invalidez: 3,05 %
- Subsidios Familiares: 3,55 %
- Seguro de Desempleo: 1,00 %
- Cuota Sindical: 0,30 %
- Formación Profesional: 0,80 %
A estos conceptos había que añadir las siguientes coberturas:
- Mutualidad de la Construcción.
- Protección de Accidentes de Trabajo, que incluía:
- Incapacidad laboral: 0,60 %
- Incapacidad permanente: 0,40 %
- Riesgos catastróficos: 0,25 %
En estas liquidaciones aparecen Orejas y Lausín hasta 1962 y Córdoba, con categoría de oficial administrativo de 2.ª, hasta 1964.
Desde el 1 de enero de 1959, las nóminas de los tres antiguos penados tenían un recargo para la empresa —el COMNC— del 14,5 %, al que se sumaba el porcentaje correspondiente a la Mutualidad Laboral, elevando el total de las cuotas al 19 %, distribuido de la siguiente forma:
- Seguro de Vejez e Invalidez: 3 %
- Seguro Obligatorio de Enfermedad: 5 %
- Subsidio Familiar: 4 %
- Cuota Sindical: 1,5 %
- Formación Profesional: 1 %
Total: 14,5 %
- Mutualidad Laboral: 4,5 %
Total de cuotas: 19 %
Así, durante los meses de enero a septiembre de aquel año, aparecen los tres, junto al resto de empleados del COMNC, incluyendo ya en sus nóminas los citados conceptos:
- Lizaga: 3.423,75 pesetas.
- Haro: 2.935,25 pesetas.
- Gabilondo: 2.388,00 pesetas.
- Damiano: 3.061,50 pesetas.
- Rodríguez: 3.061,50 pesetas.
- Córdoba: 2.184,00 pesetas.
- Orejas: 2.184,00 pesetas.
- Galeote: 2.016,00 pesetas.
- Perezagua: 1.612,00 pesetas.
- Heredia: 1.254,00 pesetas.
Subtotal: 24.120,00 pesetas.
- Lausín: 3.945,00 pesetas.
Total: 28.945,50 pesetas.
Como puede verse, las nóminas del maestro y del practicante se habían equiparado, mientras que la del doctor Lausín había llegado a ser la más elevada de las que percibían los empleados del COMNC, con diferencia. Sin embargo, el porcentaje de las cargas sociales aplicables a sus ingresos no llegaba a la mitad de la que se aplicaba a los demás: frente al 19 % establecido meses atrás, la nómina de Lausín sólo tenía un recargo del 8 %, correspondiente a la Mutualidad Laboral. Sin duda, por esa razón su nómina aparece al final de la relación, como una cuenta separada.
El importe total de los seguros sociales ascendía aquel mes a 7.143,68 pesetas.
Los casos del «Matacuras» y Leonardo García Agüero. De condenados a muerte a empleados del Consejo
Desde el principio de nuestra investigación recogimos testimonios personales y, más tarde, documentación relativa a uno de los trabajadores penados que había dejado una larga memoria de su paso por el Valle. No tan extensa como la de los penados tratados en el apartado anterior, pero sí distinta por la personalidad de aquel hombre, las razones que le llevaron allí y su prolongada trayectoria dentro de Cuelgamuros.
Todos los monjes fundadores le recordaban. Había sido conserje —o llavero— de la Abadía. También algunos testigos de los primeros tiempos le recordaban por haberle tratado en sus visitas al Valle y hasta Daniel Sueiro, sin saberlo, le menciona en su libro.
Estoy hablando del «Matacuras», de quien nadie recordaba más que el nombre —Justo— y el apodo por el que todo el mundo le conocía: «el Matacuras», pero no su apellido.
El origen de tan llamativo sobrenombre lo explicaba él mismo con total naturalidad cuando lo consideraba oportuno: durante la Guerra Civil había matado a cinco sacerdotes en la zona de su pueblo —Valdepeñas—, por lo que fue condenado a muerte. La pena le fue conmutada por otra de treinta años de prisión que, como tantos otros penados del Valle, redimió allí en siete años.
Se trata de un caso más que confirma lo publicado por Daniel Sueiro en su conocido libro acerca del funcionamiento del sistema de redención de penas.
El padre Laurentino Sáenz de Buruaga —a quien entrevisté en el Valle el 30 de noviembre de 2005—, uno de los benedictinos que llegaron desde Silos, recordaba los datos del expediente penitenciario de quien había sido llavero de la Abadía, como también lo hacían los demás monjes procedentes de Silos que le trataron durante años. Recordaba igualmente que los demás conserjes habían sido presos y que uno de ellos, precisamente «el Matacuras», había sido también conserje de la Hospedería, por recomendación de don Diego Méndez, quien le favoreció cuanto pudo.
Me confirmó que Justo reconocía haber asesinado a cinco sacerdotes, coincidiendo en este punto con lo manifestado, en la misma fecha, por el padre abad Dom Anselmo. Aquellos testimonios eran de gran interés para reconstruir la historia de los penados en el Valle, por lo que, desde el comienzo de nuestra investigación en el APRM, nos propusimos localizar toda la documentación relativa a este recluso.
El padre Alejandro de Álviz, alavés, llegado con los demás benedictinos de Silos, recordaba también al «Matacuras» «llorando de agradecimiento», lo que confirma el testimonio que en su día ofreció el primer abad del Valle, fray Justo Pérez de Urbel, a Daniel Sueiro. El padre Álviz recordaba asimismo que el ascensorista Peña había sido también penado («criminal de guerra») y que, una vez redimida su condena, permaneció trabajando allí.
Retomando la historia del «Matacuras», el padre Sáenz de Buruaga recordaba que vivía en el poblado del monasterio, extremo confirmado por la documentación estudiada. En concreto, hemos localizado el caso de un trabajador —Antonio Risco, de la empresa Casas— que solicitó trasladarse a vivir a dicho poblado en 1952. Como respuesta, la Regiduría le adjudicó simplemente:
«Poblado Monasterio, antigua casa de Justo».
Efectivamente, esa era la denominación con la que se conocía la vivienda y, en el Valle, por aquellos años, no hacía falta añadir ningún otro dato.
Antes había vivido en la vivienda de la cocina colectiva de los canteros. La Regiduría lo incluye además en la relación de siete personas que residían en aquel poblado junto con trabajadores libres, circunstancia que sólo pudimos comprobar cuando finalmente localizamos los apellidos del singular llavero de los monjes, de quien durante décadas nadie recordaba más que el nombre, Justo, su procedencia —Valdepeñas— y su siniestro apodo.
Es un ejemplo especialmente llamativo de cómo la redención de penas por el trabajo resultó extraordinariamente beneficiosa para muchos presos, incluso para reclusos condenados por delitos muy graves. En este caso resulta difícil presentarlo como un «preso político». El padre Sáenz de Buruaga resumía así el expediente penitenciario de Justo Roldán:
«El Matacuras vino aquí como preso. En siete años había redimido treinta de condena. Pena de muerte, conmutada por cadena perpetua, que quedó en siete años…»
Un caso más, semejante al de tantos penados acogidos al sistema de Redención de Penas y también a los recogidos por Daniel Sueiro, como el de Leonardo García Agüero.
Pablo Linares lo resumía igualmente en su obra:
«Un caso singular fue el de Justo «El Matacuras», asesino de cinco sacerdotes y dos guardias civiles, condenado a muerte por tres de aquellos crímenes probados, conmutada la pena a treinta años; terminó como portero de la Abadía, contratado por Patrimonio Nacional.»
Daniel Sueiro, sin saberlo, también se refiere al «Matacuras» cuando recoge el testimonio de fray Justo Pérez de Urbel, primer abad mitrado de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, a quien entrevistó en el verano de 1976. Fray Justo no menciona su nombre ni su sobrenombre, e incluso parece dudar de su apellido, pero el contexto hace evidente que está hablando de él. El autor interpreta que, por discreción o caridad, el abad prefirió ocultar su identidad al relatar esta anécdota:
«Cuando el convento estaba en la actual hospedería, había allí un individuo, que ahora debe estar por Madrid, si es que no se ha muerto, ¿cómo se llamaba? […], Moral o algo así, [se llamaba Roldán; Justo Roldán Sainero y es muy poco probable que fray Justo no recordara ni el apellido ni el nombre de pila, y menos aún que no recordara el sobrenombre] que había matado a un cura [fray Justo rebaja el número] y a dos guardias civiles, y allí estaba tan contento. ¡Bendecía el nombre de Franco! Estaba de portero con nosotros. Allí todos cobraban. Y después llegó un momento en que el mismo Franco dijo: «No quiero que continúen aquí. Aunque estén contentos, no quiero que continúen aquí. Que les busquen casas en Madrid y para aquí que traigan a otras personas, que no estén aquí ninguno de éstos presos, aunque les paguen». Y éste marchó llorando.»
Fray Justo continúa después con el relato de un robo ocurrido en la Abadía, en el que desaparecieron un pectoral y un gran anillo regalados por Franco. Tras regresar de un viaje durante el que una brigada de Madrid investigó el caso, recordaba la reacción del antiguo penado:
«[…] veo que estaban molestando a todos por allí, a éste mismo hombre del que hablaba. «Yo soy capaz de matar a siete guardias civiles y a siete curas, pero robar […], eso nunca».»
No fue, según el autor, la única ocasión en la que se jactó de sus crímenes.
Otro de los monjes entrevistados confirmó igualmente que, al finalizar las obras y por razones de seguridad, los presos fueron abandonando el Valle, aunque se les facilitó vivienda en Madrid y empleo en otros organismos, como ya se ha visto. Según el padre Álviz, el «Matacuras» abandonó el Valle llorando de agradecimiento.
También habló del «Matacuras» José Alburquerque, entrevistado en su domicilio de la Ciudad de los Periodistas (Madrid) el 12 de diciembre de 2005. Durante los años de construcción del Valle, cuando pasaba las vacaciones en Peguerinos —mientras estudiaba en Ávila—, subía con sus tíos, Pedro Dueñas y su hermano Latino, a llevar leche y carne al «Matacuras», que entonces era cocinero del Poblado Central. Recordaba que solía invitarles a comer fritos de oveja o cordero preparados por él mismo. Su tío trabó amistad con Justo «el Matacuras», a quien ya conocía cuando fue nombrado clavero del monasterio, y recordaba cómo les enseñó el interior del edificio antes incluso de la llegada de los benedictinos.
Lo describía como un hombre de baja estatura, de mirada penetrante y aquejado de una úlcera de estómago, por la que tomaba unas pastillas llamadas Roter, procedentes de Holanda. Llegó a tener tanta amistad con el tío del entrevistado que incluso le regaló varios frascos de aquel medicamento.
Aunque cuando el «Matacuras» consiguió ese puesto ya había redimido su condena, seguía tratándose de un destino privilegiado que, sin duda, muchos de quienes no tenían antecedentes delictivos habrían deseado obtener, incluidos trabajadores que siempre habían sido libres.
Los destinados a Economatos y Cocinas redimían un 50 % adicional de su condena, además de las ventajas propias de esos cometidos, por lo que eran, lógicamente, puestos muy solicitados.
Resulta especialmente llamativo que, pese a la recomendación de don Diego Méndez, se nombrara portero de una abadía a un hombre que había llegado allí tras cometer delitos de semejante gravedad.
Existe también el testimonio de Fernando Taguas. Su padre trabajó en las obras y él llegó al Valle en 1940, con siete años de edad, para reunirse con su familia. Allí nació, en 1943, el menor de sus hermanos, Francisco. Hablando de aquellos primeros años del Valle, relató al Padre Abad y a fray Santiago Cantera, en 2006, lo que recordaba del «Matacuras»:
«Justo vino aquí de preso y estuvo de cocinero para los presos y le llamaban el Matacuras porque se decía que había matado a catorce curas. Cogió mucha amistad con don Diego Méndez y le puso de guarda en la Hospedería.»
Salvador Iglesias también recordaba al «Matacuras» cuando le entrevisté en su domicilio de El Escorial, en julio de 2009. Cuando él llegó al Valle, en 1960, Justo seguía allí junto a un sobrino suyo que, al marcharse éste, permaneció trabajando en el monumento como ordenanza.
Añadía que Justo tendría entonces unos cuarenta y cinco años, tenía un carácter reservado y había sido socialista. Iba siempre a lo suyo y desempeñaba funciones de ayudante del administrador, don Emilio Martínez Masté, teniente de la Guardia Civil que había ejercido anteriormente como Regidor. Paradójicamente, quien había sido condenado por el asesinato de sacerdotes terminó siendo llavero de una abadía y ayudante de un guardia civil. Si algo refleja la historia de aquel hombre es que en el Valle no existía un clima de rencor permanente hacia los vencidos. Incluso su pasado había quedado prácticamente olvidado. De ahí la dificultad para reconstruir una historia tan sorprendente como ilustrativa de la Guerra Civil, la posguerra y el sistema de Redención de Penas en Cuelgamuros.
Se conserva abundante documentación sobre el «Matacuras», que permite seguir toda su trayectoria en el Valle. La más antigua corresponde a la relación de personal de la empresa Molán, donde figura durante todo el año 1948 entre los sesenta y cinco trabajadores libres, señal de que para entonces ya había redimido su condena.
Posteriormente pasó a la contrata de Alfredo Buelta, encargada del comedor y el economato, donde lo conoció José Alburquerque cuando subía la carne desde Peguerinos con sus tíos, los hermanos Dueñas. Allí aparece, junto a otros diecisiete empleados, en la relación de personal de 1 de febrero de 1951 y vuelve a figurar en la de marzo del mismo año.
Al mismo tiempo se ocupaba de la centralita telefónica del Poblado de Entrada. Consta su firma en las conferencias de los días 1 y 2 de diciembre de 1951, alternando esa tarea con Glorio y Marcelina González, en cuya vivienda estaba instalado el teléfono. Marcelina percibía una gratificación de 150 pesetas por ese servicio y Glorio 300 pesetas por el mismo concepto.
En 1952 continúa apareciendo como telefonista durante todo el mes de enero y parte de febrero, según las liquidaciones correspondientes.
Conviene destacar que el trabajo en el Economato constituía un destino especialmente privilegiado. Justo solicitó ese puesto y lo obtuvo, aunque se desconoce con qué criterios le fue adjudicado, pues la normativa de Redención de Penas lo reservaba, en principio, para reclusos con condenas menos graves. La explicación más razonable es que ya era un trabajador libre y, por tanto, dejaba de estar sometido a esa regulación específica. En cualquier caso, resulta evidente que no quedó estigmatizado por sus antecedentes.
Más tarde pasó a trabajar en la empresa Casas Sagarra, constructora madrileña que contaba entonces con 157 empleados en el Valle. El 27 de abril de 1951 ya figura Justo Roldán entre su personal.
Gracias a su expediente laboral conocemos cómo pasó a depender directamente del Consejo de las Obras. En él constan las fechas de alta y baja, los cambios de destino y el desarrollo posterior de su permanencia en el Valle:
Justo Roldán Sainero
- Llavero del Monasterio.
- Alta en la empresa Casas: 26 de abril de 1951.
- Baja en la misma empresa: 23 de febrero de 1952.
- Alta en el Consejo de las Obras del Monumento Nacional a los Caídos: 25 de febrero de 1952.
El «Matacuras», por tanto, procedía de la empresa constructora Francisco Casas Sagarra cuando, en febrero de 1952, pasó a depender directamente del Consejo de las Obras junto con otros trabajadores de la misma empresa. Un escrito del Regidor del Valle justificaba la decisión en los siguientes términos:
«[…] Por decisión de la Empresa Casas Sagarra dejarán de estar afiliados en la misma los obreros que prestan servicio al Consejo en diferentes oficios y, como quiera que el sistema que se seguía, además de no ser el normal, ocasionaba mayores gastos, puesto que los jornales los cargaban al Consejo con un 15 % de beneficio industrial, considera el Regidor que suscribe de urgente necesidad situarse dentro de la Ley en evitación de los trastornos que pueda ocasionar el accidente posible que uno de dichos productores, sin tenerlo asegurado, o cualquier reclamación que pueda producir en el sindicato correspondiente […] El personal que habría de afiliarse y sus categorías se expresa en el estado que se acompaña.»
Este documento resulta especialmente revelador del impacto que la legislación laboral franquista había producido en las relaciones de trabajo. Refleja la preocupación del Regidor por los accidentes laborales, los seguros sociales y las posibles reclamaciones sindicales, aspectos que difícilmente encajan con la imagen del Valle como un supuesto campo de concentración encubierto que con frecuencia se ha difundido.
El escrito iba acompañado de una relación nominal del personal que pasaba a depender del Consejo. Entre los ocho trabajadores incluidos figuraban Leonardo García Agüero y Justo Roldán Sainero, ambos con la misma categoría profesional de peón y el mismo jornal de 10,50 pesetas. Los dos habían redimido en el Valle las condenas más graves que pesaban sobre ellos y pasaban simultáneamente a depender del Consejo de las Obras. Del caso de Leonardo García Agüero se ocupará el autor en el apartado siguiente.
la misión específica que desempeña cada uno de los productores que figuraban en la relación enviada por esta Regiduría a esa Gerencia, en escrito de 29 de febrero.
En dicha relación figuran:
-
Leonardo García Agüero
Categoría: Peón.
Funciones: Fontanero de la red general de abastecimiento de agua y celador del Poblado de Entrada.
-
Justo Roldán Sainero
Categoría: Peón.
Funciones: Llavero del Monasterio, encargado del cuidado del interior del edificio y de su mobiliario, así como del teléfono instalado en el edificio.
Valle de los Caídos, 5 de junio de 1952.
Quedaban así especificadas las funciones del «Matacuras» en su puesto de llavero del Monasterio, un destino que poco después sería considerado inadecuado a causa de sus antecedentes penales.
El autor destaca la confianza depositada en aquellos antiguos reclusos: mientras Justo ejercía como llavero del Monasterio, Leonardo García Agüero desempeñaba el cargo de celador del Poblado de Entrada. Ambos ocupaban puestos de confianza pese a haber sido condenados anteriormente a las penas más graves.
Antes del incidente que se describe a continuación, ese mismo otoño aparece el «Matacuras» en una relación dirigida al secretario de la Gerencia, don Fernando López de Lizaga, indicando las cantidades que cada uno de los incluidos aportaría a un próximo sorteo de lotería. Entre los participantes figuraban Justo Roldán, Gonzalo de Córdoba, Luis Orejas y Ángel Lausín, junto con miembros del propio Consejo, como el regidor del Valle, don Faustino de la Banda.
Los cuatro primeros habían llegado al Valle como trabajadores penados, tres de ellos ya estudiados anteriormente (Córdoba, Lausín y Orejas). Verlos mezclados con los funcionarios del Consejo no resulta sorprendente cuando se observa que ocurre lo mismo en numerosas nóminas y documentos administrativos, donde apenas existe distinción alguna entre unos y otros.
El cese del «Matacuras» por sus antecedentes penales: un acuerdo incumplido
El 5 de noviembre de 1952 la Gerencia comunicó que, por acuerdo adoptado por el Consejo el día 3 de ese mismo mes, respecto al «Matacuras»:
«No podrá ocupar cargos de responsabilidad a personal no incurso [sic] en sanciones penales, por lo que se procederá a nombrar a otro. Al mismo tiempo que el obrero [sic] Justo Roldán se le acople en otro lugar.»
Otro documento de la misma carpeta permite entender con mayor claridad el alcance de aquella decisión. El consejero gerente comunicaba al regidor del Valle, don Faustino de la Banda, que no podía mantenerse en puestos de responsabilidad a personal con antecedentes penales y que debía proponerse otra persona para el cargo de guarda del Monasterio, con información detallada sobre sus antecedentes antes de proceder al nombramiento. Simultáneamente debía buscarse de inmediato un nuevo destino para Justo Roldán.
El escrito decía:
Consejo de las Obras del Monumento a los Caídos
«En la sesión del Consejo de las Obras del Monumento Nacional a los Caídos celebrada el día 3 del corriente mes, se tomó el acuerdo de llevar a los puestos de responsabilidad a personal no incurso en sanciones penales y por tanto se servirá Vd. proponer a esta Gerencia para el cargo de Guarda del Monasterio a persona que reúna estas circunstancias, con información detallada de sus antecedentes, para efectuar su nombramiento si procede.
Al propio tiempo al obrero Justo Roldán se servirá proponerlo para otro cometido con el fin de proceder a su nombramiento para un nuevo cargo.
Dios guarde a Vd. muchos años.
Madrid, 5 de noviembre de 1952.»
El autor considera este documento excepcional porque, a diferencia de la práctica habitual, identifica expresamente a un antiguo penado y declara incompatible su permanencia en el puesto que ocupaba, probablemente debido a la gravedad de los delitos cometidos y conocidos por el Consejo. Estos documentos permitieron además identificar definitivamente al llavero de la abadía: Justo Roldán, conocido como «el Matacuras».
Sin embargo, el acuerdo nunca llegó a hacerse efectivo. Cinco años después, cuando los monjes benedictinos procedentes de Silos llegaron al Valle en julio de 1958, encontraron a Justo desempeñando exactamente el mismo cargo de conserje o llavero del Monasterio.
No consta documentalmente la razón por la que permaneció en ese puesto. El autor plantea varias posibilidades: la intervención de Diego Méndez, protector de Justo según diversos testimonios; la mediación del propio regidor, encargado de proponer un sustituto; o simplemente que el nombramiento inicial se hubiera realizado sin comprobar adecuadamente sus antecedentes y que, una vez conocido el caso, el acuerdo del Consejo no llegara finalmente a ejecutarse.
En cualquier caso, el hecho de que continuara desempeñando el cargo pese a la decisión formal del Consejo muestra que aquella resolución quedó sin efecto.
El autor concluye que, independientemente de las razones concretas, la trayectoria del «Matacuras» en el Valle no parece reflejar un ambiente de revancha permanente hacia los antiguos penados. Señala que la documentación posterior continúa mostrando a Justo integrado en la organización laboral del Valle pese a su historial penal.
La documentación posterior confirma que Justo Roldán seguía ejerciendo como conserje de la Hospedería, pese al acuerdo formal de noviembre de 1952 que ordenaba apartarlo de un puesto de responsabilidad.
Puede seguirse su situación laboral a través de las liquidaciones semanales de Regiduría. En la nómina correspondiente al período 16-22 de noviembre de 1952, figura con los siguientes datos:
| Trabajador | Categoría | Salario por hora |
|---|---|---|
| Valentín Martín Moreno | Oficial 1.ª | 1,93 ptas. |
| Justo Roldán Sainero | Peón ordinario | 1,31 ptas. |
| Jesús Olmeda López | Peón especialista | 1,43 ptas. |
| Josefa Municio Blasco | Limpiadora | 1,39 ptas. |
| Amalio Esteban Ruano | Pinche | 0,78 ptas. |
Todos trabajaban ocho horas diarias, seis días a la semana. En el caso de Justo, el cálculo de su nómina era el siguiente:
- Salario base semanal: 63 pesetas.
- Destajos, primas y otros conceptos: 108,50 ptas.
- Plus de carestía de vida: 12,60 ptas.
- Horas extraordinarias: seis horas, con sus correspondientes recargos, por un total de 80 pesetas.
- Complemento por domingos y festivos: 12,60 ptas.
Todo ello daba un salario sujeto a cotización de 260,70 pesetas.
A esa cantidad se añadían las llamadas otras percepciones:
- Plus de cargas familiares: 22,24 ptas.
- Un incremento del 25 %, equivalente a 18,37 ptas.
Total de otras percepciones: 40,61 pesetas.
Por tanto:
- Total devengado: 301,31 pesetas.
De esa cantidad se practicaban las siguientes retenciones:
- Seguros sociales: 13,03 ptas.
- Cuota sindical (0,5 %): 1,30 ptas.
- Montepío (3 %): 7,82 ptas.
Total retenciones: 22,15 pesetas.
Resultado final:
- Líquido a percibir: 279,16 pesetas.
La semana siguiente firmó otra liquidación por 286,93 pesetas.
El autor detalla esta nómina porque considera que refleja una situación laboral semejante a la de cualquier otro trabajador de la misma categoría profesional fuera del Valle.
Además de su salario, Justo Roldán percibía gratificaciones como llavero del Monasterio. Entre ellas destaca una de 96 pesetas, abonada con motivo de la visita de Francisco Franco en noviembre de 1953. El recibo decía:
«He recibido del Consejo de las Obras del Monumento Nacional a los Caídos, por conducto del Sr. Regidor, la cantidad de NOVENTA Y SEIS PESETAS, importe de la gratificación que me da dicho Consejo, por mis trabajos efectuados con motivo de la visita efectuada por S. E. el Jefe del Estado.»
(Valle de los Caídos, 28 de noviembre de 1953, firmado por Justo Roldán).
Todavía más llamativo resulta que ese mismo año los empleados del Consejo —incluido el propio Justo— percibieran una participación en los beneficios de la empresa. Se conserva el correspondiente recibo:
«He recibido del Consejo de las Obras del Monumento Nacional a los Caídos la cantidad de 75,60 pesetas, importe de la parte que me corresponde percibir por los beneficios obtenidos por dicha empresa.»
(10 de marzo de 1953).
El autor señala que esta participación en beneficios no era excepcional. Ya aparecía en las nóminas dos años antes y beneficiaba también a otros antiguos penados.
En el Libro Diario de ingresos y gastos de la Gerencia (31 de diciembre de 1948) se registran pagos extraordinarios al médico, al maestro y al practicante que incluyen:
- sueldo ordinario,
- paga extraordinaria,
- dos partidas denominadas «beneficios».
Asimismo, en el libro de Cuentas Corrientes aparecen pagos similares durante 1946 y 1947.
El autor considera que esta participación en beneficios constituye uno de los aspectos más sorprendentes de la documentación conservada sobre las nóminas del Valle.
Por ello, afirma que ya no resulta extraño comprobar que, dos años después del acuerdo que ordenaba apartar al «Matacuras» de su puesto, Justo Roldán seguía plenamente integrado en la plantilla.
Así, en la liquidación correspondiente al 20-26 de diciembre de 1954, figura con la categoría profesional de:
- Peón especialista n.º 2
y percibe, por siete días de trabajo, un salario calculado a razón de 15,35 pesetas diarias, cuyo importe inicial consignado en la liquidación asciende a 107,45 pesetas, continuando así su trayectoria laboral dentro del Consejo pese al acuerdo adoptado en 1952.
