INTRODUCCIÓN
El reconocimiento del derecho al voto de las mujeres fue uno de los debates más intensos que tuvieron lugar en las Cortes Constituyentes de la Segunda República Española. La discusión alcanzó su punto culminante el 9 de diciembre de 1931, cuando finalmente se aprobó el sufragio femenino en España tras un intenso enfrentamiento político e ideológico.
En aquel debate destacaron especialmente las intervenciones de tres diputadas presentes en el Parlamento: Clara Campoamor, firme defensora del voto femenino, y sus opositoras Victoria Kent y Margarita Nelken. Mientras Campoamor defendía la igualdad plena de derechos políticos entre hombres y mujeres, otras voces consideraban que el sufragio femenino debía aplazarse por temor a su impacto en el equilibrio político del país.
El debate reflejó no solo un enfrentamiento político, sino también las tensiones existentes en la sociedad española sobre el papel de la mujer en la vida pública y en la democracia.
Realmente cuando las mujeres votaron por primera vez fue durante la dictadura del general conservador Miguel Primo de Rivera (1923-1930), pero es el 9 de diciembre de 1931, comenzada la II República, la fecha que se recuerda como la de la aprobación por las Cortes Constituyentes del voto femenino en España para la elección de gobierno. Y aquel voto femenino se consiguió a pesar de la oposición de la mayor parte de la izquierda.
Lo llamativo es que dos de las tres únicas diputadas que había en las Cortes republicanas en 1931, ambas de ideología socialista, se mostraron en contra de conceder el sufragio a la mujer: Margarita Nelken del PSOE y Victoria Kent del Partido Radical Socialista, que dijo: “Es necesario que las mujeres que sentimos el fervor democrático, liberal y republicano pidamos que se aplace el voto de la mujer”.
Estas dos diputadas sostenían, como la mayor parte de la izquierda, que la mujer española carecía de la suficiente preparación como para votar responsablemente, pues estaba muy influenciada por la Iglesia y su voto podía acabar en los partidos conservadores, por tanto gran parte de la izquierda pedía como mínimo aplazar el sufragio femenino. Así lo expresaba el diputado Álvarez Buylla del Partido Radical: el voto femenino es “un elemento peligrosísimo para la República, porque la mujer española, como política, es retardataria, es retrógrada; todavía no se ha separado de la influencia de la sacristía y del confesionario”; y Victoria Kent añadía que “la falta de madurez y de responsabilidad social de la mujer española podía poner en peligro la estabilidad de la República, ya que un porcentaje muy elevado, antes de votar, lo consultaría con su director espiritual”.
La excepción la puso la tercera diputada que había en 1931, Clara Campoamor del Partido Radical Republicano considerado como un partido liberal de centro, que terminaría gobernando con la derecha. Clara Campoamor defendió con vehemencia el sufragio femenino ante la oposición de gran parte de las cortes de 1931, incluido contra algunos compañeros de su partido. Así contestaba a la socialista Victoria Kent y al resto de opositores:
“Si habéis afirmado ayer la igualdad de derechos, lo que pretendéis ahora es una igualdad condicional, con lo que no hay tal igualdad. Si habéis votado la igualdad no podéis mantener la condición. Eso es una cosa ilógica. ¿Dónde empieza la igualdad entonces, Sres. Diputados? ¿Cuándo a SS. SS. les plazca?” (…) No es posible sentar el principio de que se han de conceder unos derechos si han de ser conformes con loque nosotros deseamos y, previendo la contingencia de que pudiese no ser así, revocarlos el día de mañana. Eso no es democrático”. Entonces Azaña ironizó sobre el enfrentamiento dialéctico entre Victoria Kent y Clara Campoamor en las cortes, comentando que “sólo hay dos mujeres en la cámara y ni por casualidad pueden ponerse de acuerdo”.
Después cuando Clara Campoamor abandonó el Partido Radical Republicano en 1934, quiso unirse a Izquierda Republicana pero no fue aceptada, fue entonces cuando escribió: “Mi pecado mortal. El voto femenino y yo”. La izquierda no le perdonó su defensa del sufragio femenino, pues argumentaron que ayudó a la derecha a ganar las siguientes elecciones de 1933.
Pero las diputadas socialistas no fueron las únicas que se opusieron al sufragio femenino. El 2 de septiembre de 1931, el diputado izquierdista Novoa Santos proporcionó argumentos “biológicos” para los que se oponían al voto femenino, y dijo que a la mujer no la dominaban la reflexión y el espíritu crítico, pues se dejaba llevar siempre de la emoción y de los sentimientos: “el histerismo no era una simple enfermedad, sino la propia estructura de la mujer”. Por lo que el diputado Hilario Ayuso del izquierdista Partido Republicano Federal propuso una enmienda por la que los varones pudieran votar desde los 23 años, pero las mujeres no lo hicieran hasta superar los 45años, porque según Hilario Ayuso, la mujer está dominada por el “histerismo y eso le impide votar hasta la época menopáusica”.
Otro destacado líder del PSOE como Indalecio Prieto se opuso enérgicamente, y afirmó que la concesión del voto a la mujer era “una puñalada trapera para la república”, porque pensaban que las mujeres eran conservadoras por naturaleza y votarían masivamente a la derecha. Por tanto el reconocimiento del derecho al voto de las mujeres quedaba supeditado a que las mujeres votaran a la izquierda.
En otro “ejercicio de democracia”, el diputado Eduardo Barriobero, del Partido Republicano Democrático Federal, pedía excluir del derecho al voto a todas las monjas que existían en España.
Finalmente tras agrios y acalorados debates en las Cortes Constituyentes de la II República se aprobó el sufragio femenino aquel 9 de diciembre de 1931 con 161 votos a favor y 121 en contra. Todos los partidos de la izquierda votaron en contra, excepto el PSOE que estaba dividido en su opinión y una parte votó a favor y otra se abstuvo o votó en contra. Los tópicos de la propaganda de la autodenominada progresía se caen.
CONCLUSIÓN
La aprobación del sufragio femenino en 1931 supuso un paso decisivo en la ampliación de los derechos políticos en España. El debate parlamentario mostró las profundas divisiones existentes entre los distintos partidos y también dentro de ellos sobre la conveniencia de conceder el voto a las mujeres.
La intervención de Clara Campoamor fue determinante para que finalmente se reconociera este derecho, consolidando un avance histórico hacia la igualdad política. Sin embargo, el proceso estuvo marcado por intensas discusiones y por la oposición de diversos sectores políticos que temían las consecuencias electorales del nuevo electorado femenino.
Hoy, el sufragio femenino forma parte esencial del sistema democrático, y el debate de 1931 constituye uno de los episodios más significativos en la historia de los derechos civiles y políticos en España.
