Los que se rebelaron contra el Frente Popular, que no exactamente contra la República, carecían de una hoja de ruta política previa, de un proyecto político común. Poco de ello se había tratado en la reunión de generales de principios de marzo de 1936, considerada usualmente como el punto de arranque que conduciría a la sublevación de julio de aquel año. En ese lapso de tiempo es probable que esos mismos generales pensaran como horizonte: en una dictadura comisoria, en un directorio militar que siguiera el modelo de Primo de Rivera o en la idea de la dictadura nacional republicana que saltaría en aquellos meses al debate en la prensa.
Cuando a finales del mes de abril el general Mola asumió el papel de coordinar una acción decisoria, una «intervención quirúrgica», lo hizo en medio de diversas conspiraciones militares sin mucho futuro, planes de insurrección civil, llamadas al ejército desde las filas de la política, intentos de atracción de ese «movimiento militar» en ciernes hacia posiciones políticas concretas. No parece que tuviera entre sus previsiones desarrollar un discurso propositivo sobre el futuro político tras el triunfo. Nada más allá de las obligadas expresiones voluntaristas: imponer desde el poder «el orden, la paz y la justicia».
La primera precisión con respecto al futuro político la encontramos en la instrucción del 25 de abril remitida por el general Mola: conquistado el Poder «se instaurará una dictadura militar que tendrá por misión inmediata restablecer el orden público, imponer el imperio de la ley y reforzar convenientemente al Ejército, para consolidar la situación de hecho, que pasará a ser de derecho». En el tejer de la conspiración anunciaba que se crearía un Directorio militar que, entre otras acciones, acometería la «erradicación del analfabetismo, el subsidio de paro, el fomento de la pequeña propiedad y de la explotación colectiva para resolver el problema de la tierra, el saneamiento de la Hacienda pública y un plan de obras públicas y riegos» manteniendo «en todo las reivindicaciones obreras legalmente logradas». Muy en la línea del pensamiento regeneracionista.
Estas ideas genéricas se encontrarían detrás de las diversas declaraciones del estado de guerra al iniciarse la rebelión. En esta línea, el documento de mayor contenido es el que realiza el propio Franco, escrito antes de producirse el primer movimiento de rebelión en la zona de Melilla el día 17 de julio. Conocido para la historia como el Manifiesto de Las Palmas contiene tanto una justificación de la rebelión como una declaración política en la que se prefigura la posición de Franco sobre política social. Un relato que, sin duda, influirá en textos subsiguientes como el emitido uso días después por la autoproclamada Junta Militar que pronto se transformará en la Junta de Defensa Nacional. En el mismo, Franco dedica unos párrafos a la posición de los alzados, concretamente la que él sostiene, con respecto a los derechos sociales/laborales proclamados hasta ese momento con elementos claramente propositivos:
«En estos momentos es España entera la que se levanta pidiendo paz, fraternidad y justicia; en todas las regiones, el Ejército, la Marina y las Fuerzas de Orden Público se lanzan a defender la Patria. La energía en el mantenimiento del orden estará en proporción a la magnitud de las resistencias que se ofrezcan.
Nuestro impulso no se termina por la defensa de unos intereses bastardos, ni por el deseo de retroceder en el camino de la Historia, porque las Instituciones, sean cuales fueren, deben garantizar un mínimo de convivencia entre los ciudadanos que, no obstante las ilusiones puestas por tantos españoles, se han visto defraudadas, pese a la transigencia y comprensión de todos los organismos nacionales, con una respuesta autárquica, cuya realidad es imponderable.
Como la pureza de nuestras intenciones nos impide el yugular aquellas conquistas que representan un avance en el mejoramiento político social, y el espíritu de odio y venganza no tiene albergue en nuestros pechos, del forzoso naufragio que sufrirán algunos ensayos legislativos, sabremos salvar cuanto sea compatible con la paz interior de España y su anhelada grandeza, haciendo reales en nuestra Patria, por primera vez, y por este orden la trilogía FRATERNIDAD, LIBERTAD E IGUALDAD».
El 22 de julio de 1936, Franco es aún más preciso, señalando que la rebelión es un «movimiento nacional, español, republicano», con una profunda preocupación social:
«No es un movimiento de defensa de determinadas personas, al contrario, mira especialmente por el bienestar de las clases obreras humildes, así como la de nuestra sacrificada clase media.
Hemos de hacer efectivo en España, que en todos los hogares el fuego no se apague; hemos de llevar a la familia la seguridad en el salario, y en la fábrica y en el taller han de reinar la satisfacción y el trabajo.
Los obreros y ciudadanos españoles vivirán en un régimen de fraternidad y armonía, que había fatalmente desaparecido.
Mienten quienes nos presentan ante el pueblo como enemigos de las clases modestas, pues de ellas salimos los oficiales y soldados; mienten quienes os digan que nuestros pasos no son justos; la justicia y la autoridad han sido siempre norma en los cuarteles.
Os engañan los que os inculcan que van a retrocederse en los avances sociales, pues la confianza y creación de riqueza nacional en una nación, fuertemente organizada, nos permitirá mejorar notablemente las condiciones de vida del obrero.
De nuestro movimiento salvador solo deben temer los vividores de la política, los explotadores en los Sindicatos del jornal del honrado obrero, los que lanzan a aventuras a los asociados para abandonarlos en los momentos de peligro y los que llevan una vida principesca y regalada a costa de los fondos que nutrís con una parte de vuestros modestos jornales y de los que jamás os rinden cuenta».
En la misma línea se expresa en el discurso que pronuncia el 1 de octubre de 1936 al asumir la Jefatura del Estado tras ser designado previamente, por sus compañeros, Generalísimo de las fuerzas rebeldes. Así, al explicar de forma muy sucinta cómo se va a organizar el Nuevo Estado, presenta una serie de medidas inmediatas en el terreno social:
«Se implantará la seguridad del jornal, y en tanto no se dicten fórmulas relativas a salarios y a la participación de los obreros en los beneficios de la producción, serán respetadas cuantas conquistas impliquen el mejoramiento del trabajo para la sociedad y para la economía nacional.
Al lado de estos derechos que se reconocen a los obreros, estarán sus deberes y obligaciones, especialmente cuanto signifique leal colaboración para la producción de riqueza.
Todos los españoles estarán obligados a trabajar sin exclusión: el nuevo Estado no puede sostener ciudadanos parásitos».
En unas declaraciones realizadas al periodista Alberto Grandes, enviado especial de la Agencia Havas, reitera su posicionamiento: «los que creen que estamos aquí para defender los privilegios del capitalismo, se equivocan. Combatimos por las clases medias y los humildes. El Gobierno nacional trabaja ya en la resolución del problema social. El obrero pasará a tener un carnet en el que se dirá: “Tú no eres esclavo del socialismo y cobrarás sueldos en la medida de las ganancias que produzcas. Será tuyo todo cuanto hoy has adquirido para elevar el nivel de tu vida, con tal de que no sea perjudicial a la vida económica del Estado. En cambio, quedarás sujeto a ciertos deberes y obligaciones”. Refiriéndose al problema agrario, dijo el general Franco que el Gobierno nacional se propone la intensificación del cultivo y un nuevo régimen jurídico de la tierra. Al mismo tiempo se está estudiando un proyecto denominado patrimonio familiar, que consiste en la transmisión del patrimonio al hijo que tenga más condiciones para administrarle, impidiendo así el fraccionamiento de la propiedad». Al inaugurar Radio Nacional de España, el 19 de enero de 1937, retoma su discurso social:
«Aseguraremos, con el rápido mejoramiento social, condiciones económicas de vida que permitan a los individuos participar del sentimiento de grandeza de la Patria. ¿Cómo pueden amar a su Patria aquellos que más que como madre se les ofrece como madrastra? ¿Cómo habían de amarla si además había seres ruines que, matando sus instintos filiales destruían su espiritualidad al agrandarle sus defectos?
Hemos de despertar en todos los españoles el sentimiento de la Patria, el orgullo de sentirse españoles, creando condiciones de vida para las clases sociales que les permitan apreciar, sin rencores ni dolores, la grandeza política del nuevo Estado.
No nos basta en nuestra obra el afán de extinguir los sufrimientos de las clases humildes y de disminuir la pobreza histórica de nuestras clases medias. Aspiramos a la mejora efectiva y real de los que sufren; a reparar, rápida y progresivamente, el estado de desamparo en que se encontraban, que España es lo suficientemente grande y rica para que todos quepan en su seno y tengan una gran parte en el disfrute de los bienes, que la paz y la colaboración de todas las clases sociales han de defender y acrecentar esa riqueza.
Los que hemos vivido en contacto con las masas trabajadoras; los que hemos dormido largos años en el santo suelo con nuestros soldado, con esos hombres de bronce, con los hijos del pueblo, con sus vicios y sus grandes virtudes; los que no hemos desdeñado la callosa mano del trabajador y se la hemos apretado con calor cuando entregaban su vida por España, sabemos y sentimos más al pueblo que llamándose protectores se acercan a él para engañarle y explotarle».
Existe pues en Franco una decisión en favor de desarrollar una política social convirtiéndola en uno de los ejes de su programa político, que constituirá lo que denominamos franquismo social; en este sentido el Nuevo Estado será un Estado Social. Lo que está haciendo el nuevo Jefe del Estado es pues asumir lo social como elemento programático clave, tomando como punto de partida el nivel alcanzado, aunque fuera solo de forma teórica, a raíz de lo proclamado en la Constitución de 1931. Varía, naturalmente, el basamento conceptual, que en el caso de Franco queda situado en la idea católica de la justicia social y el bien común. Aunque no son pocos los historiadores que prescinden de ello a la hora de valorar la razón ideológica de lo que denominamos franquismo social, para así poder trazar un perfil definido solo por la razón táctica y la intención legitimadora. Pero su discurso en este aspecto tan reiterativo como sincero. Así en 1944, en Badajoz, afirmaba: «sobre el Pan y la Justicia, ha puesto el Movimiento el reinado de la Cruz». Para él, la política social, la obra social, la transformación de lo teórico a lo real es lo que constituye realmente la base de su concepto de las bases de la auténtica libertad:
«Nosotros -afirmaba Franco en 1942- iniciamos la libertad desde la cuna, en los albores de la vida, y ello lo hacemos preparando a la madre para el cuidado de sus hijos, sin que a estos falten las asistencias médicas y sanitarias, ni la adecuada nutrición desde los primeros días. Durante la infancia, atendiendo a la formación moral, física y patriótica, base de su carácter, tarea fundamental de nuestro Frente de Juventudes. En la adolescencia, instruyéndola para su entrada en las actividades nacionales, en las Escuelas de Aprendices, de capacitación profesional, industriales y agrícolas y en los Institutos y Universidades los mejor dotados. Y una vez formados, asegurándoles un hogar higiénico, honesto y digno, a cubierto del paro, de la enfermedad de la incapacidad o de otro infortunio. Todo eso a través de nuestras grandes Obras sociales. Entonces, y solo entonces podremos hablar de libertades».
Indiquemos que, siguiendo su biografía, tendríamos que situar el origen de la preocupación social/laboral de Franco en su juventud, en la contemplación de la situación de los hombres de la mar, en los oficios humildes de Ferrol. Recién nombrado general, en 1926 se puso al lado de los obreros de Ferrol amenazados con la crisis de los astilleros. Años después, explicará que su preocupación social tuvo un momento clave en la revolución asturiana de 1917, en cuya represión no participó, pero sí estuvo en la zona minera después, incluso como comandante de zona. Por otro lado, él mismo hará referencia a ello durante la guerra, queda su propia experiencia como jefe en el Tercio, elemento clave en la conformación de su personalidad. El Tercio conlleva dos elementos fundamentales en su discurso: primero, la posibilidad de reconocimiento y movilidad ascendente; segundo, el ennoblecimiento a través de la profesión al pasar a tener la consideración de caballeros. Este camino de elevación moral, social y económica lo trasladará a su visión de los objetivos que debía alcanzar su política social, lo que es fácil de percibir repasando sus discursos.
Finalmente, hemos de situar a Franco en este ámbito en una coyuntura muy precisa. Engarzado su pensamiento con el regeneracionismo, inscrita su juventud en el esquema del mérito, el trabajo y la recompensa, convencido defensor de la necesidad de la clase media y de la elevación del nivel de vida de los humildes, nada indica que tuviera una posición contraria a los avances sociales o a los planteamientos de las reformas sociales y proclamación de derechos introducidos por el socialismo en la Constitución de 1931. Es en los años de preguerra mundial cuando se está planteando el cambio de la prevención a la protección, el desarrollo real de los nuevos seguros sociales que unificados crearán la seguridad social. Es de señalar que cuando en Inglaterra, en plena guerra mundial, se está abordando la cuestión a través del denominado Plan Beveridge, Franco pida que se le facilite información, que aún se conserva en su archivo particular, sobre este modelo.
Añadamos a ello la tesis, que alimentarán Keynes y otros pensadores, derivada de la desafección a la democracia y la expansión de la izquierda revolucionaria, usufructuaria del descontento social entre las clases trabajadores, que asienta la necesidad de la redistribución de la riqueza a través de la intervención del Estado como factor de equilibrio e igualación para evitar la expansión de las ideas revolucionarias. Algo que es fácil percibir en el discurso de Franco durante la guerra cuando habla de la Patria que para muchos se comporta más que como madre, como madrastra. Para Franco es fundamental, si se quiere acabar con el comunismo, con la revolución, elevar los niveles de vida y reducir progresivamente la desigualdad, pero para ello es necesario primero generar riqueza. En líneas similares se expresarán José Luis Arrese o José Antonio Girón. Así, para este último, era necesario atraer a las filas del Nuevo Estado, del Movimiento, a los trabajadores que habían sido ganados por el discurso de la izquierda revolucionaria, por razón de justicia y dignificación, a través de un «paciente y largo proceso de desintoxicación» que se lograría haciendo palpable la revolución social que se proclamaba.
Ello no fue óbice para que, como vamos a ver, con todas las limitaciones que impuso a la hora de aplicar fondos y de acelerar los procesos de desarrollo, la política social de Franco, el franquismo social, iniciara su andadura en los duros momentos económicos de una larga posguerra condicionada, también obligada, por la situación de restricción impuesta por el curso de la II Guerra Mundial y después por el bloqueo internacional que impidió iniciar una rápida recuperación hasta los años cincuenta. De ahí que muchos de los objetivos de alcance de las medidas aprobadas no cumplieran las previsiones inicialmente proyectadas en cuanto al número real de beneficiarios o a la amplitud de las prestaciones o de lo que preveían realizar; lo que se corregiría aceleradamente cuando en la segunda mitad de los años cincuenta se inicie el desarrollo económico acelerado; pero las grandes líneas del franquismo social y el aparato de intervención por parte del Estado ya estaban en pie. No pudiéndose disociar, como hacen algunos autores, una realidad de la otra.
Más allá de la polémica interesada, del intento de atribuir logros a personajes posteriores, lo evidente es que la política social y laboral del régimen de Franco, junto con el crecimiento económico acelerado durante 14 años, permitió poner en pie el Estado Social y el Estado del Bienestar en España. Basta con volver la mirada a los datos del gasto público según los presupuestos. Aunque se pueda discrepar en el cómputo en algún punto porcentual, anotemos que en 1974 el gasto público referido a los elementos clave del Estado del Bienestar (pensiones, desempleo, educación, salud, vivienda y otros -excluimos la partida de paro dado que desde los años sesenta la partida era prácticamente irrelevante dado el número de perceptores desde la entrada en vigor de la prestación por desempleo en 1962) ascendía al 63.2% del total. En 1981, seis años después de la muerte de Franco, se mantenía en cifras similares pese al incremento del número de pensiones, con un 64.5% (excluyendo la partida destinada al para estructural español). En 1987, más de una década después de la muerte de Franco representaba el 58.2% (excluyendo la partida desinada al paro).
EL FUERO DEL TRABAJO Y EL CONSTITUCIONALISMO SOCIAL
La Constitución de 1931 fue inicialmente suspendida por los rebeldes. Como una de sus más destacadas aportaciones debería figurar la inclusión en el texto, por vez primera de la instalación del régimen liberal en España, del constitucionalismo social, del reconocimiento de una relación de derechos sociales/laborales de los españoles acordes con muchas de las reivindicaciones del periodo de entreguerras. Ahora bien, muy pocos de los derechos reconocidos tuvieron el necesario desarrollo legal. En realidad, ello se haría durante el régimen de Franco.
Como hemos indicado, más allá de la suspensión, Franco se había comprometido de forma reiterada a continuar aplicando y manteniendo las reformas sociales aplicadas, pero también a hacer efectivas las anunciadas y que no tuvieron desarrollo práctico o aplicación real durante el período 1931-1936. De hecho, Franco, en su Manifiesto de las Palmas asumía que la Constitución «por todos suspendida y vulnerada», en julio de 1936 se encontraba en un «eclipse total». A pesar de ello, Franco reconocía el valor de lo alcanzado y la necesidad de trasladar lo teórico a lo real, y de ahí su compromiso. Así lo expresaba en unas importantes declaraciones realizadas al diario ABC en julio de 1937: «España no estaba retrasada en lo social. Las Leyes no eran malas, pero se ejecutaban mal. Los gobernantes solían hacer un arma política de las leyes sociales y provocaban la lucha de clases».
Curiosamente, pese a lo que vamos explicando, es usual en la moderna vulgata antifranquista, en la difusión realizada por periodistas, tertulianos o politólogos, se afirma que Franco enmascaró estas aportaciones y sus «hagiógrafos», en vida o tras su muerte, para hacer creer que todo fue obra suya sin reconocer los orígenes teóricos o el peso de las reivindicaciones sociales de parte de las políticas que aplicó e hizo realidad.
El proyecto de lo que finalmente se denominaría Fuero del Trabajo fue anunciado por Franco en julio de 1937. Sin embargo, no es un punto de partida de la construcción del Estado Social que se va a prefigurar como elemento fundamental del impreciso proyecto de Nuevo Estado. Este lo deberíamos situar en el conjunto de medidas sociales previas que se toman a partir del otoño de 1936. Será el propio Franco el que las enumere en un discurso dirigido a la nación al cumplirse el primer aniversario de lo que en su devenir se convertiría en un alzamiento/rebelión militar y cívica. Medidas adoptadas en plena guerra y con un aparato del Estado tan débil como deficitario desde el punto de vista de su armazón institucional:
«Y mientras las armas así hablaron y la juventud enardecida combate, en la retaguardia se labora por una Nueva España; previsoras leyes atienden a las necesidades de la nación; el nivel de vida se mantiene intacto, a pesar de la guerra; todo se moviliza y se prepara para ella, y leyes sociales justas y generosas son adelanto de la obra social a realizar. El auxilio al obrero parado, en forma de socorro; la exención de los alquileres y del pago de agua y luz a los que se hallan sin trabajo; el mantenimiento de todas las conquistas de las clases trabajadoras; la organización de Cajas de Compensación para llegar a implantar el salario familiar; el auxilio a las familias de los combatientes pobres; la implantación del Día del Plato Único, en solidaridad con los combatientes y en provecho de los familiares y huérfanos de guerra; la organización de los Comedores de Invierno y la de orfelinatos y obras de beneficencia; la creación de la Fiscalía de la Vivienda, para la sanitaria vigilancia y mejora de la casa de las clases medias y humildes; el patronato Antituberculoso, como medio de hacer desaparecer la población enferma y desamparada; la reserva para los combatientes de gran parte de los destinos civiles; la atención a los mutilados de guerra, con auxilios generosos para el que sufre mutilaciones por la Patria; el concurso a los funcionarios pobres, en el noble afán de dar carrera a sus hijos…»
Lo que Franco está dibujando con estas medidas es el primer atisbo de desarrollo de lo que más adelante se conocerá como el Estado del Bienestar, al abordar diversas vertientes de la política social. Estimando, además, que «esa es nuestra obra en medio de los azares de la lucha», es decir en medio de una coyuntura de extremas dificultades ante la que otros gobernantes se hubieran inclinado por aguardar a la mejora de los tiempos para proceder a introducir reformas. Hay pues una clara decisión propositiva por parte del Jefe del Estado ajena a cualquier tipo de presión directa.
Es en el verano de 1937 cuando Franco anuncia su intención de estudiar y preparar lo que será el Fuero del Trabajo: «un ordenamiento jurídico que asegure la producción y garantice las condiciones de vida de las clases obreras, al par de la normalidad en el desenvolvimiento de los establecimientos industriales». El encargado de preparar las propuestas, de acuerdo con el nuevo modelo institucional que se está creando, será, a partir de su puesta en marcha en octubre, el Consejo Nacional de FET de las JONS. En nuestro trabajo Franco Socialista. La revolución silenciada, abordamos el proceso de redacción y las dilaciones derivadas de enfrentamientos internos. El impulso definitivo, con orden taxativa del propio Franco de sacar adelante el texto, se dará con la constitución en enero de 1938 del primer gobierno nacional; situándose en la cartera de Acción y Organización Sindical, desempeñada por Pedro González Bueno. El texto fue finalmente aprobado el 9 de marzo de 1938.
El Fuero del Trabajo debe considerarse como la primera pieza realmente constitucional del Estado Social que quería desarrollar Franco. Establecía, según el profesor Zafra, las «grandes directrices de política económica y social», incluyendo al Nuevo Estado dentro de los márgenes del constitucionalismo social. Su basamento presenta influencias de la Carta del Lavoro de Mussolini (1927) del Estatuto del Trabajo Nacional portugués (1933), de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI), del corporativismo, del discurso falangista…
El Fuero será la base de lo que se denomina el franquismo social y conceptualmente se rige por la concepción católica de la justicia social y el bien común (se inicia con la declaración: «renovando la Tradición Católica, de justicia social»). Superfluo nos parece el debate sobre el valor constitucional del texto en sus inicios, o afirmar gratuitamente que es una declaración sin carga de obligatoriedad. Solo hay que leer detenidamente el texto en su integridad, pues el preámbulo (exposición de motivos) infiere claramente ese valor constitucional, ya que hace al Estado garante de la puesta en marcha de las disposiciones; lo hace, además, de un modo taxativo, ya que indica que las disposiciones «inspirarán su política social y económica» del Estado. El texto lo sitúa por encima de lo que sería una simple ley o el contenido de un mero decreto gubernativo. Por otra parte, esa consideración constitucional se la darán todos los teóricos, así como el derecho constitucional, durante el régimen de Franco. Por otro lado condicionará a otras Leyes Fundamentales posteriores como el Fuero de los Españoles de 1945 (Artículos del 24 al 32) o la Ley de Principios Fundamentales del Movimiento Nacional (Principios IX, X, XI, XII).
El texto se mueve entre dos líneas conceptuales vertebradoras que ya estaban en el discurso de Franco: la primera, la democracia real/democracia de realidades; la segunda, la asunción de la tesis de que la economía debe de estar al servicio del hombre y no a la inversa, por lo que el trabajo no se entiende como mercancía sino como un derecho (el trabajo no puede entenderse como «un concepto material de mercancía, ni ser objeto de transacción incompatible con la dignidad personal»), el trabajo da al hombre honor y posición.
El Fuero del Trabajo encomienda al Estado la obligación de «ejercer una acción constante y eficaz en defensa del trabajador». Ahora bien, no se queda en el enunciado del derecho sino que el texto incluye ya medidas inmediatas o concreciones a realizar en plazo breve: limitación de la jornada laboral, establecimiento de medidas de seguridad en el trabajo; prohibición del trabajo nocturno para mujeres y niños, regulación del trabajo a domicilio, descanso dominical, respeto por parte de las empresas de las festividades civiles y religiosas «sin pérdida de retribución», vacaciones anuales retribuidas, retribución mínima suficiente para «proporcionar al trabajador y su familia una vida moral y digna», protección a la mujer casada… No solo eso, también aparecen una serie de acciones que el Estado deberá acometer con una categorización imperativa por parte de la ley: establecimiento del subsidio familiar, incremento de los seguros existentes (vejez, invalidez, maternidad, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, tuberculosis y paro forzoso) con el objetivo final de alcanzar un «seguro total». El Fuero se sitúa así en el tránsito de los seguros sociales a la Seguridad Social.
Como no podía ser de otro modo, el Fuero garantiza el derecho a la propiedad, porque entiende que la propiedad privada es el «medio natural para el cumplimiento de las funciones individuales, familiares y sociales», aunque la propiedad tiene como límite el «interés supremo de la Nación». El Estado se configura como garante de la propiedad, pero con la tarea de «multiplicar y hacer asequibles a todos los españoles las formas de propiedad ligadas vitalmente a la persona humana». Y entre esas formas de propiedad hay que situar la vivienda y el origen de la política que con respecto a la misma el régimen de Franco desarrollará.
Abre el Fuero nuevos conceptos de orden social relacionados con la propiedad que aparecen como un horizonte a alcanzar. Destaquemos la obligación de hacer viable el «hogar familiar» y también la posibilidad de adscribir determinados medios de producción vinculados a la persona, al trabajador, en ese concepto. Aparece así el concepto del «patrimonio familiar inembargable».
La idea del «hogar familiar» permite a los redactores entrar en un elemento/objetivo clave del franquismo social, la familia. Una familia concebida al modo tradicional, católico, como «célula primaria natural y fundamento de la sociedad… institución moral dotada de derecho inalienable y superior a toda Ley positiva». Estamos ante una constitucionalización del modelo de familia católica.
No se detiene ahí el texto, sino que anuncia medidas típicas de lo que en las décadas siguientes, en el mundo de posguerra, se configurará como el Estado del Bienestar. Así el Fuero establece la creación de instituciones para el acceso a los «bienes de la cultura, la alegría, la Milicia, la salud y el deporte». Por otra parte, el Estado se compromete a facilitar el crédito («la honorabilidad y la confianza, basadas en la competencia y en el trabajo, constituirán garantías efectivas para la concesión de créditos») y a perseguir la usura.
Traslademos, como resumen, al lector de hoy el reconocimiento de derechos sociales que incluye el texto: derecho a la propiedad, derecho al trabajo, derecho a la seguridad en el trabajo, derecho a tener un trabajo estable, derecho a la vivienda digna, derecho a la protección sanitaria, derecho a un salario familiar digno y suficiente, derecho al descanso semanal, derecho a las vacaciones remuneradas, derecho a la cultura y al ocio…
Ante la contundencia de lo que el texto anuncia, lo irrebatible de su valor constitucional y de aportación en el campo de los derechos sociales, algunos autores se han limitado a argumentar que la mayor parte de lo establecido no se tradujo en un desarrollo legal, quedando reducido a una declaración de intenciones. Frente a ello solo cabe recomendar la revisión de la cascada de decretos y reglamentaciones que impulsaron su desarrollo y que invalidan esa teoría de limitar su efectividad a mera pretensión. Resulta curioso, por ejemplo, que en un balance crítico hecho por el propio Ministerio en 1939, al acabar la guerra, estimara que 25 de los 59 contenidos ya estaban en vigor de forma total o parcial; una acción que se había realizado en tiempo de guerra con todas las cortapisas que ello conlleva. Reproduzcamos la síntesis final del trabajo:
«-En los sindicatos: Reorganiza el Instituto Social de la Marina, iniciación del Sindicato Vertical de los hombres del mar, apoyo y tutela de los pescadores.
-Para la defensa de los trabajadores: Reorganiza y pone en marcha, con una eficacia siempre creciente, los servicios de inspección de trabajo.
Dicta Reglamentos de trabajo para las faenas de la recolección agrícola, para la industria siderometalúrgica, para la minería de León y de Huelva, para la industria del yute, etcétera.
Señala los salarios mínimos, acabando de este modo con los jornales de hambre.
Protege el trabajo de la mujer, elevando los salarios y limitando la jornada.
-En la Previsión: Reorganiza y da nuevo espíritu al Instituto Nacional de Previsión.
Reforma, para hacerlo realidad después del siniestro, el Seguro de Accidentes de Trabajo.
-Para velar por las condiciones de los trabajadores: Establece Bolsas de cura de aguas, poniendo al alcance de los más modestos el tratamiento más costoso.
Ordena la habilitación de comedores obreros en las instalaciones de las empresas.
-Para proteger eficazmente a la familia, célula fundamental, vivero de la raza: Promulga la Ley y Reglamento de Subsidios Familiares, edifica sobre bases firmes la Caja Nacional que ha de cumplirlo y empieza a pagarlo efectivamente.
Promulga la Ley sobre el Instituto de la Vivienda, que dotará de casas higiénicas y alegres a los trabajadores modestos de España».
El discurso social se convierte en parte habitual en las intervenciones públicas del Jefe del Estado desde la guerra civil. En enero de 1939, tras la entrada de sus fuerzas en Tarragona, resumió sus objetivos de la siguiente forma:
«La España Nacional lucha por la unidad y el engrandecimiento de la Patria, salvándola de la desmembración y de la muerte; por la defensa de su fe y de su civilización, por devolverla el sentido católico y tradicional que forjó su grandeza; por restablecer la paz y el amor entre los españoles escindidos por un siglo de enconadas luchas sociales y políticas; por reintegrar a los sindicatos a sus grandes y pacíficas funciones económicas y sociales; por defender la riqueza nacional de su sistemática destrucción por la anarquía; pro multiplicar su riqueza, vigorizando su antes decadente economía; porque la riqueza cumpla la obligación de mejorar la vida de todos los españoles; porque no haya un hogar sin lumbre ni una familia sin pan; porque existan muchos menos pobres y menos grandes ricos; porque la clase más débil no sea expoliada por la más fuerte o dotada; por redimir al campesino de la usura o pobreza secular; por arrancar de la miseria a los trabajadores del mar; por librar a las clases media y humilde del terrible azote de la tuberculosis; por evitar a España la terrible mortalidad infantil; porque desaparezcan de nuestro territorio las míseras y lóbregas viviendas, sustituyéndolas por otras alegres y habitables; por devolver a nuestros montes la riqueza forestal perdida; por hacer efectivo el pronto riego de nuestras extensas tierras áridas y ardientes; por salvar a la familia del materialismo y la disolución; por elevar el nivel de cultura de nuestra nación, que por falta de medios no se pierda ninguna inteligencia; por reintegrar a España al puesto que en el mundo le corresponde; por llevar amparo y eficaz ayuda a los millares de españoles perdidos por el mundo y por devolverles el orgullo de ser españoles.
De cómo cumplimos este programa lo pregonan nuestras leyes y nuestras nuevas instituciones: la de Auxilio Social, con millares de comedores y guarderías infantiles en toda la España liberada; el Servicio Social de la Mujer, que estimula y premia el amor a los necesitados; el subsidio a las familias de los combatientes pobres, que les asegura la normalidad de sus ingresos; la ley de exención del pago de alquileres a los obreros sin trabajo; la Fiscalía de la Vivienda, que corrige las exigencias de los hogares humildes; la ley de préstamos bancarios para las carreras de los hijos de los funcionarios; el Patronato Nacional Antituberculoso, que en plena guerra ha creado ocho mil camas para los tuberculosos; la ley que obliga al establecimiento de los comedores en las fábricas para comodidad de los trabajadores; la mejora de la ley de seguros de accidentes; la ley del trigo que, revalorizándolo, convierte en realidad nuestro lema de “Arriba el campo”; la ley de préstamos a los cultivadores, facilitándoles simientes seleccionadas; la revalorización de la tasa mínima de pescado en beneficio de los trabajadores del mar; la ley de concesión del derecho al trabajo remunerado a los penados en beneficio de sus familias; la ley de redención de las penas por el trabajo; el Patronato Nacional de Ciegos [la ONCE]; la nueva ley de Enseñanza, con numerosas becas para los estudiantes pobres, la nueva ley que establece en España el salario familiar.
Jamás nación alguna creó y llevó a la práctica y menos tiempo y más difíciles circunstancias instituciones y leyes de un fondo social tan humano y tan justo».
Lo que es necesario reseñar, a partir de la aplicación de las primeras medidas sociales/laborales adoptadas y de la publicación del Fuero del Trabajo durante la guerra, del desarrollo legal, es la aparición de dos principios no escritos que estarán vigentes a lo largo de todo el régimen: primero, la concepción dinámica de la ley (la revisión constante para su mejora de la misma) frente a la concepción finalista; segundo, la irrenunciabilidad del derecho (ejemplo de ello es la aplicación en 1938 de la semana de vacaciones remunerada de forma obligatoria para las empresas vigilando el cumplimiento, quedando solo exceptuadas algunas muy concretas por razón bélica).
ENTRE ARRESE Y GIRÓN
Franco asumió, desde muy pronto, que estaba al frente de una coalición político-social con tendencias diversas dentro de una serie de principios más o menos compartidos. Desde el punto de vista de la dinámica política, fue su objetivo y lo logró, mantener cohesionada esa coalición en torno suyo. En 1938, al formarse el primer gobierno, esta realidad se tradujo en el reparto de carteras entre las diversas corrientes constituyendo el Consejo de Ministros, como consideran no pocos autores, un particular «parlamento de bolsillo». A lo largo de lo que acabaría conformándose como el Estado de las Leyes Fundamentales, el Jefe del Estado confió las áreas sociales y laborales a los políticos falangistas. Institucionalmente ello implicaba confiarles, además de la dirección de FET de las JONS/Movimiento Nacional, cuyo secretario tendría durante la mayor parte del tiempo la consideración del ministro, el Miisterio de Trabajo, la Organización Sindical, el Frente de Juventudes/Organización Juvenil Española, la Sección Femenina y la Delegación Nacional de Excombatientes.
Tanto en la vertiente del desarrollo institucional como en la precisión conceptual de la revolución social que anunciaba el nacionalsindicalismo, como en el desarrollo de la legislación social, hay que destacar la importancia que adquirieron dos ministros: José Luis de Arrese Magra (Ministro Secretario General del Movimiento 1941-1945 y 1956-1957, Ministro de Vivienda 1957-1960, Procurador en Cortes 1943-1977, Consejero Nacional del Movimiento) y José Antonio Girón de Velasco (Ministro de Trabajo 1941-1957, Delegado de Excombatientes 1939-1954, Procurador en Cortes 1943-1977, Consejero Nacional 1937-1977, presidente de la Confederación Nacional de Excombatientes 1974-1995, Consejero del Reino 1970-1977).
En el grupo de políticos falangistas que iban a ser elemento trascencendente en lo que sería la concreción y desarrollo de la política social/laboral del régimen de Franco tendríamos que incluir a: Pedro González-Bueno, Pilar Primo de Rivera, José Solís Ruiz, Fermín Sanz-Orrio y Sanz, Jesús Romero Gorría, Carlos Pinilla, Licinio de la Fuente, Enrique García Ramal, José Utrera Molina, Federico Mayo, José María Sánchez-Martínez Arjona, Vicente Mortes Alfonso…
En gran medida, la concepción teórica de Arrese y la aplicación práctica de Girón marcaron la política social y laboral española a lo largo de dos décadas, estableciendo unas líneas que continuarían desarrollándose en los años siguientes. Ello no quiere decir, pese a toda su capacidad de influencia, que en parte contaran con la oposición de otros sectores o corrientes del régimen. Pero en materia de política social la voluntad de Franco fue siempre la misma sintonizando en sus discursos con el puesto en pie por Arrese y Girón.
La revolución consistía para Arrese en crear una sociedad nueva, «un pueblo nuevo que labra sus campos, cría a sus hijos y reza a Dios». Lo que se planteaba era la creación de esa nueva sociedad conforme a los postulados del hombre nuevo, de la revolución interior y de la revolución social al servicio del mismo. Propósito que, de un modo u otro, era defendido por el catolicismo político de la época y por los falangistas. La sociedad en la que soñaban se edificaba desde el hombre, pero no desde un hombre abstracto sino de un hombre cristiano. Al Estado competía hacer posible el camino hacia la salvación de, en frase de José Antonio, «la envoltura corporal de un alma dispuesta a salvarse o condenarse por toda la eternidad», lo que implicaba crear una ciudad terrena en consonancia con la ciudad de Dios. La sociedad que quería edificar no era producto de la agregación de individuos, era contraria al individualismo que impulsaba el liberalismo, y contraria al colectivismo, no así al cooperativismo. Cuando afirmaban, con mayor o menor radicalismo, que eran tan antiliberales como antimarxistas no estaban haciendo retórica.
Arrese, el único continuador que trató de desarrollar las vías del pensamiento joseantoniano, trazó primero un planteamiento de orden socioeconómico en su obra La revolución social del nacional sindicalismo. Un trabajo iniciado según él mismo precisó antes de la guerra. Después, complementando esa visión, adecuándola al tiempo nuevo que se abre tras el final de la II Guerra Mundial y su salida del gobierno, no del Consejo Nacional y las Cortes, en una refundación ideológica, que venía a coincidir con los planteamientos de José Antonio en sus escritos de la prisión, en la que asumía la propuesta de «solución religiosa» del líder falangista, en su trabajo Capitalismo, Comunismo, Cristianismo.
Lo que Arrese y Girón hicieron fue reformular la tesis de la revolución nacionalsindicalista. Ambos acentuaron la aproximación a la Doctrina Social de la Iglesia. El primero, ya en 1940, asumía que ante el problema social, desechadas las vías liberal y marxista, situándose «tan lejos del comunismo falsamente igualitario y rencoroso que del capitalismo anónimo y explotador», solo quedaba la «solución espiritual» que le separaba también del fascismo:
«La tercera solución al problema social es la solución espiritual. Fijarse bien que no decimos fascista, aunque la gente lo dice. El fascismo ha sido la solución espiritualista de una nación, la primera si se quiere; pero el fascismo no es una solución universal, sino la adaptación italiana de esa solución.
Nosotros, que somos españoles, no podemos ser fascistas, y no lo podemos ser precisamente por su propia esencia. ¿Podríamos ser al mismo tiempo nacionales y fascistas? ¿Españoles e italianos? Tendremos, sí, puntos de contacto; pero el saludo a la romana, la camisa, etc., son simples tributos de simpatía a un hermano mayor, pero son formas, no esencia del movimiento, y las personas que por ver en nosotros camisas y ricino creen que somos fascistas, ni saben lo que es el fascismo ni conocen el nacionalsindicalismo. Es como si creyeran que porque dos ciudades tuvieran calles que se llamaran igual habían de ser la misma ciudad».
La revolución que Arrese define tiene tres misiones: espiritualizar la vida, españolizar España e implantar la justicia. La justicia social implica actuar en los tres brazos de la riqueza (trabajo, propiedad y capital) y encontrar la armonía entre los elementos de la producción (empresarios, técnicos y obreros). Para alcanzar la justicia social es necesario reconocer, ante todo, los «derechos morales del trabajador» que pasan por el establecimiento del «salario justo» («es aquel con el que se conmuta el valor del trabajo realizado por el precio de la mercancía; pero fijando este precio de tal manera que haga que este valor sea, por lo menos, suficiente para que viva con él un obrero de necesidades mínimas») y del «salario familiar» (por el que se reparte equitativamente, según las necesidades familiares del obrero, un sobresueldo que aumenta con dichas necesidades»). Ello hará posible la conjunción de la «justicia conmutativa» y la «justicia equitativa».
En su definición del concepto de «salario familiar» va más allá, porque además de cubrir las necesidades familiares debe permitir «aumentarlas sin miedo a la miseria». Por ello, debe comprender las necesidades de los hijos, pero también de los «familiares de primer grado imposibilitados de ganar jornal». Es decir, prevé las situaciones de dependencia y establece su solución. El salario justo y familiar no será por tanto lineal (absoluto) sino progresivo. Este salario no debe estar regido por la idea de ganar más «sino que la vida cueste cada vez menos; es decir, que lo que gana tenga cada vez mayor capacidad de adquisición». De nada valen pues los aumentos o los complementos si estos no cubren los costes de vida.
No son solo formulaciones teóricas, sino que, como veremos, tendrán inmediata aplicación práctica. Esta concepción del salario es la que conducirá a la introducción, por vez primera, de complementos salariales en función de la antigüedad y la participación salarial en los beneficios de la empresa. Complementos salariales que devienen en derechos del trabajador.
En el pensamiento de Arrese, con traducción práctica en la legislación, la propiedad, reconocida como derecho, siguiendo el camino marcado por la DSI, buscando el armonicismo que subyace en sus escritos, estima que el derecho a la propiedad también debe tener límites: su misión social. La riqueza es para Arrese una «arteria fertilizante» que debe ser utilizada como tal y de no hacerse corresponderá al Estado intervenir para evitar que esa riqueza se convierta en «una charca pestilente», recurriendo incluso a la expropiación, con indemnización («compensada en lo posible»).
Para Arrese, también para José Antonio, para Girón o para el propio Franco, el capital y el capitalismo son dos cosas distintas. El capital es el que permite cumplir su misión, producir. Por ello hay que rechazar al «parásito egoísta que vive en la sociedad con su dinero improductivo, sin importarle nada la miseria que le rodea y el bien que pudiera hacer a los demás, y ese otro que solo saca su capital para hacer negocios fabulosos, aun a costa de amasar sus millones con el sudor y las lágrimas de sus semejantes, tiene que desaparecer definitivamente de la economía nacional»:
«Somos anticapitalistas porque defendemos la propiedad privada, y es que, efectivamente, el capitalismo desvía la propiedad privada hacia la especulación anónima.
Y así cuando se funden empresas e industrias, pero no para ponerse al frente de ellas y empezar la producción, sino para parcelarlas en acciones anónimas y especular con estas acciones. Cuando se emplea el dinero, pero no para su lógica comercial, sino para dedicarlo al préstamo y a la usura para lucrarse del trabajo de los demás. Cuando se abandonan los trabajos del campo por las comodidades de la ciudad, sacudiéndose todas las obligaciones, pero con la pretensión de reservarse el derecho a seguir viviendo como convidado al trabajo del campesino. Se transforman en capitalismo los capitales industriales, comerciales y agrarios».
Arrese defiende la necesidad del capitalismo industrial en el que los trabajadores tienen que tener participación (no entran en ese ámbito las pequeñas y medianas empresas), pero demanda la transformación del capitalismo financiero a través del establecimiento de límites directos e indirectos.
En el nuevo marco político esta revolución debía de hacerse desde la política, ganando la preeminencia política. En ese camino, como Girón o el propio Franco, entendía que la lucha contra el comunismo, contra la revolución, contra el marxismo, contra la expansión de esas ideas, tras el combate de las armas, pasaba por cortar los apoyos logrados por la situación de injusticia social:
«Lo que hay que hacer hoy es meditar un momento sobre las razones que hacen del comunismo una doctrina atrayente incluso para los hombres occidentales; porque seríamos ciegos si quisiéramos negar al comunismo una razón de ser y de existir y afirmáramos que el comunismo está ahí por el solo hecho de la fuerza bruta. No; las grandes revoluciones obedecen a grandes razones que van implícitas en el sistema anterior… el comunismo tiene su motivo en la injusta situación social de nuestros días. Por lo tanto, no se trata de predicar la guerra santa; se trata de ver si es posible quitar al comunismo la razón que tiene para destruir la cultura occidental».
Para Arrese fue el capitalismo el que produjo el comunismo. Su posición, su estrategia de enfrentarse al mismo, tiene un basamento teórico coincidente con los planteamientos de Keynes ante la desafección de la democracia y el establecimiento del fascismo y el comunismo que abren la instalación del Estado del Bienestar que preserve la democracia del capitalismo. Pero Arrese, en una estela de pensamiento que también tendrá ecos en Franco, lo que propone es una nueva fórmula que va a enunciar en el marco del mundo de posguerra y de la aún solamente pre esbozada guerra fría:
«No se trata de resucitar el fascismo. Ya hemos dicho que el fascismo ni nos gusta ni puede llenar la inmensa ambición de un propósito cristiano; se trata de devolver al mundo la mística precisa para oponerse con éxito al avance bárbaro y, sobre todo, se trata de hacer esto de aquella forma que, para ser completa y definitiva, ha de buscarse en el campo de la justicia y el amor, tal y como una noche dos veces milenaria nos fue mostrada en la fría soledad de un Diciembre eterno».
José Antonio Girón de Velasco siempre mantuvo que el no era un teórico, pero era el animal político necesario. Como Arrese estaba vinculado al catolicismo y a la DSI, tal y como es fácil de percibir en sus discursos. Eran coincidentes en sus planteamientos, pero Arrese, por su andamiaje teórico se convirtió en el primer enemigo a batir por parte de otras corrientes del régimen de Franco.
Girón consiguió mantenerse en el poder durante 16 años con el apoyo cerrado del Generalísimo quien siempre le consideró como un «monumento a la lealtad». Para el Ministro de Trabajo, coincidente en que la revolución solo se podía hacer desde el poder, el triunfo de la revolución nacionalsindicalista sería un proceso largo que debía iniciarse a través de una «revolución social» realizada desde el Boletín Oficial del Estado. A diferencia de otros dirigentes estimaba que el objetivo debía de ser crear una gran base social de apoyo en la que convergerían los trabajadores, los militantes del Frente de Juventudes y las mujeres de la Sección Femenina. Así, aunque la presencia falangista fuera limitada y decreciente en los sucesivos gobiernos, su posición política y sus objetivos quedarían blindados por un apoyo popular y un capacidad de movilización que serían su gran baza ante Franco. Quizás se planteara que con ello, transcurrido un tiempo, sería posible un asalto definitivo al poder como el que Arrese intentaría con sus leyes en 1956. Así era recurrente en sus discursos una idea: «la incorporación de las masas trabajadoras al sentido del Movimiento Nacional Sindicalista es un objetivo esencial de la Revolución», y si no se quiere quedar anclado en la «transformación superficial de las fórmulas», en «obras muertas… nos hace falta crear un clima ardiente en las masas españolas honradas, un ambiente de fe nacional-sindicalista que respalde la acción concreta de la minoría que ha de conducirlas». Y ello le llevará a buscar atraer a los vencidos.
Girón es partidario de la política de hechos, de realidades, de avances, de cumplimiento de promesas, de los objetivos programáticos previos:
«Si por política se entiende el honesto gobierno del pueblo, el dotarle del instrumental necesario para alcanzar su libertad económica y espiritual; si por política se entiende crear el clima material y moral que el pueblo necesita para su progreso y bienestar; si por política se entiende la redención de las tierras yermas, la distribución equitativa de los bienes esenciales para dignidad de la vida humana, es decir, la alimentación, la vivienda, el vestido, la asistencia sanitaria, la adquisición de la cultura, el honor de la familia; y si por política se entiende el sembrar la Patria de escuelas de la población más populosa a la última cortijada serrana […] sí queremos política y esa es precisamente la política que venimos a propugnar.
Si por política se entiende que los trabajadores puedan prevenirse en plena libertad contra la desventura de la ancianidad y de la orfandad y contra los riesgos que todavía les amenazan y amenazan a su prole; si por política, finalmente, se entiende el alto honor de escalar una cima más alta de deberes y la satisfacción de poderlos cumplir gracias a una capacitación cultural, entonces sí, entonces sí queremos la política y en esa política es en la que queremos embarcar resueltamente al trabajador español, porque lo merece y porque la Patria lo necesita».
El pensamiento táctico de Girón, de un modo u otro reiterado a lo largo de los años, es diáfano. Asume que, ni por formación, ni por pensamiento, Franco es un revolucionario, pero es el Caudillo y el Jefe de la Revolución Nacional. En este marco es a otros a quienes corresponde ir avanzando en la senda de la revolución social, llevar adelante los objetivos que ellos defienden dentro de la coalición gobernante, en las áreas que Franco les ha confiado. Y eso es lo que hará durante 16 años, estableciendo además una impronta que tendrá continuidad en los siguientes responsables de Trabajo.
Todo ello constituyó la base ideológica del franquismo social.
LOS DERECHOS SOCIO-LABORALES
Cuando a José Antonio Girón de Velasco se le preguntaba sobre la política social y laboral del régimen de Franco y su labor, para él revolucionaria, al frente del Ministerio de Trabajo durante 16 años, solía remitir al entrevistador a la lectura del Boletín Oficial del Estado. En ese periodo, se pone en pie gran parte de lo que denominamos franquismo social y las vías por las que seguirá avanzando hasta la muerte de Franco el establecimiento del Estado del Bienestar.
Al centralizar el Ministerio de Trabajo tanto la previsión y protección social como el sistema de relaciones laborales, es difícil para el investigador deslindar dos caminos que discurren paralelos y convergentes. En estas mismas páginas encontrará el lector las referencias a lo que supuso el cambio impulsado por Girón desde la previsión social a los seguros sociales obligatorios y las creación de las bases de la Seguridad Social. En nuestro caso nos centramos en los cambios en las relaciones laborales impulsados por Girón de Velasco y que tendrán continuidad en los ministros subsiguientes.
Según lo dispuesto en el Fuero del Trabajo es al Estado al que, con la clara intención de proteger al trabajador en concordancia con las necesidades de la economía nacional, corresponde regular las condiciones y las relaciones de trabajo. Tal y como hemos explicado no se parte de la nada sino de la existencia de la Ley de Contratos de Trabajo de 1931 y de la Ley de Jurados Mixtos. El modelo de jurados mixtos quedó inerte al ponerse en marcha el sindicalismo vertical. Se mantuvo la Ley de Contratos de Trabajo, pero el Estado establecía las reglamentaciones por sectores (1938), lo que daría lugar a la creación de auténticos códigos laborales que establecían los condicionamientos mínimos a cumplir por todas las partes (Reglamentos y Ordenanzas de Trabajo, 1942). Estas reglamentaciones tuvieron siempre una concepción dinámica y estuvieron en continua adecuación a los cambios económicos que se iban produciendo.
En 1944 Girón presentaba a Franco la nueva Ley de Contratos de Trabajo, que era continuista con el modelo republicano. En parte estamos ante una refundición de toda la legislación socio-laboral emitida. Naturalmente no supuso el cierre de las mejoras para los trabajadores, sino el nuevo punto de arranque de una expansión constante a la que solo cabría objetar la mayor o menor celeridad en su desarrollo. Además, a partir de los años 50 los trabajadores participarían en las adecuaciones de las reglamentaciones a través de los representantes sindicales del régimen; figuras denostadas por la crítica antifranquista al no proceder el sindicalismo de clase, pero que en no pocos casos, al contrario de lo que se mantiene, ni eran tan dóciles ni tan escasamente reivindicativos como se trata de mantener.
La Ley de Contratos de 1944 lo que hace es reconocer la obligación del empresario de prestar asistencia y protección a los empleados, todo ello desde el respeto a la dignidad humana del trabajador. Es en su concepción y contenido un texto garantista para el trabajador. En esta línea establece las causas por las que el trabajador tiene derecho a permisos (muerte o enfermedad de un familiar, nacimiento), las causas de despido habituales en un marco muy restringido; las vacaciones, los tipos de contrato posibles impulsando el contrato indefinido… A esta normativa tendríamos que añadir la creación en 1947 de los jurados de empresa, que abría las puertas a la participación directa de los representantes de los trabajadores en la vigilancia del cumplimiento de los reglamentos en materias de protección y condiciones de trabajo, así como presentar propuestas para las mejoras de las condiciones de trabajo.
Ahora bien, desde el punto de vista de las relaciones laborales lo más trascendente será la aprobación por las Cortes en 1959 de la Ley sobre Convenios Colectivos Sindicales, que variaba de forma importante el modelo teórico del sindicalismo vertical. Estos, a partir de la asunción de todo lo dispuesto en las reglamentaciones que se consideraba el mínimo exigible, podían en la negociación mejorar las condiciones de trabajo y los beneficios de los trabajadores según el acuerdo que se adoptara entre los trabajadores y los empresarios. Una vez aprobado el convenio del sector o de la empresa este tenía que ser refrendado por el Ministerio de Trabajo. Un modelo que se preserva hasta el presente. Lo que viene a demostrar la negociación de los sucesivos convenios desde 1959 es la mejora objetiva de la situación laboral, jugando ya un papel importante las reivindicaciones obreras que se expresaban mediante movilizaciones a partir de las primeras huelgas importantes de 1951 vinculadas a los primeros síntomas de crecimiento económico (aunque la huelga estaba prohibida, ya en la década de los setenta se tendrían que reconocer siempre que no fueran políticas).
Como ejemplo de la compatibilidad entre reglamentaciones, disposiciones y convenios detengámonos en el caso de las vacaciones remuneradas. A lo largo de los años 40 se pasó de la semana a un margen establecido entre 12 y 15 días. A la muerte de Franco el mínimo establecido era de 21 días hábiles más 14 feriados, pero en no pocos convenios se llegaba a los 30 días. El Estatuto de los Trabajadores aprobado en 1980 las situaba en 23 días hábiles más los feriados. En 1983, el gobierno de Felipe González estableció las vacaciones anuales mínimas en 30 días naturales.
Detengámonos ahora en lo referente a la jornada laboral semanal: la jornada de las 8 horas para los obreros quedó establecida durante el reinado de Alfonso XIII; la Ley de septiembre de 1931, la de la II República, mantuvo las 8 horas diarias como máximo, aunque establecía numerosas y amplias excepciones que permitían un relativo incremento (incluía, eso sí, la mejora del pago de las horas extras con respecto al salario establecido). En realidad, dado que los sábados eran hábiles y solo el descanso dominical estaba reconocido, la jornada laboral era de 48 horas semanales. A la muerte de Franco, según la última legislación que se estaba preparando y que fue aprobada poco después por sus últimas Cortes, la jornada máxima sería de 44 horas semanales, aunque muchos convenios ya establecían las 40 horas. En 1980 el Estatuto de los Trabajadores establecía 43 horas para la jornada partida y 42 en jornada continua. En 1983 el gobierno socialista de Felipe González la situó definitivamente en un máximo de 40 horas. Tendrían que pasar 40 años para que en 2024 se redujera a las 38.5 horas y se planteara en 2025 su reducción a las 37.5 horas.
Finalmente cabría, en este apretado resumen, volver la vista hacia el modelo de empleo que el régimen de Franco buscó a través de su política laboral. Todas las disposiciones indicadas buscaban el empleo estable, la seguridad en el empleo afirmada desde el Fuero del Trabajo. No es que, como a veces se afirma con exageración, el despido estuviera prohibido. Las condiciones objetivas para el mismo estaban establecidas en las reglamentaciones, pero es cierto que el despido era muy costoso para el empresario. En este sentido la política con respecto al despido era muy garantista con los derechos del trabajador y en caso de no aceptación estaba Magistratura de Trabajo. Esta institución singular fue creada mediante decreto el 13 de mayo de 1938, siendo ministro Pedro González-Bueno. Había sido anunciada por el Fuero del Trabajo y sustituía a los jurados mixtos (en 1989 se transformaron en los Juzgados de los Social. Este tribunal laboral se encargaba de resolver los conflictos que se plantearan entre empresarios y trabajadores.
Una Magistratura cuyos integrantes se habían educado en los principios del Fuero del Trabajo y que era, a juicio de lo que era común afirmar en la época, muy favorable al trabajador.
La protección al empleo y al trabajador se pone de manifiesto cuando se revisa el coste del despido que resultaba altamente disuasorio. El despido improcedente conllevaba el pago de una indemnización de 60 días por año trabajado entre un mínimo de 6 meses y un máximo de 60 meses. Si Magistratura fallaba la improcedencia era el trabajador el que escogía si volver a su puesto de trabajo o aceptar la indemnización; en caso de retornar correspondía al empresario abonar los salarios de tramitación correspondientes al tiempo transcurrido hasta la resolución. Hubo variaciones y desde mediados de los cincuenta la decisión de readmisión pasaba al empresario que tuviera menos de 50 trabajadores (en las de mayor número era decisión del trabajador pero el empresario podía negarse, sin embargo Magistratura podía imponer una indemnización de hasta cuatro años de salario). En la última reforma, ya aprobada tras la muerte de Franco por sus Cortes, se volvía a obligar a la empresa a la readmisión). Al aprobarse en 1980 el Estatuto de los Trabajadores, cinco años después de la muerte de Franco, la decisión de indemnizar o readmitir volvía al empresario; en el caso del despido improcedente la indemnización se situaba en 45 días por año trabajado. No es extraño que Marcelino Camacho, histórico dirigente de Comisiones Obreras, afirmara que con el nuevo Estatuto del Trabajador, que sustituía a la reglamentaciones franquistas, «se ha retrocedido en tres aspectos importantes para el mundo laboral español: en el ámbito de aplicación, en la consolidación del empleo y en la reducción de los derechos sindicales».
En 2017 el despido objetivo se indemnizaba con 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses y el improcedente con un total de 38 días por año trabajado y un máximo de 24 meses. En 2025, con un gobierno socialista, el despido improcedente se indemniza con 33 días por año trabajado y un límite de 24 meses.
En líneas generales cabría afirmar que el espíritu que latía bajo la legislación del franquismo social era el de hacer posible la estabilidad en el puesto de trabajo. Se contemple como se contemple la realidad el hecho es que todo el marco legal laboral estará imbuido de la idea de protección y ampliación de derechos del trabajador.
Como sería muy prolijo, excesivo para las dimensiones de este trabajo, abordar todo lo realizado en este ámbito, nos limitaremos a enumerar las medidas más trascendentes e innovadoras aprobadas que se sumarían al resto de las que vamos mencionando en los apartados de esta síntesis.
Entre 1939 y 1940 se creaba de la mano de la Organización Sindical Española (OSE) la popular Educación y Descanso que implanta el turismo social en el país. Su objetivo era la promoción y realización de actividades culturales y deportivas entre los trabajadores (los grupos se multiplicaron en las grandes empresas), facilitar las vacaciones a los trabajadores a precios asequibles. El resultado fue la organización de una amplia red de instalaciones deportivas y culturales por toda España. La falta de estudios impiden precisar el alcance de la misma pero contaba con: más de cincuenta residencias y albergues; tres grandes ciudades residenciales/vacaciones y una cuarta que no llegó a terminarse; 400 centros con instalaciones deportivas y unos 6.000 grupos que participaban en los Juegos Deportivos Sindicales. No solo eso, las empresas del Instituto Nacional de Industria (INI) contaban con secciones de deporte y actividades culturales; también aparecieron en empresas privadas. Por otro lado Educación y Descanso impulsaba la creación de orquestas, grupos de danza, coros y grupos teatrales de obreros. Además de las Bibliotecas y viajes culturales organizados, Educación y Descanso asumió tareas educativas para que los trabajadores obtuvieran el Graduado Escolar.
En junio de 1940 se publicaba la Ley de Descanso Dominical, con retribución íntegra al igual que se haría con los días festivas. En octubre de 1942 se establece la clasificación profesional del trabajador que se recoge en las reglamentaciones. Se aprueba el sistema de ascensos y gratificaciones. En diciembre de 1942 se firma la Ley de Patrimonios Familiares por lo que la propiedad dejaba de ser del cabeza del familia para ser de la familia en su conjunto. En junio de 1943 se aprueba la paga/gratificación de beneficios proporcional a las ganancias obtenidas. En 1943 se establece el Servicio Nacional de Colocación y Encuadramiento para luchar contra el paro, incluyendo servicios de formación y orientación laboral. En diciembre de 1944 se concede a los trabajadores «de las industrias no reglamentadas una paga extra por Navidad equivalente al salario de una semana de trabajo» (en diciembre de 1945 se transforma en paga general para todos los trabajadores). Se legisla para regular los contratos de aprendizaje y evitar los abusos en los mismos. En julio de 1947 se establece una segunda paga extra para conmemorar el aniversario del Alzamiento Nacional, inicialmente sería el equivalente a siete días de trabajo. En julio de 1956 se crea el Instituto Español de Emigración para la protección de los emigrantes españoles (en 1962 se publicaría la Ley de Ordenación de la Emigración). En 1958 se establece la obligatoriedad de instalar economatos laborales en las empresas de más de 500 trabajadores. También se generaliza en las empresas la denominada «cesta de Navidad» y regalos de Reyes para los hijos de los trabajadores.
Cuando se realizó la primera Conferencia Internacional del Trabajo, en 1919, en Washington la representación española fue encabezada por Francisco Largo Caballero de la UGT. La España de la victoria quedó excluida de la OIT y no fue readmitida hasta después de ingresar en la ONU (1955) en 1956. En 1969 este organismo, tras una visita de inspección a España, entrevistando incluso a opositores de CCOO, dio una visión positiva del proyecto de Ley Sindical que sería aprobado en 1971. También es de subrayar el importante número de convenios de la OIT que España suscribiría entre 1958 y 1975, que muestran la convergencia en materia socio laboral. En julio de 1937 se había firmado el Convenio sobre la conservación de los derechos de pensión de los migrantes. Excluida de la organización en 1939 a partir de 1958 se suscribieron los siguientes convenios de obligado cumplimiento y ello implicaba adecuar la legislación española a los mismos:
Convenio n.º 42 (revisado) sobre las enfermedades profesionales (1958)
Convenio n.º 44 sobre el desempleo (1971)
Convenio n.º 45 sobre el trabajo subterráneo (mujeres) (1958)
Convenios n.º 46 (revisado) sobre las horas (minas de carbón) de trabajo (1971)
Convenio n.º 52 sobre las vacaciones pagadas (1971)
Convenio n.º 55 sobre las obligaciones del armador en caso de enfermedad o accidentes de trabajo de la gente de mar (1971)
Convenio n.º 56 sobre el seguro de enfermedad de la gente de mar (1971)
Convenio n.º 58 (revisado) sobre la edad mínima en el trabajo marítimo (1971)
Convenio n.º 59 (revisado) sobre la edad mínima en el trabajo en la industria (1971)
Convenio n.º 62 sobre las prescripciones de seguridad en edificación (1958)
Convenios n.º 63 sobre estadísticas de salarios y horas de trabajo (1971)
Convenio n.º 64 sobre los trabajadores del mar (1971)
Convenio n.º 70 sobre la seguridad social de las gentes de mar (1973)
Convenio n.º 73 sobre el examen médico de la gente de mar (1971)
Convenio n.º 74 sobre los trabajadores del mar (1973)
Convenio n.º 77 sobre el examen médico de los menores (industria) (1971)
Convenio n.º 78 sobre el examen médico de los menores (trabajos no industriales) (1971)
Convenio n.º 79 sobre el trabajo nocturno de los menores (trabajos no industriales) (1971)
Convenio n.º 80 sobre la revisión de artículos finales (1958)
Convenio n.º 81 sobre la inspección de trabajo (1960)
Convenio n.º 88 sobre el servicio de empleo (1960)
Convenio n.º 89 (revisado) sobre el trabajo nocturno de mujeres (1958)
Convenio n.º90 (revisado) sobre el trajo nocturno de los menores en la industria (1971)
Convenio n.º 91 (revisado) sobre vacaciones y alojamiento de gentes del mar (1971)
Convenio n.º 92 (revisado) sobre vacaciones y alojamiento de gentes del mar (1971)
Convenio n.º 94 sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas (1971)
Convenio n.º 95 sobre la protección del salario (1958)
Convenio n.º 96 (revisado) sobre las agencias de colocación (1971)
Convenio n.º 97 (revisado) sobre los trabajadores migrantes (1967)
Convenio n.º 99 (agricultura) sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos (1970)
Convenio n.º 100 sobre igualdad de remuneración (1967)
Convenio n.º 101 (agricultura) sobre las vacaciones pagadas (1971)
Convenio n.º 103 (revisado) sobre la protección de la maternidad (1965)
Convenio n.º 105 sobre la abolición del trabajo forzoso (1957)
Convenio n.º 106 (comercio y oficinas) sobre el descanso semanal (1971)
Convenios n.º 108, 109, 112 sobre salarios y edad mínima de pescadores (1961-1971)
Convenio n.º 111 (empleo y ocupación) sobre la discriminación (1967)
Convenio n.º 113 sobre el examen médico de los pescadores (1961)
Convenio n.º 114 sobre el contrato de enrolamiento de los pescadores (1961)
Convenio n.º 115 sobre la protección contra las radiaciones (1962)
Convenio n.º 116 sobre la revisión de los artículos finales (1962)
Convenio n.º 117 sobre política social (1973)
Convenio n.º 119 sobre la protección de la maquinaria (1971)
Convenio n.º 120 (comercio y oficinas) sobre la higiene (1970)
Convenio n.º 122 sobre la política de empleo (1970)
Convenio n.º 123 (trabajo subterráneo) sobre edad mínima (1967)
Convenio n.º 124 (trabajo subterráneo) sobre el examen médico de los menores (1971)
Convenio n.º 126 (pescadores) sobre el alojamiento de la tripulación (1968)
Convenio n.º 127 sobre el peso máximo (1969)
Convenio n.º 129 (agricultura) sobre la inspección de trabajo (1971)
Convenio n.º 131 sobre la fijación de salarios mínimos (1971)
Convenio n.º 132 (revisado) sobre vacaciones pagadas (1972)
Convenio n.º 134 (gentes de mar) sobre la prevención de accidentes (1971)
Convenio n.º 135 sobre los representantes de los trabajadores (1972)
Convenio n.º 136 sobre el benceno (1973)
Convenio n.º 137 sobre trabajo portuario (1975)
UNA ESPAÑA DE NIÑOS Y FAMILIAS
En el bloque sociológico, en los grupos/corrientes políticas y sociales, que apoyaron o se sumaron a la rebelión militar, eran nexo de unión, desde antes de la guerra: la defensa de la familia, del orden tradicional, de la religión católica y por ende su moral.
Desde muy pronto, tras el nombramiento de Franco como Jefe del Estado, en breves meses, se produce la convergencia definitiva entre la Iglesia y el Nuevo Estado. En 1937 es un hecho que el anunciado Nuevo Estado a edificar será confesionalmente católico, por lo que toda su legislación deberá inspirarse en la Doctrina. Algo que es fácil de percibir cuando se lee la exposición de motivos, sugerida por Franco, del Fuero del Trabajo donde es evidente la referencia a la tradición y la Doctrina Social de la Iglesia.
Lo que quedará definitivamente constitucionalizado con la aprobación de la Ley de Principios Fundamentales del Movimiento que, en el II Principio, establecía que «la Nación española considera como timbre de honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia, Católica. Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación».
Ya el Fuero del Trabajo, como señalamos, establecía los principios rectores de la política familiar que el régimen mantendría a lo largo de toda su existencia. Recogía la concepción tradicional de la misma, tanto en el derecho natural como en la moral católica: el Nuevo Estado «reconoce a la familia como célula primaria natural y fundamento de la Sociedad, y al mismo tiempo como institución moral dotada de derecho inalienable y superior a toda ley positiva». Ello implica la constitucionalización de la protección de la familia como derecho.
Ello se verá reafirmado en 1945 con la aprobación del Fuero de los Españoles en el artículo 22:
«Artículo veintidós.- El Estado reconoce y ampara a la familia como institución natural y fundamento de la sociedad, con derechos y deberes anteriores y superiores a toda Ley humana positiva.
El matrimonio será uno e indisoluble.
El estado protegerá especialmente a las familias numerosas».
Todo ello antes de que en 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, texto ideológico de los objetivos a alcanzar por los países incluidos en la ONU, en su artículo 16, con una concepción calcada de la que estamos anotando, se reconociera que «la familia es el elemento natural de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado».
Lo que se verá nuevamente constitucionalizado por el régimen de Franco en la Ley de Principios Fundamentales del Movimiento, que en su II Principio establece: «La comunidad nacional se funda en el hombre, como portador de valores eternos, y en la familia, como base de la vida social: pero los intereses individuales y colectivos han de estar subordinados siempre al bien común de la Nación, constituida por las generaciones pasadas, presentes y futuras».
El Fuero del Trabajo marcaba el designio de que la declaración conceptual de la familia, el modelo de la familia católico, no fuera solo eso, una declaración sin carga proactiva. De hecho, la promulgación de la ley vino a coincidir con la derogación de la Ley del Matrimonio Civil proclamada por la II República, que aún estaba en vigor, aunque la derogación de la Ley del Divorcio, sin aplicación en la zona nacional, no se derogaría hasta septiembre de 1939. Lo que congratuló a la Iglesia, indicando que el Caudillo estaba dispuesto a facilitar una nueva recatolización de España. La protección y promoción de la familia iba a ser uno de los ámbitos destacados de institucionalización del franquismo social.
En este ámbito, el objetivo del Estado Nuevo era hacer posible una patria de familia y hogares. La familia y el hogar asientan la Patria, ese era el ideal de Franco, de Girón, de Arrese y de no pocos políticos de la época. La familia debía pues liberarse de las cadenas que impedían su fructificación: la sombra de la muerte por falta de atención sanitaria, la inseguridad en el trabajo, la falta de protección en todos los estadios de la vida, la ausencia del hogar, la consideración del trabajo de la mujer, que es pieza fundamental en el nuevo hogar, como una esclavitud impuesta por la necesidad económica (así se hablará de liberar a la mujer casada). Se trataba, aunque reflejado de una forma muy sintética, de hacer posible la construcción de hogares/familias/proyectos de vida que, a la vez son el cimiento de la Patria y del amor e identificación con la misma. Nacería o se restauraría, según el autor, en palabras de Arrese la «Patria de los hogares»; patria de familias hogares donde, en palabras de Girón, «recibimos la vida, la primera escuela en donde aprendemos a pensar, el primer templo en donde aprendemos a orar».
Desde esta opción, el régimen de Franco se presenta como activo en esa defensa y promoción del matrimonio cristiano, por lo que no es neutro y tiene como objetivo eliminar, perseguir o penar todo aquello que pueda destruir o agrietar su revolución familiar: el divorcio, el aborto, la contracepción, la falta de medios económicos, el adulterio, el amancebamiento… El franquismo social no iba a ser solo un modelo teórico proclamador de derechos, sino instaurador de políticas que los convirtieran en realidades.
Anunciado previamente, a los cuatro meses de la promulgación del Fuero del Trabajo, Franco firmaba la Ley de Subsidios Familiares que abría un largo devenir de este tipo de prestaciones sociales a favor de la familia que iban a caracterizar el escudo social del régimen. Como en cualquier régimen la ley necesitaba un tiempo para su desarrollo reglamentario y su aplicación efectiva, pero fue usual que los plazos fueran reducidos. Concluido el desarrollo en julio de 1938 era publicada iniciándose su aplicación. Adquirió relieve público en enero de 1939 cuando Franco, en un acto simbólico, entregó a 37 familias el subsidio/prestación, cubría en ese momento a 35.000 familias.
Como en otros casos, el régimen dirigiría este tipo de prestaciones/ayudas a los más necesitados, sin aplicar un criterio generalista. Se presentaba como una de las primeras normas dirigidas a desarrollar la idea del «salario familiar». Tenía su antecedente inmediato en las Cajas de Compensación que ya se habían abierto en algunas provincias dominadas por los nacionales (Vizcaya, Ávila, Salamanca), especialmente las constituidas en Mallorca bajo el apoyo del falangista López Bassa. Hay que atribuir al Padre Bartolomé Quetglas, figura destacada del catolicismo social en España, en una conversación con Franco, la idea de crear el «subsidio familiar». Estamos hablando del primer embrión de un salario social que debía añadirse al salario del trabajador en función de sus circunstancias. En su concepción lo que se estaba presentando tendría la consideración de derecho y no una norma paternalista, caritativa o benéfica como algunos autores tratan de sostener, o vinculada a solucionar una situación puntual de carestía.
En la práctica lo que se estaba creando era un seguro/prestación social obligatoria que mejoraba el salario de los trabajadores con bajos sueldos en función del número de hijos o del número de familiares dependientes que sin ser hijos no tuvieran subsidio alguno (en esto antecedía a la idea de desarrollar leyes sobre la dependencia). Era, en el momento de su creación, en plena guerra, una ayuda importante, pese a su relativa modesta cuantía, algo que los autores que tratan de minorar su papel subrayan. Ahora bien, lo que no suelen explicar es que los salarios más bajos estaban en los años de guerra entre las 6 y las 7 pesetas diarias (los soldados en el frente cobraban 7 pesetas), 10 pesetas ya podía ser un salario pequeño pero suficiente. El primer subsidio, vigente hasta 1941, suponía para una familia media entre 30 y 40 pesetas al mes; para una familia de 6 a 8 hijos, que no eran tan extrañas entre 50 y 75 pesetas. Aunque, sin obviar las circunstancias económicas negativas, es evidente que, dadas las deficiencias de una precaria administración como lo era la nacional, tardó en llegar a todos los que podían acceder al mismo. Los datos fragmentarios que se pueden encontrar indican que a principios de 1939 se abonaban ya 600.000 pesetas diarias en subsidios. A ello habría que añadir la existencia del subsidio para las familias de los combatientes sin ingresos o con ingresos insuficientes (3 pesetas para un familiar y 1 más para cada hijo hasta 8 pesetas diarias), y hay que señalar que el ejército de Franco llegó a tener en armas casi un millón de hombres.
La concepción del mismo como derecho y como prestación se hace evidente al mantenerse tras la guerra. Son los años de Girón de Velasco, para quien el Estado tenía la obligación de cubrir todo el «ciclo familiar», protegiendo a la familia «en sus crisis posibles o en sus dificultades naturales». Sería muy prolijo en este espacio analizar todas las medidas a favor de la familia adoptadas a lo largo del régimen de Franco. En realidad, en concordancia con el discurso que se difundía, desde los salarios a la vivienda, todo el sistema de protección y promoción del régimen de Franco, del nacimiento del Estado del Bienestar en España, giró en torno a la familia.
A partir de 1941 se produjeron las revisiones periódicas de las cuantías de un subsidio/prestación familiar que había venido para quedarse; algo que también parecen obviar algunos autores empeñados en ligarlo solo a un estado de necesidad coyuntural. Señalemos que ese año, el primero de la subida, se revalorizó en un 100%, incluyendo un ingreso por abonos del 50% desde la fecha de la primera percepción (entonces los salarios más bajos se movían entre las 250 pesetas y las 300 pesetas y el subsidio para una familia usual podía situarse entre las 60 y 80 pesetas). A partir de ahí, de la mano de Girón de Velasco, esta ayuda familiar se irá extendiendo en 1943 a los sectores agrario (durante la república los salarios de los jornaleros se situaban entre las 5 y las 6 pesetas diarias) y pesquero, llegando también a los militares, para incluir después a los funcionarios del Estado (1954) y a los de las administraciones locales (1956) a través de la creación de la Ayuda Familiar (incluía una prestación en el caso de que la mujer no trabajara y otra por cada hijo en dos tramos: menores de 10 años y mayores de 10). En el sector agrario, con anterioridad, para mejorar la situación de los jornaleros se tomó la decisión de crear los huertos familiares como ayuda para estas familias; eran pequeños lotes de tierra que se entregaba a esta población.
Sobre algunas disposiciones previas, en febrero de 1939, a este subsidio/prestación se sumaban los préstamos de nupcialidad a muy bajo interés (1%), con reducciones progresivas conforme nacieran los hijos (bonificaciones del 25%). La cantidad del préstamo estaba reglada y se ampliaba en los casos en los que la mujer abandonaba su trabajo si lo estaba realizando. En 1948/1949 se revisó esta prestación transmutándose el préstamo en un abono al contraer matrimonio estableciéndose en la cantidad de 12.000 pesetas. A ello se sumarían las aportaciones que establecerían las diversas mutualidades.
La resultante de esta política fue el mantenimiento de un ritmo constante de crecimiento de los hogares familiares. El número de matrimonios pasó de los 236.887 de 1960 a los 271.347 de 1975. A lo largo de 15 años se mantuvo el número casi constante. La crisis de los matrimonios se hizo, pese al crecimiento de la población, tras un discurrir de lento descenso, en la primera década del siglo XXI reduciéndose en más de 100.000 con respecto a las cifras del régimen de Franco. La tasa bruta de nupcialidad cayó de forma constante desde el 7.6 por mil en 1975 (manteniéndose en tasas similares desde 1960) a un escuálido 3.5 por mil en 2023, marcando un claro declive de aquel tipo de familia que la política social de Franco defendió y promocionó.
Es evidente que esta legislación, además de favorecer la creación de hogares, buscaba el impulso de la natalidad. Ello conducía a políticas, en las que abundaremos en el siguiente apartado, que redujeran rápidamente la dolorosa y crónica alta mortalidad infantil, con políticas proactivas de prevención y atención sanitaria. Ello condujo en los años siguientes al fin de la guerra a la continua ampliación y mejora del Seguro de Maternidad. Pero ello era, inicialmente, solo una cara de la acción a emprender. Así en julio de 1941 se aprobaba la Ley de Sanidad Maternal e Infantil. Las coberturas de maternidad se ampliaron en 1942 para todas las mujeres de los trabajadores, se equipararon las bajas de maternidad a la baja por enfermedad (cobrándose el 75% del salario), cubriendo a 1.783.000 mujeres. Nuevamente se consideraba insuficiente, por lo que se establecieron complementos salariales en los casos de partos múltiples y la creación del subsidio de lactancia.
El régimen de Franco va a ser declaradamente natalista con una clara protección y promoción de las familias numerosas. No es necesario profundizar en ello porque es de sobra conocida la existencia de los premios de natalidad. Esta política estaría asentada en la decisión de crear las condiciones óptimas para tener hijos. Detengámonos en el caso de las familias numerosas.
La primera ley de protección a las familias numerosas la firmó Franco en agosto de 1941. A partir de ahí, con la habitual concepción dinámica de la ley fue mejorándose; la primera reforma se hizo en 1943. Inicialmente el número de hijos para tener tal consideración sería de cuatro, lo que era usual en las familias de la época, a partir de ahí se establecía una gradación que incrementaba el subsidio según el número de hijos. A diferencia de otras leyes sociales que se centraban en la situación económica de los perceptores volcándose en los más necesitados, los beneficios contemplados se extendían a todas las familias. Por un lado, estaba la aportación del subsidio familiar, cuyas cuantías fueron elevadas; por otro, los beneficios directos e indirectos. Además de reducciones y desgravaciones en impuestos, de inclusión de apartados concretos en las leyes sociales, estas familias tendrían preferencia para: la concesión de estancias en albergues y residencias del Estado; la estancia de los hijos en los campamentos juveniles; obtención de empleos; reducción en los transportes; concesión de viviendas públicas adaptadas al tamaño de la familia; reducción o exención de tasas en centros educativos; becas; entrega a las familias rurales de parcelas para la explotación agraria vinculadas al tamaño de la familia, incluyendo ganado…
La política natalista del régimen de Franco de raíz católica, superada la guerra civil, impulsó y permitió un baby boom que se prolongó desde 1958 hasta 1975; que sumado a la caída drástica de la mortalidad general y la mortalidad infantil (la mortalidad en los sesenta se situaba porcentualmente en tasas aproximadas a las actuales), generó un importantísimo crecimiento de la población. Entre 1958 y 1968 se alcanzaron cifras de nacimiento que superaban anualmente los 650.000 nuevos españoles; en 2024 el número total de nacimientos fue menos de la mitad (322.034 nacidos).
Dentro del ámbito de la reforma y ampliación constante de las prestaciones a favor de la familia debemos incluir 3 disposiciones fundamentales: la aprobación de 2 pagas extras anuales (18 de julio y Navidad); el Plus de Cargas Familiares (los puntos por hijo a satisfacer por el empresario en función de la masa salarial) y el Plus de Carestía de la Vida. A todo ello, habría que añadir las desgravaciones tributarias por hijo (que en 1960 se aplicaban bonificando 25.000 pesetas por cada hijo menor de 25 años), las que aportaban las mutualidades, la ampliación de prestaciones por enfermedad si el asegurado tenía hijos…
A partir de la creación de la Seguridad Social, con la Ley de Bases de la Seguridad Social (1963), esta asumía la protección a la familia en las bases 5ª y 11ª. Los antiguos subsidios conformaban, al ser asumidos por la Seguridad Social, nuevas prestaciones: asignación mensual por hijo, asignación por matrimonio, asignación por nacimiento, asignación si la mujer no trabajaba (estas desaparecerían con el primer gobierno socialista tras la muerte de Franco). Asignaciones que se aplicarían a las viudas, incluyendo todas aquellas que no estuvieran afiliadas a la Seguridad Social; las prestaciones también se trasferirían a huérfanos e incapacitados sin que fuera necesario haber estado afiliado a la Seguridad Social.
Mantengamos en este aspecto, que demandaría más espacio que el que permite esta síntesis, la misma conclusión, apuntada por el profesor Maluquer, que recogíamos en nuestro trabajo Franco socialista. La revolución silenciada: «la más importante de las prestaciones sociales, en términos de recursos aplicados, fue la de protección familiar, que ostentaba cifras algo superiores a las de las pensiones. Desde 1969 fue superada por las pensiones y por el gasto sanitario. Posteriormente quedó sometida a congelación hasta su completa eliminación, en contraste con la mayoría de los países europeos que destinan fondos e importancia al apoyo de mujeres y familias. Desde entonces, España es el país europeo que aplica menos recursos a la función de protección social por maternidad y familia».
SECCIÓN FEMENINA Y MUJER
No es extraño a la vulgata antifranquista recurrir, de forma demagógica y sin atender a la realidad social y cultual de la época, a presentar con los tintes más oscuros el papel y la consideración de la mujer en el régimen de Franco. No es difícil escuchar afirmaciones tan extemporáneas como afirmar que la mujer tenía prohibido trabajar o hasta, como llegó a explicar una chica joven en un reciente programa televisivo en el que se preguntaba por la situación de la mujer que se había avanzado mucho porque en el franquismo estaba permitido pegar una paliza al año a la mujer.
Habitual es indicar, como muestra de la discriminación que la mujer sufría, que ni tan siquiera podía abrir una cuenta en un banco a su nombre. Además de lo erróneo del absoluto, ya que ello solo regía para las mujeres casadas que necesitaban el permiso marital o para las menores. Olvidando, además, que esa era una práctica que se mantenía en el mundo anglosajón, tanto en EEUU como en Inglaterra.
No es inusual en este ámbito el recurso a las verdades a medias. Nadie va a negar que en la España de Franco y antes de Franco existía la discriminación. El reconocimiento de la no discriminación que contemplaba la Constitución de 1931 tuvo escasa aplicación práctica porque se trataba de un problema de mentalidad. Ahora bien, a lo largo del régimen de Franco la situación de la mujer fue variando, en gran medida por las reivindicaciones de la Sección Femenina que no fue ajena a los cambios que la sociedad demandaba especialmente a partir de los años sesenta.
Ejemplifiquemos con el demagógico argumento de la apertura de cuentas en un banco. En realidad, con la aprobación de la Ley 14/1975 de 2 de mayo, que modificaba diversos artículos de Código Civil y Comercio, desaparecía todo lo relativo a la discriminación de la situación jurídica de la mujer casada en esos aspectos. No hacía más que trasladar a la legislación una realidad que ya existía.
Recordemos que a finales de los sesenta la mujer tenía un importante papel económico. De hecho, la administración del hogar era esencialmente cosa de ellas. Por otro lado, su incorporación al mercado laboral fue de continuo crecimiento hasta la muerte de Franco. La banca privada fue por delante de una legislación que ya se estaba planteando cambiar. Así, por ejemplo, en 1969 el Banco de Bilbao, donde por cierto tenía su cuenta desde tiempo inmemorial Carmen Polo de Franco, que además era titular de acciones, lanzó una campaña de cara a captar al cliente femenino. Incluso creó una revista, Diana, dirigida a mujeres y premios para las mujeres destacadas en la vida activa y profesional. El lema fue «¿Un banco que se preocupa por nosotras?». En abril de 1970 ya se habían abierto más de 87.000 cuentas, lo que dio origen a su servicio Banco de la Mujer, curiosamente eso impulsó la presencia de la mujer en la banca para atender a las clientas, incluidas directoras de oficina.
Es muy complejo para un lector actual situarse en la España de la posguerra y en la mentalidad general de la época. Al régimen de Franco se le podría censurar que los cambios no fueran más rápidos, que no fuera más proactivo, pero no que estos no se produjeran. Cuando se plantea la cuestión del sometimiento de la mujer al padre o al hombre se hace prescindiendo de la concepción que lo sustentaba. Ya hemos hecho referencia a las dos coordenadas que marcaban la política: la familia y lo católico. La familia era una unidad, hasta en el terreno político corporativo, una comunidad que era representada por el cabeza de familia. Cierto es que este era el hombre, en caso de viudedad esta pasaba a la mujer. Al volver al Código Civil anterior a la República se volvía a una situación evidente de discriminación que debía de disolverse en los elementos conformadores de la familia católica. Pero una cosa es la teoría y otra la realidad.
El Código Civil vigente, no inventado por el régimen, establecía la contractualidad de protección del marido y obediencia de la mujer. En la misma línea era administrador único de los bienes, representante de la mujer, detentador de la patria potestad. En la concepción de la familia como unidad no se establecía prohibiciones sino limitaciones, con la licencia marital la mujer casada podía realizar cualquiera de las gestiones habituales, comprar y vender bienes, abrir una cuenta corriente, aceptar herencia, hacer contratos. En la misma línea el Código de Comercio y la legislación laboral establecía la licencia marital para trabajar o realizar actividades mercantiles o comerciales. Por otra parte, aunque la mayoría de edad se establecía en los 21 años, las mujeres no podían abandonar la casa paterna sin permiso hasta cumplir los 25 años, a excepción de que contrajeran matrimonio y decidieran profesar como religiosas. Pero todas las limitaciones no eran programáticas, como lo demuestra el hecho de que poco a poco fueran desapareciendo tal y como iremos señalando.
La política sobre la mujer quedó confiada a la Sección Femenina (SF), cuyo modelo era la familia católica en la que la mujer tenía un papel fundamental. Ahora bien, la SF no negaba que existiera una situación de discriminación real, aunque no se prodigara el término. En este sentido Mónica Plaza, procuradora en las Cortes y dirigente de la SF, explicaría cuál fue su propuesta:
«La Sección Femenina, desde su aparición en la vida nacional, con plenitud de funciones y vida pública a partir de 1940, centra sus objetivos en romper la cerrada mentalidad y acentuada visión masculina de la vida y de la propia Sociedad de aquellos tiempos, de que, la existencia de la mujer, no podía quedar reducida, incluso muy limitadamente y no bien interpretada, a la casa, al hogar, con ser importante el tema a la hora de una recta interpretación, ya que la Sección Femenina participa siempre del principio prioritario, de que, la mujer, fue y es y será siempre, al lado del hombre factor decisivo de la humanidad, y consecuentemente, con ello, había que cambiar la situación real y legal de la mujer, en la vida, en la sociedad, en la familia, en el trabajo, en la vida profesional, en la política y en su proyección como ser humano, a partir de cuyo principio y realidad, toda reforma y promoción social de la mujer, por propias exigencias de la justicia y de la vida misma, se hacía absolutamente necesaria».
A pesar de lo dicho, no es extraño encontrar afirmaciones que ofrecen una imagen de la Sección Femenina como instrumento para mantener la sumisión de la mujer al varón, que actuó como eficaz agente de dominación de la mujer para retenerla en el hogar o relegarla a la cocina, la costura, bordar… y tener muchos hijos.
La combinación entre discurso y acción con respecto a la SF ofrece al historiador no pocas contradicciones y preguntas. Cabría hablar, quizás con exceso de imprecisión, entre un discurso de aparente sumisión y una acción de pausada insumisión. Cuando se valora su papel se tiende a buscar las expresiones más disonantes con el tiempo actual usuales en los años cuarenta, pero olvidando los cambios que se fueron implementando durante cuarenta años. Algo lógico, pero sin obviar que si el equipo dirigente de la SF fue siempre básicamente el mismo, empezando por su máxima dirigente, Pilar Primo de Rivera no es posible contradecir la tesis de que los cambios operados, la realidad práctica frente al discurso teórico, avalan que sus líderes practicaban una aquiescencia formal a la vez que trabajaban por cambiar la realidad de la situación de la mujer dentro de sus márgenes ideológicos. Como en el caso de Girón encontraron siempre el apoyo cerrado de Franco.
Carmen Werner, otra de las dirigentes de la SF, anotaba que en los años cuarenta la organización iba a reivindicar, desde su planteamiento ideológico, el título de «mujer», con la «recuperación del ser tradicional de la mujer española y cristiana». Iban a colaborar en ese ámbito en el proceso de recatolización de España apoyado e impulsado por el régimen de Franco. Coherentemente la SF, como lo hacía la poderosa rama femenina de la Acción Católica, iba a exaltar el valor de la mujer casada, del matrimonio católico, de ser el sustento de la familia cristiana.
Pilar Primo de Rivera marcó el papel político que la mujer falangista debía asumir en el Nuevo Estado. Desde el hogar debía de ser la trasmisora y difusora de los valores del mismo concretizados en el ideario falangista; debían contribuir a crear el «orden armonioso», superador de la guerra y sus consecuencias: «nuestras manos de mujer pueden mucho para restablecer la armonía, y en el antiguo molde de todos los tiempos que se llama dolor depuraremos pasiones y amores». La mujer tenía que cumplir una misión de servicio, concepto falangista que no implicaba sumisión alguna. Para la SF la mujer fue creada por Dios «para su ayuda y compañía [del hombre], y para que sirviera de madre».
La historia de la promoción de la mujer en el régimen de Franco está ligada a la evolución de la Sección Femenina. Así el modelo de mujer que promocionaba, sobre unos elementos permanentes, tenían que vivir y cambiar con la época. Ello condujo a la aparición de dos discursos: el que situaba a la mujer en la esfera de lo privado y el que quería su promoción, manteniendo siempre el modelo de mujer presentado, y por tanto abría espacios para la reivindicación. Ambos discursos tenían su punto de equilibrio en Pilar Primo de Rivera y su equipo, que acabaron por inclinarse desde mediados de los años cincuenta hacia el segundo. Todo ello sin romper con la defensa del valor de la mujer casada, del hogar cristiano y de la defensa de la moral cristiana. Como Girón, la SF siempre fue partidaria de la política de hechos frente al cómodo refugio de la proclama retórica. En 1943 la SF explicaba sus objetivos, su actuación de la siguiente forma:
«La Falange femenina tiene por objeto unir a todas las mujeres españolas en el sentimiento ardiente del servicio a la Patria sobre los principios del Nacional Sindicalismo. La Falange femenina se extiende a todas las capas de la sociedad, porque considera que, en cumplimiento de los deberes sociales y patrióticos, tanto tienen que hacer las clases afortunadas como las humildes. Crea instituciones de educación y formación de la mujer para el hogar, para el auxilio al débil, para la formación física y deportiva de la mujer con miras a su condición fuerte y sana; organiza campamentos y colonias de salud, retiro y descanso; fomenta la hermandad entre la ciudad y el campo, se preocupa del mantenimiento y perfeccionamiento del arte folklórico, del embellecimiento del hogar campesino, del servicio social de la mujer, organiza conferencias para el perfeccionamiento cultural, instala bibliotecas y talleres; no olvida, en fin, ninguna de las líneas directrices que procuran la formación de un tipo humano de mujer con la gran preocupación del hogar, que es la base de la familia y del bienestar ciudadano».
Fueron los condicionantes de la guerra, que impulsaron en la zona nacional una importantísima movilización femenina en la que las organizaciones falangistas llegaron a movilizar a 500.000 mujeres, las que llevaron a la SF a centrar su actuación en lo que podemos calificar de acción social. Todo ello sin olvidar que a partir de 1937 la SF era una institución del Estado que desarrollaría amplias facetas vinculadas a la política social.
En el otoño de 1936 Mercedes Sanz Bachiller, viuda de Onésimo Redondo, fundaba Auxilio de Invierno; poco después se transformaría en Auxilio Social. Su objetivo inicial era ayudar a los niños desamparados por la guerra (higiene, ropa y alimentación). Muy pronto el proyecto se amplió con la intención de crear guarderías, centros para internado de huérfanos y colonias veraniegas. El decreto que dio a la organización falangista estatus oficial establecía claramente que no se trataba de una institución de beneficencia, que ya existía, sino de asistencia social. En la posguerra no solo atendían a los niños con necesidades, acometieron la lucha contra el hambre ya que además de los comedores infantiles (más de 2.000 en toda España) abrieron las Cocinas de Hermandad para adultos (en torno al millar y medio en España), llegando a asistir en 1939 a más de un millón de personas; en 1944 aun superaban las 200.000 personas asistidas.
En 1938 la SF creaba la Hermandad de la Ciudad y el Campo para ayudar a las mujeres campesinas, incluyendo la colaboración en las faenas del campo debido a la presencia de los hombres en el frente. Con la creación en octubre de 1937 del Servicio Social de la Mujer las chicas prestarían su trabajo durante seis meses en estas instituciones de asistencia social. Ampliaron su presencia con su colaboración en la organización de Frentes y Hospitales, algunas perdieron la vida en el frente como enfermeras.
El final de la guerra no hizo sino extender las prestaciones de Auxilio Social a través de la Obra Nacional-Sindicalista de Protección a la madre y el Niño, el Auxilio al Enfermo y a la Vejez. A ello habría que añadir una nueva prestación a través de la actuación de sus Divulgadoras Sociales -en 1941 contaban con casi 1.800- (decoración, economía doméstica, cocina, puericultura, labores…) que impartirían sus cursos en los núcleos rurales para luchar contra el analfabetismo y la incultura de las mujeres. En 1942 se crearía la Escuela de Enfermería de la Sección Femenina. Con sus promociones se complementaría la actuación de las Divulgadoras Sociales en las campañas contra la mortalidad infantil. Divulgadoras que, además, ejercían como inspectoras que informaban sobre el cumplimiento de las leyes sociales y la atención sanitaria aprobadas. Por otro lado, también desarrollarían una estructura propia para crear una red de apoyo a la maternidad: Policlínicas y Servicios de Maternología, Hogares para madres y embarazadas, Colonias de Recuperación y Descanso para las madres trabajadoras o mujeres sin recursos. Conscientes de la necesidad de reducir la mortalidad en los años siguientes al parto crearon los Centros de Alimentación Infantil, los Hogares de Lactantes, los Jardines Maternales (más tarde abrirían guarderías) y hasta un servicio de ayuda para las madres que no pudieran atender a sus hijos (Hogares Cuna e Infantiles, Hogares Escolares, Hogares de Estudio…) donde estarían hasta que la madre pudiera encargarse de ellos. Auxilio Social se fue transformando en función de los cambios en las necesidades de atención social derivada de los cambios socioeconómicos. A la muerte de Franco contaba con guarderías infantiles, colegios menores, residencias, comedores, centros de alimentación infantil y club de ancianos.
Conscientes de la necesidad de mejorar las condiciones de trabajo y la preparación técnica de las mujeres trabajadoras en el campo se crearon las Granjas Escuela. Participarían en las tareas de formación de las mujeres trabajadoras a través de las Obras Sindicales de la Organización Sindical (Educación y Descanso, Obra Nacional de Artesanía, Colonización…).
Introduzcamos en este punto un paréntesis para detenernos en una cuestión de actualidad, el tema de la violencia sobre la mujer. Situémonos en el Código Penal de 1944. En líneas generales la legislación penal del régimen de Franco establecía una gradación mayor de pena cuando la violencia era ejercida sobre una mujer. En lo referente a las violaciones, abusos sexuales o delitos contra la honestidad que es como se solía tipificar, las penas por violación se castigaban con penas de cárcel de 12 a 20 años; los abusos deshonestos entre 7 meses y 6 años. Las penas solo se atenuaban en el caso de que se produjera el perdón de la víctima y que el agresor contrajera matrimonio con ella. Curiosamente se recuperaban formas antiguas como la contemplación del uxoricidio por causa de honor. El Código Penal de 1973 continuó manteniendo las penas por violación entre 12 y 20 años (en la actualidad se castiga con penas de 4 a 12 años, pudiendo llegar a los 15 años según los agravantes). Además los reos serían condenados a indemnizar a la víctima, a reconocer y mantener la prole que pudiera ser consecuencia de la violación. Se establecía el delito de «violación y de los abusos deshonestos» del siguiente modo:
«Art. 429 […] se comete violación yaciendo con una mujer en cualquiera de los casos siguientes:
1.º Cuando se usare fuerza o intimidación.
2.º Cuando la mujer se hallare privada de razón o de sentido por cualquier causa.
3.º Cuando fuere menor de 12 años cumplidos, aunque no concurriere ninguna de las circunstancias expresadas en los dos números anteriores.
Art. 430. El que abusare deshonestamente de personas de uno u otro sexo, concurriendo cualquiera de las circunstancias expresadas en el artículo anterior, será castigado con penas de prisión menor».
Para proceder por estos delitos se establecía que «bastará con la denuncia de la persona agraviada, o del cónyuge, ascendiente, hermano, representante legal o guardador del hecho por este orden»; el Ministerio Fiscal podrá actuar de oficio en caso de que la persona agraviada fuera desvalida.
También estaba penalizado el adulterio, en grado superior al marido, reflejo de la mentalidad imperante, que era por amancebamiento (habitualidad y permanencia); el delito de adulterio solo prosperaba si era denunciado por el cónyuge contra ambos culpables. El aborto estaba prohibido, aunque se establecían atenuantes en el caso de honoris causa.
Cerrando este paréntesis y volviendo al hilo del relato, todo lo apuntado no evita asumir, como de hecho lo hacía la SF, que en los años cuarenta-cincuenta la discriminación de la mujer era un hecho. Por otro lado, las clases conservadoras no veían con buenos ojos la actuación de la SF y no pocos padres negaban a sus hijas la posibilidad de ingresar en sus organizaciones. Con la labor asistencial solventada los objetivos debían cambiar. La propia Mónica Plaza retrata la realidad: «diferencia de salarios en el trabajo, falta de capacidad legal para obrar, prohibición generalizada del trabajo a la mujer casada, limitación y prohibición del ejercicio profesional a la mujer universitaria en la Administración de Justicia, en puestos técnicos y de alto nivel en la Administración del Estado y Entidades privadas y Empresas, limitación de funciones y responsabilidad plena, etc.». Con arreglo a lo dispuesto en el Fuero del Trabajo y, sobre todo, a partir de la promulgación del Fuero de los Españoles la SF defendía que no era posible mantener tal discriminación.
En realidad, pese a lo que se suele afirmar, el Fuero del Trabajo no prohibía el trabajo a la mujer, buscaba liberarla de algunos trabajos que consideraba impedían que esta ejerciera su papel como esposa y madre en el núcleo familiar. Ni que decir tiene que las mujeres en el ámbito rural trabajaban al igual que aquellas que tenían empresas familiares, fundamentalmente en el comercio. Ciertamente las trabajadoras eran «despedidas» al contraer matrimonio, para continuar trabajando debían de tener licencia marital. Las mujeres solteras o las que mantenían a su familia sí trabajaban. Según las estadísticas el número de mujeres que trabajaban en 1940 era superior al de las que lo hacían en 1930, el cambio significativo se produciría a partir de 1960 cuando superaron la cifra de 2 millones, para siete años después aproximarse a los 3 millones.
Con el Fuero de los Españoles aprobado era muy complicado mantener la discriminación. Pilar Primo de Rivera encontró la colaboración de Girón de Velasco para agrietar la situación a través de las reglamentaciones para establecer una serie de puestos que al ser tipificados como apropiados permitieran restringir los «despidos» por matrimonio. Lo que chocaba con un discurso oficial que tendía a reducir el trabajo de la mujer casada y un entramado social reacio, más allá de los ámbitos de la empresa familiar, a admitir el trabajo de la mujer si no era en el campo o en oficios tradicionales. Era una mentalidad heredada con amplia persistencia.
Fue la SF la que a través de sus medios de comunicación lanzó en los cincuenta la campaña «Las mujeres quieren trabajar», reivindicando como apropiadas una larga lista de profesiones/puestos de trabajo: enfermeras, maestras, traductoras e intérpretes, organización y gestión de secretarías, auxiliares de investigación, especialistas en organización y desarrollo de Congresos, actividades relacionadas con el cine, artes plásticas, radio, periodismo, educación física, educación de hogar, formación profesional, archivística, museología, restauración, arqueología, publicidad y policía femenina. Chocaron también con las oposiciones y puestos «solo para varones» que denunciaron de forma continuada.
Los cambios se fueron concatenando. En marzo de 1959 Girón vencía las resistencias, con apoyo de Carmen Polo de Franco, para la protección de las empleadas del servicio doméstico con la creación del Montepío Nacional del Servicio Doméstico. En 1958, en las Cortes, a partir de la propuesta defendida por Mercedes Formica, con el apoyo del propio Franco, se modificaban en las Cortes 66 artículos del Código Civil que establecían un conjunto de incapacidades para la mujer. En 1961, con el apoyo de 200 procuradores, Pilar Primo de Rivera presentaba a las Cortes el proyecto de Ley de Derechos Políticos, Profesionales y de Trabajo de la Mujer. La ley aprobada presentaba un cambio trascendental: igualdad de salarios a igual trabajo, «el reconocimiento de la plena capacidad de la mujer para celebrar toda clase de contratos, para intervenir en las negociaciones y Convenios y para ejercitar toda clase de derechos laborales y sindicales, sin limitación alguna, la eliminación de la excedencia forzosa para la mujer al contraer matrimonio, la eliminación en las reglamentaciones de cualquier limitación de los derechos de la mujer casada al trabajo y en el trabajo. La ley fue mejorada y ampliada en los años 1966 y 1968.
Cabría decir, por tener elementos de comparación, que las leyes de igualdad o contra la discriminación existían en no pocos países occidentales. Recordemos que en EEUU la denominada Enmienda de Igualdad de Derechos inició su recorrido aprobatorio en 1923 pero algunos estados la ratificaron mucho después que en España. La Ley de Igualdad Salarial no fue aprobada hasta 1970 en el Reino Unido y en Australia la discriminación por razón de sexo permaneció hasta 1984.
Con respecto a los derechos políticos hay que anotar que Franco no suspendió el derecho a voto de las mujeres. Las mujeres tenían derecho al voto en las convocatorias de referéndum, también en el caso que se diera en las elecciones sindicales. En el sistema de democracia orgánica que se estaba creando el voto por las familias correspondía al cabeza de familia por lo que recaía mayoritariamente en el marido cuando las elecciones por el tercio familiar se desarrollaran a partir de la Ley Orgánica del Estado. El cambio más determinante fue la posibilidad de acudir a las elecciones como candidatas. En las Cortes españolas el número de mujeres era reducido, a la altura de 1970 eran: 3 Consejeros Nacionales y 8 Procuradores femeninos. A partir de las elecciones orgánicas fue frecuente encontrar las referencias a la primera mujer alcaldesa (8 en 1970), las primeras concejales (84 en 1970), o las primeras Diputados Provinciales (9 en 1970). En 1970 el XXV Consejo Nacional de la SF pedía: un estudio riguroso de la problemática de la mujer en todos los aspectos; la eliminación de las diferencias que, pese a la Ley de Igualdad, se daban en la práctica; la reglamentación adecuada de todos los trabajos en que participa la mujer; la proporcionalidad de la mujer en su participación política y en los sindicatos; la percepción de la ayuda familiar para todas las mujeres casadas; «reconocimiento laboral, con todos sus derechos, del trabajo que la mujer realiza en su propio hogar». En 1972 la SF proponía la reintegración activa a la organización de las «camaradas casadas».
Con los nuevos tiempos y los cambios demográficos la SF volvía también la mirada hacia su antigua y permanente vocación de prestación social. Por un lado reclamaba, dada la creciente incorporación de la mujer casada al trabajo, la creación de un sistema de guarderías; por otro, en consonancia con lo planteado para el futuro inmediato por el II Plan de Desarrollo, desarrollar servicios de gerontología a los que se derivaría parte del personal que cada año aportaba el Servicio Social.
A la muerte de Franco difícilmente se puede sostener que la SF no había contribuido, como elemento activo, a la transformación de la mentalidad de la beneficencia en la de prestación/asistencia social a través de su importantísima obra social, así como a la construcción del Estado del Bienestar en España.
LA JUVENTUD ENTRE EL CAMPAMENTO, LA ESCUELA Y EL PROGRESO.
A la hora de hablar sobre la juventud cabría hablar de la existencia de hasta tres grupos claramente diferenciados durante el régimen de Franco en función de su experiencia vital. Por un lado, aquellos que combatieron en la guerra civil, usualmente nacidos antes de 1920; por otro, los que nacieron en los años previos a la guerra y que vivieron como niños o adolescentes ese tiempo y la posguerra; finalmente, los que nacieron a partir de los años cincuenta que vivieron al compás del desarrollo económico acelerado y los cambios sociales incrementados y consolidados en los años del desarrollo.
Recordemos que el juvenismo, en palabras de Ortega y Gasset, había emergido con fuerza en España desde finales de los años veinte, pero hay que precisar que habría que aguardar hasta bien entrados los años cuarenta para que de forma trascendente, de forma expansiva, los jóvenes comenzaran a tener un tiempo de vida entre la niñez y el trabajo; para que comenzaran a distanciarse del mundo de sus padres o abuelos. Hasta entrados los años 70 es difícil encontrar rastros de una corriente importante de emancipación temprana, siendo lo usual permanecer en el hogar familiar, salvo por razones de estudio o trabajo, hasta contraer matrimonio; sí entrados los sesenta encontraríamos los rastros sociológicos de la juventud como una etapa autónoma con comportamientos, costumbres y modos compartidos. Ello no es óbice que, de forma temprana, en las organizaciones del Movimiento, tanto masculinas como femeninas, también de otro modo en la Acción Católica, sí se produjo desde muy pronto esa conciencia de ciclo autónomo de la vida.
Ahora bien, esa juventud, fraccionada desde un punto de vista sociolaboral, dependía para encontrar ese tiempo de vida, ese espacio propio en el ciclo vital, de su incorporación al trabajo, del retraso en la edad de incorporación y de la ampliación del tiempo dedicado al estudio y la formación. En ello las políticas educativas y laborales debían de jugar un papel importante.
Subrayemos que en 1939 la educación universitaria era solo apta para una élite que sí podían ser jóvenes. Los estudios para una gran parte de la población infantil no pasaban de los grados elementales, otros ni estaban escolarizados ni aún existía una infraestructura suficiente para que llegara a todos los rincones del país. Los jóvenes de la posguerra todavía no cursaban de forma masiva el bachillerato y las clases medias eran bastante reducidas con lo que ello comporta con respecto a la incorporación de los hijos al mercado laboral. En el campo los jóvenes trabajaban desde muy niños, en los comercios y empresas familiares ayudaban desde muy pronto. A los 12 años una parte importante de los jóvenes españoles estaba trabajando en los años cuarenta y cincuenta. Cambiar esa realidad estaba entre los planteamientos programáticos de no pocos de los alzados en julio de 1936.
La II República impulsó, directa o indirectamente, a veces a pesar suyo, grandes movimientos juveniles vinculados a opciones políticas o religiosas. La Juventud de Acción Popular, la JAP, quizás fueran el movimiento político juvenil con mayor número de afiliados de la época; tampoco cabe despreciar el peso que adquirieron las juventudes de la Acción Católica. Decenas de miles de jóvenes combatieron voluntariamente en la guerra civil, no pocos de ellos entre los sublevados en julio de 1936. Tras la guerra llegaba el tiempo de compartir las mieses de la victoria y para ellos se anunciaba el futuro del régimen naciente.
No hay, sin embargo, grandes declaraciones de Franco relativas a una política concreta con respecto a la juventud, a políticas específicas de juventud. Alabanzas a la juventud heroica y proclamas afirmando que el Nuevo Estado «recogerá los anhelos de la juventud». Una juventud heredera del gestas heroicas que continúa el «espíritu de la raza» cuyo lema ha de ser la «pureza de Ideales», unos ideales que se han de recuperar para evitar que la juventud vuelva a ver «perder un Imperio» sin alzar «los brazos como vosotros». Para ello, «hemos de cuidar la educación de la juventud, de esta juventud gloriosa, de esta juventud ejemplar, que haciendo un lema de la disciplina y de la jerarquía no bastardea al servicio de la Nueva España». El lema que debe observar la juventud, según Franco, es «Sacrificio, Servicio, Hermandad». Entre sus declaraciones propositivas con respecto a la juventud hará referencia al «mejoramiento intelectual, moral y físico de nuestras juventudes», las que habrá que impregnar de un «espíritu nacional» que «no se impone como por arte mágico ni se crea sin una elaboración complicada y difícil que nace en lo íntimo de las almas y se cultiva en los corazones de la niñez y de la juventud»; una juventud que debe recibir una «educación cristiana y española». Una juventud que deberá realizar la revolución, para lo que hay que despertarlas «a la esperanza y conducirlas en forma que inspiren aliento y estímulo a la obra del Estado». No hubo grandes concretizaciones ni se puede decir que durante años existiera, como la entenderíamos hoy, una política juvenil distinta a la política general. Sí, desde el principio, se planteaba la necesidad de elevar el nivel educativo y de que no se malograra el talento por razones económicas.
A diferencia de lo que ocurriría en la zona frentepopulista, en la nacional, desde muy pronto se buscó restaurar el sistema educativo. A la vez la movilización política se extendió a los más jóvenes que se sumaron a un discurso de base estética en la que afloraron como espacio de encuadramiento las organizaciones carlistas y falangistas. A mediados de 1937 se creaba la Organización Juvenil de FET de las JONS, con ramas separadas masculina y femenina. Franco iba a confiar el desarrollo del nuevo sistema educativo a los representantes del catolicismo político y así se mantendría durante todo el régimen. Era el germen de una nueva juventud militante -no toda la juventud- que en las organizaciones falangistas iba a encontrar también un espacio educativo. En este ámbito, con sus marchas, desfiles, excursiones, tiempos de ocio, reuniones y campamentos se conformaba una juventud. Para ella se iba a diseñar una política propia de gran efectividad y apoyo en los años cuarenta y cincuenta.
Si bien la dirección de la política educativa recaía en el sector católico del régimen, una parte de la juventud iba a estar vinculada al falangismo. En plena propuesta totalitaria, si bien el SEU rechazaba la afiliación obligatoria, para poder mantener su posición como elite política juvenil, Enrique Sotomayor Gippini planteaba en 1940 la idea del Frente de Juventudes al propio Franco, quien llegó a ver en él un nuevo Ignacio de Loyola. Proponía el joven dirigente falangista que todos los jóvenes de España pasaran por la escuela formativa en los principios revolucionarios del Nuevo Estado que la organización debía de ser, por ese Frente de Juventudes. Por diversas razones, entre ellas la oposición que ello despertaba en otros sectores, sumadas a la falta de presupuestos suficientes, no seguiría el modelo totalitario obligatorio sino el voluntario. Franco declararía al Frente de Juventudes obra predilecta del régimen. Entre 1940 y 1960 fueron cientos de miles los jóvenes que pasaron por sus filas, tanto femeninas como masculinas. El FJ se transformaba en una institución que también era educativa y formativa, que en sus años de vida conseguiría integrar a hijos de los vencidos: una escuela de formación deportiva, cultural, militar, política y religiosa. El FJ y la SF incorporaban en sus filas a los jóvenes trabajadores. También el FJ contaba con actividades que colindaban con la política social. Más aún la SF que sumó a sus divulgadoras las cátedras ambulantes para llevar educación, cultura, sanidad… a zonas rurales marginadas.
En este sentido, desde 1942, se imponía a las empresas la obligación de dar una hora semanal libre a los menores de 21 años para que pudieran asistir a las actividades de enseñanza del FJ, lo mismo para las chicas menores de 17 años en la SF. Del mismo modo, cuando aún solo se reconocía una semana de vacaciones remuneradas, las empresas tenían que dar obligatoriamente 20 días de vacaciones remuneradas a los chicos menores de 21 años y a las chicas menores de 17 que acudieran a los albergues, campamentos y similares del FJ o la SF. También tenían que permitirles acudir a las concentraciones que se convocaran. Poco se podía objetar a la denominada obra predilecta del régimen por parte de Franco.
El SEU fue la otra gran organización juvenil. A partir de 1943 la afiliación al mismo se transformó en obligatoria y fue transformándose en una organización más dedicada a la dotación de servicios para los estudiantes universitarios que una élite política. Ello no fue óbice para que gestionara, como lo hacía el FJ o la SF, sus propias becas u organizara en verano misiones para ayudar en zonas rurales atrasadas o contribuir a la construcción de obras públicas.
Mas allá de ello, entrados los años cincuenta podría subrayarse el inicio de la desmovilización política juvenil, que no puede ser desligada por el historiador de la disputa interna entre los diversos sectores de la coalición político-social que era el régimen de Franco. Dado que la movilización era básicamente falangista, tanto el FJ como el SEU y en menor medida la SF, se transformaron en objetivos a descafeinar o a eliminar. Así sucedería con el SEU, disuelto, tras ser despolitizado, en 1965, y con la transformación del Frente de Juventudes en la Organización Juvenil Española. Ello contribuiría a la progresiva pérdida de influencia entre la juventud, a la pérdida de presencia política en la universidad lo que acabaría facilitando la actividad de la oposición en los ambientes universitarios. Un proceso que aún está por estudiar. Pero no se puede obviar que el Frente de Juventudes contribuyó, junto con los excombatientes, a constituir una importante base de apoyo popular a Franco.
Al tiempo que España se transformaba en una sociedad de clases medias, también vio emerger a una nueva juventud que retrasaba su incorporación al mercado laboral y que, a la vez, incrementaba sus niveles educativos, lo que iba a contribuir al desarrollo acelerado económico y social. Muestra esa expansión el grado de integración en las formas propias del Estado del Bienestar. Hagamos un breve y esclarecedor recorrido.
A lo largo del régimen de Franco se produciría: por un lado, la reducción del analfabetismo a tasas irrelevantes (en 1930 la tasa de analfabetismo era del 30%, en 1950 del 17%, en 1960 11.2%, en 1970 del 9% y en 1975 bajaba hasta el 5.75%). La Junta Nacional contra el Analfabetismo consiguió alfabetizar entre 1950 y 1970 a dos millones de españoles); por otro, el constante incremento de los niveles educativos; y en tercer lugar, la progresiva llegada masiva de los nuevos españoles a la formación básica, el bachillerato y la universidad. En los años sesenta se armaría la base e infraestructura de lo que en la actualidad es el sistema público de enseñanza. De hecho, tanto en la Educación General Básica (EGB) como en el BUP-COU (Bachillerato Unificado Polivalente-Curso de Orientación Universitaria), creados con la Ley de Educación de 1970, los alumnos que cursaban sus estudios en centros estatales superaban el 60% del total (en 2024 el total de alumnos en centros públicos se situaba en el 66.8%).
Cabría estimar, con todo el margen de distorsión que la síntesis conlleva, que en esta materia el régimen de Franco fue inicialmente lento en su intervencionismo. De hecho, se inició la elaboración de una Ley de Enseñanza Primaria en 1938 que no se publicaría hasta 1945, en la que se establecía un modelo universal, gratuito y obligatorio. Ahora bien, España presentaba una altísima deficiencia de centros escolares que, por mucha mitificación que se utilice, la República solo había conseguido acortar tímidamente. De hecho, en el caso de la enseñanza para niñas y alfabetización de mujeres, la Sección Femenina comenzó a actuar con sus propios medios. La iniciativa privada, fundamentalmente religiosa, no era capaz de crear la red necesaria. En 1952 la escolarización había llegado al 70% de los niños, pero un 30% no estaba en el sistema bien fuera por razón de trabajo infantil, de rechazo o de falta, por razón geográfica, de centros escolares. Para hacer frente a esta realidad se aprobó en 1953 la Ley sobre Construcciones Escolares (se estimaba que existían un déficit de 34.000 escuelas). En 1957, tras no pocas controversias, se aprobó una inversión que permitió construir rápidamente 25.000 escuelas, un esfuerzo no visto hasta entonces. A principios de los sesenta se crearon, en la lucha contra el analfabetismo, 5.000 escuelas para adultos.
El problema de la escolarización estaba en relación directa con el nivel económico de las familias y con la elevación de la edad mínima para trabajar. La conciencia de restringir el trabajo infantil estaba en expansión desde antes de la guerra y formaba parte de los convenios que estaba firmando la OIT. En 1934, el gobierno del centro-derecha prohibía, en una medida de escasa incidencia real, el trabajo a los menores de 14 años en establecimientos o fábricas agrícolas en el horario escolar. Más allá de la trampa léxica, el hecho es que no se cumplía, como lo demuestran las protestas obreras para que se controlara el respeto a la ley.
La Ley de Contratos de 1944 siguió el modelo restrictivo. Los menores de 14 años solo podrían ser contratados con conocimiento de los padres y se admitía el trabajo de los mismos, como no podía ser de otro modo en aquellos años, en las tareas agrícolas o talleres familiares. Sin embargo, se contemplaban prohibiciones taxativas para los menores de 16 años (subterráneos, trabajos que manejen materias peligrosas, que puedan herir su moralidad, limpieza de motores y piezas de maquinaria en funcionamiento…). Estas prohibiciones se fueron ampliando (1957). Comparativamente las autoridades españolas intervenían para elevar los niveles de prohibición de forma muy elevada. En 1944 se prohibía el trabajo nocturno a los menores de 16 años desde las 8 de la tarde a las 6 de la mañana; en 1960 a los menores de 18 desde las 8 de la tarde a las 7 de la mañana. España se situaba en los marcos de la OIT. En 1962 la escolarización obligatoria se elevaba de los 12 a los 14 años. La edad laboral mínima estaba en los 16. En la misma línea restrictiva, asumiendo la situación de menores en el servicio doméstico, en 1960 la edad mínima para ser contratados en ese sector se establecía en 14 años, pero se elevaba a los 16 años si no tenían el certificado de estudios primarios. Será el desarrollo económico y la asunción de la obligatoriedad y necesidad de la educación la que reduzca aceleradamente en España el trabajo de menores.
No solo se trata de la implantación de un sistema educativo sino también de capacitación de la juventud trabajadora que, progresivamente, iría retrasando el momento de incorporarse a la industria o a los servicios. Inicialmente se cimentó en centros de capacitación, algunos vinculados a organizaciones del Movimiento.
El crecimiento industrial, evidente a finales de los años cuarenta, comenzaba a demandar un grado de capacitación previo en los trabajadores. En 1949 ya se integraba la formación profesional en el sistema con la Ley de Enseñanza Media y Profesional, y en 1955 se aprobaba la Ley sobre Formación Profesional, para converger en la Ley Educativa de 1970. Ello conducía a que los jóvenes, que a los 12 o 14 años dejaban o concluían sus estudios, además de la posibilidad de optar por los contratos de aprendizaje (muchas veces denunciados en la época por sus abusos desde el propio régimen y perseguidos, hasta donde era posible, por la Inspección de Trabajo), por continuar o completar esa formación.
José Antonio Girón quiso ir un paso más allá y en 1950 anunció la creación de lo que serían las Universidades Laborales dependientes del Ministerio de Trabajo. Centros para hijos de trabajadores en los que se adquiriría una cualificación profesional equivalente a una ingeniería técnica. Estas tendrían centros masculinos y centros femeninos.
Estos Universidades Laborales, han sido muy denostadas, acusadas de ser obras faraónicas como la Universidad Laboral de Gijón, producto de la megalomanía de su impulsor, de ser económicamente inviables, de dispendio en las instalaciones -con no pocas alegaciones clasistas en su contra-, de limitado efecto… hasta desde la demagogia algunos autores han minimizado su impacto social alegando sin sostén de prueba que fueron destinadas a un grupo muy concreto de «enchufados» y no hijos de trabajadores. Todo ello, sin embargo, choca con su realidad. En total se construyeron 21 universidades que se extinguieron en 1978 y por ellas pasaron la nada despreciable cantidad de 400.000 «enchufados del régimen». Los alumnos estaban becados, en régimen de internado en la mayor parte de los casos, cubriéndose todas sus necesidades (estancia, alimentación, vestuario, material…). Centros con instalaciones deportivas y culturales. No pocos de aquellos alumnos han reivindicado el valor real de aquellos centros y lo que significaron para sus vidas frente a la mitología habitual en la vulgata antifranquista. Para Girón estas universidades, estos «castillos de la reconquista nueva», eran una obra revolucionaria, porque venían a romper el clasismo en los estudios a través de la promoción social: sus trabajadores universitarios debían alcanzar la misma consideración que los otros universitarios. Fueron unos centros que, enclavados lejos de los grandes núcleos urbanos, dinamizaron cultural y económicamente los lugares donde se construyeron. A la vez sus instalaciones serían utilizadas para programas de extensión y cursos específicos destinados a trabajadores adultos que requerían formación.
El incremento constante del número de estudiantes refleja muy bien tanto los progresos en el campo de la escolarización y la mejora de los niveles educativos, como la existencia de un programa de becas que permitía a las clases populares incorporarse al sistema educativo (hasta la Ley de 1970 el bachillerato no sería gratuito). Hasta 1973 no se puede afirmar, otros autores adelantan algo la fecha, que la escolarización fuera total, aunque superara el 97%. Los efectos reales de la escolarización acelerada en los sesenta, con el impulso de los Planes de Desarrollo, se ponen de manifiesto en el siguiente hecho: en 1970 la tasa de población analfabeta entre 10 y 14 años se situara en el 0.5%.
En el curso 1941-1942 los estudiantes matriculados en Bachillerato superaban levemente los 150.000 (algo más de 50.000 eran mujeres); en el curso 1956-1957 llegaban a los 365.000 (con unas 140.000 mujeres).
La OCED estimaba en 1963, en su informe titulado Proyecto Mediterráneo, que en 1974 la Universidad española llegaría a los 189.000 alumnos; en el curso 1974-1975 se matricularon un total de 345.000. Los nacidos desde finales de los cincuenta estaban llegando de forma masiva a la universidad.
La enseñanza universitaria era cursada masivamente en centros estatales. Veamos su crecimiento de forma más concreta. En el curso 1960-61 los alumnos matriculados escasamente superaban los 50.000; para el curso 1974-1975 se superaban los 300.000. En 1940 las estudiantes universitarias eran un 12.6%, en 1956 un 18.3%, en 1970 se situaban en el 31% (como dato interesante, por encima de lo anecdótico, señalar que en 1960 las mujeres eran mayoría en Farmacia, desde 1950 lo eran en Filosofía y Letras).
En noviembre de 1975 el total de alumnos matriculados en todos los niveles se situaba, para un país de casi 36 millones de personas, en 8.2 millones de estudiantes; 7.7 millones lo eran en la enseñanza no universitaria. Tanto en las familias, como en los propios alumnos, durante 15 años de amplia movilidad social, de expansión de las clases medias, se había asentado la idea de la educación como motor de igualación social y de incremento de oportunidades. Los redactores de lo que sería el IV Plan de Desarrollo, que quedaría archivado tras la muerte de Franco, estimaban que hasta el año 1980 la tasa de escolaridad del Bachillerato crecería hasta el 70% (a la que se sumaría la tasa de Formación Profesional), con lo que tendría que continuarse con la construcción de escuelas e institutos ampliando la red pública. Del mismo modo, por efecto de los que ya estaban matriculados en el BUP-COU como por el incremento que se produciría en los años siguientes, continuaría creciendo el número de universitarios, como así sería. Todo ello consecuencia directa de la mentalidad creada.
LA VIVIENDA: «NO QUEREMOS PROLETARIOS, QUEREMOS PROPIETARIOS»
En 1970 se construían en España más de 300.000 viviendas. Entre 1970 y 1975 se construyeron 2.044.666 viviendas, casi un 57% se habían construido bajo alguna de las variantes de la protección oficial y protección social. El número de hogares creados por matrimonio en esos años se situaba sobre los 240.000/260.000, la media de construcción de viviendas anual se situaba por encima de las 300.000. En la década anterior la construcción de viviendas había sido igualmente intensa con absoluto predominio de aquellas que gozaban de cualquier tipo de protección (en 1965 algo menos de 50.000 eran viviendas libres mientras que las protegidas se aproximaban al cuarto de millón, el número de matrimonios celebrados se situaba en 228.265).
En 1975 España se había convertido en un país de propietarios de su vivienda. 25 años antes el número de propietarios, fuera de las clases medias altas, de la burguesía profesional, de los medianos y grandes propietarios y de las clases altas, era reducidísimo y casi inexistente entre trabajadores industriales y jornaleros que tenían que dedicar una parte importante de sus rentas al alquiler, aunque el régimen de Franco había protegido a estos sectores de población imponiendo el control del alquiler. Además de evitar la especulación favorecerá la expansión de la construcción de la vivienda protegida al detraer el interés hacia la inversión inmobiliaria para el alquiler. Aparecen así las leyes de congelación de arrendamientos urbanos en 1946, renovadas en 1956 y 1964.
Ello fue posible no solo porque se emprendiera un plan de construcción masiva de viviendas que permitieran absorber el movimiento migratorio interno desde el campo a las ciudades y de toda España a los grandes centros industriales (supuso el cambio de residencia de entre 3 y 4 millones de españoles en unos 15 años), sino porque se hizo viable el acceso a las mismas para familias en las que, en muchos casos, solo trabajaba el cabeza de familia. Anotemos que en torno al 40% de las viviendas existentes en la actualidad fueron construidas durante el régimen de Franco, a las que habría que sumar las modificadas o rehabilitadas (si sumáramos las que fueron levantadas tras la muerte de Franco, muchas con proyectos lógicamente de ese tiempo, se aproximarían al 50%).
De este proceso aún queda en España una importante memoria colectiva ya que varios millones de españoles pudieron comprar, a través de la oferta de vivienda protegida, entre finales de los años cincuenta y 1976, una vivienda. Millones de españoles siguen viviendo hoy en estas viviendas, en muchos casos heredadas por los hijos de los que las adquirieron. Esta es la razón, el intento de borrar esa memoria, de la campaña lanzada por la izquierda a través de las denominadas leyes de memoria de retirar los millones de placas que indicaban cuál fue el origen de esas construcciones. Entre 16 y 20 millones de españoles disfrutaron de aquella propiedad. Este proceso revolucionario de cambio de mentalidad, el deseo y la ambición, también el ahorro y la concepción de legar un patrimonio familiar, que hizo que la inmensa mayoría de españoles optaran por ser propietarios, no se detuvo el 20 de noviembre de 1975. Era la expresión más palpable de la movilidad social, de la capacidad de progreso social, de la dinámica social de una España convertida en un país de clases medias propietarias. Un impulso que se mantuvo, por esa mentalidad de lo que se denominó el franquismo sociológico, hasta bien entrados los años ochenta. Una mentalidad que a finales de los noventa y principios del siglo XXI algunos economistas y no pocos políticos estimaron como negativa: ser propietario era un error. En la vulgata antifranquista se llegaba a difundir que Franco quiso hacer a los españoles propietarios para que al tener que pagar la letra de la hipoteca estuvieran desmovilizados. En 1970 el 63.4% de los españoles eran propietarios de su vivienda, en 1981 el 73.1%.
Aunque los datos son diversos y ofrecen una relativa seguridad, como elemento de comprensión del significado de aquel esfuerzo acudamos a algunas estadísticas sobre el esfuerzo salarial de los españoles a la hora de adquirir una vivienda. En 1970, según un dato más o menos oficial reciente, un español para adquirir una vivienda tenía que hacer un esfuerzo salarial equivalente a 2 años de trabajo (en la mayoría de los casos solo trabajaba el cabeza de familia). Según datos de julio de 2024 un español tenía que hacer un esfuerzo equivalente a 7.5 años de trabajo, aunque en realidad la diferencia entre Comunidades establece una horquilla entre 4.6 y 16.2 años (en 2023 la media se situaba en 6.7 años). Seamos algo más concretos, en 2024 para comprar un piso situado entre los 200.000 y los 300.000 euros una pareja en la que ambos percibieran el salario medio bruto en España tendrían que hacer un esfuerzo salarial equivalente a entre 4 y 6 años; una pareja en la que ambos cobraran el salario mínimo tendría que dedicar el esfuerzo salarial equivalente a entre 6 y 10 años. En 1954 una vivienda en su escala más baja, calificada entonces como casa barata, entre unos 58 y 35 metros cuadrados, podía tener un valor actualizado a 2024 de 10.000 euros. En 1973 un piso céntrico en Sevilla (calle Teodosio) no acogido a protección oficial podía costar según anuncios 420.000 pesetas; un obrero del campo tenía un sueldo medio anual, según los datos del INE, situado por encima de las 90.000 pesetas brutas. En 1975 el salario medio anual en España se situaba en las 350.000 pesetas (en contravalor a 2024 equivaldría a 29.799 euros, el salario medio en España en septiembre de 2024 era de 26.949 euros).
En 1966, atendiendo a los datos del INE, una familia media española tenía unos ingresos medios de 79.000 pesetas y no pagaba impuestos. En 1966 dedicaban un 7.38% de ellos a pagar la vivienda, esto se hacía generalmente no con hipotecas sino con letras de cambio, cuotas muy reducidas y prácticamente sin costes con una media de 10 a 15 años de pago; el coste de la vivienda podía ser asumido por un solo sueldo. En la actualidad una familia media dedica el 24.45% de sus ingresos a pagar la vivienda (en función de los tipos de interés esto ha variado, en su fase más alta, en 2016 podía situarse en torno al 50% de los ingresos).
Franco, en sus discursos durante la guerra, ya había expresado su preocupación por las viviendas de las clases populares, por la insalubridad y escasa dignidad de las mismas. Programáticamente se proponía abordar esa cuestión. El Fuero del Trabajo, como anotamos, recogía ese anhelo citando expresamente a la «vivienda campesina», lo que afectaba a cifras que podían situarse sobre el 50% de la población. El Fuero del Trabajo obligaba al Estado a intervenir para crear un nuevo tipo de vivienda, el «hogar familiar». Un hogar que tenía que adaptarse a las normas de la moral cristiana. Por si no fuera suficiente esta primera constitucionalización que impelía a asumir el derecho y a iniciar políticas para hacerlo realidad, el Fuero de los Españoles, bajo la inspiración de Arrese, incidía en el reconocimiento del derecho y en la obligación de hacerlo real: «El Estado facilitará a todos los españoles el acceso a las formas de propiedad más íntimamente ligadas a la persona humana: hogar, familia, heredad, útiles de trabajo y de uso cotidiano». Establecía un derecho a la propiedad mucho más amplio que el que habitualmente se entendía como tal.
La política de vivienda por parte del Estado era prácticamente inexistente en España. Como antecedente solo cabría hablar del programa de casas baratas de 1911 que, con poco éxito hasta las construcciones de Primo de Rivera, estuvo marcado por las deficiencias y una inversión escasa que se repercutió en la calidad de las viviendas.
El régimen de Franco iba a iniciar su política de vivienda siguiendo dos ejes de actuación paralelos: primero, la reconstrucción y rehabilitación de las viviendas afectadas por la guerra (lo que se haría a través del Programa de Regiones Devastadas); segundo, la acción proactiva a través de la intervención del Estado en la edificación creando ex novo en abril de 1939, recién concluida la guerra, el Instituto Nacional de la Vivienda (INV) a cuyo frente se situaba el ingeniero Federico Mayo Gayarre. Un organismo que sería dependiente del Ministerio de Trabajo. Con lo que la política de vivienda quedaba en gran parte en manos de los políticos falangistas.
La concepción inicial del INV, su discurso, establecía como objetivo «facilitar vivienda higiénica y alegre a las clases humildes», no por un criterio político o benéfico, como inexplicablemente estiman algunos autores que suelen esquivar entrar en el discurso conceptual de los políticos del régimen de Franco, sino porque era una «exigencia de justicia social». De la mano del INV se desarrollaría el concepto de «vivienda protegida». El INV se configuraba como el organismo que asumiría la función de «dictar las normas de construcción, seleccionar los tipos de viviendas y materiales, ordenar y orientar las iniciativas de los constructores». A través de sus créditos las «corporaciones provinciales y locales los sindicatos y las organizaciones del Movimiento» podrían aplicar la nueva política. Sin embargo, la ley no convertía al INV/Estado en constructor, sino en director/programador. Las normas básicas eran claras: régimen de protección, viviendas higiénicas de renta reducida, urbanización y servicios complementarios de los terrenos que se habilitaran.
El INV optaría por derivar la mayor parte de la construcción a organismos que, por lo tanto, no tuvieran como objetivo la idea de negocio. Así, las viviendas protegidas podrían ser construidas/promovidas por: Ayuntamientos, Diputaciones, sindicatos, organizaciones del movimiento, empresas, sociedades benéficas, Cajas de Ahorro, particulares… y, finalmente, el propio INV.
El INV empezaba su andadura en medio de graves dificultades económicas para el país, con problemas en el suministro de determinadas materias por el bloqueo que padecía España por causa de la II Guerra Mundial, por la propia novedad y necesidad de adecuación de lo propuesto desde el plano teórico al real. Las modificaciones al compás de la experiencia fueron continuas, empezando por las de 1941. Sin embargo. pronto se percibió que, dados los limitados márgenes de beneficio que comportaban las construcciones, la empresa privada se retraía. Asumir por parte del INV la construcción plantó también la forma de acceso a la propiedad de las nuevas viviendas, lo que condujo a la amortización diferida: el INV sería el propietario hasta el pago de la amortización por parte del ocupante. Sus primeras grandes construcciones estuvieron en relación a la llegada de trabajadores a determinados puntos que quedaron fuertemente tensionados cuando no directamente sin viviendas. En ello también intervino el propio Ministerio de Trabajo regido por Girón que incluyó la expropiación forzosa de terrenos para construir barrios enteros (poblados en la Isla Mayor del Guadalquivir o las 9.000 viviendas que se proyectaron en la cuenca minera asturiana).
La intervención de José Antonio Girón en el proceso de consolidación de la forma de impulsar la construcción debe de ser considerada determinante, especialmente porque contó con el apoyo directo del propio Franco. El Ministerio de Trabajo contaba con su propio y particular INV, la Obra Sindical del Hogar, que estaría regida también por Federico Mayo.
La OSH, que contó también con el apoyo de Serrano Suñer, construiría directamente; lo haría en terrenos que los Ayuntamientos deberían ceder a la OSH de forma gratuita, autorizándose la expropiación forzosa. En febrero de 1942 la OSH ampliaba su proyecto con la construcción de viviendas para pescadores y agricultores en pequeños pueblos en los que difícilmente alguien pensaría en construir. En 1945 la OSH consigue que se apruebe su proyecto de construir «casas ultra baratas con destino a solucionar el problema de vivienda de la clase obrera» a precios inferiores para su amortización a los del INV. La OSH se propondría construir miles de viviendas, pero los objetivos, debido a las dificultades económicas (son los años del bloqueo internacional), no se alcanzaron y la cifra de viviendas construidas en los cuarenta por la organización se situó en torno a las 20.000.
Inicialmente la política de vivienda se dirigió hacia el alquiler, que era lo usual en España. Las
viviendas protegidas tenían que ajustarse a los mínimos establecidos por el decreto de septiembre de 1939. El alquiler no podía exceder el equivalente a 6 días de jornal o la quinta parte del sueldo mensual (un 20%), estas tenían que permitir que se alojara una familia con hijos, por lo que deberán tener al menos tres habitaciones (matrimonio, varones y chicas). Los que las alquilaran tendrían opción de compra por cuotas de amortización (alquileres con derecho a compra). La renta de los futuros inquilinos determinaría su acceso: las que tuvieran entre 110/150 m2 estarían destinadas a aquellos que cobraran menos de 500 peseta mensuales; las de 60 m2 para los que cobraran menos de 200 pesetas mensuales. La normativa siguió desarrollándose para que las viviendas pudieran ser el «hogar familiar» en función del número de habitantes. La norma fue cada vez más concreta estableciendo hasta el tamaño y el número de camas por habitación, el que tenía que tener el baño o cómo debía ser el cuarto para hacer la vida familiar. En líneas generales implicaba que las viviendas medias deberían tener entre 54 m2 y 70 m2 excluyendo pasillos.
El urbanismo también fue objeto de preocupación por parte del INV. Así, en 1939 se publicaba el Plan Nacional de Ordenación y Reconstrucción. Nació en este periodo el denominado «urbanismo falangista» que estaría presente en las construcciones de los años cuarenta y cincuenta (los pueblos urbanos, pequeños pueblos dentro de la ciudad).
Aunque las construcciones eran realidades tangibles el ritmo de construcción no era capaz de absorber una demanda creciente. El problema se tornó especialmente grave a partir del inicio de la década de los cincuenta por efecto del arranque de la emigración masiva del campo a la ciudad al compás de las mejoras económicas. Ello llevó a la creación del Plan Nacional de Vivienda (una política que se mantuvo hasta algunos años después de la muerte de Franco hasta su abandono progresivo). El objetivo era construir 1.400.000 viviendas hasta 1954, pero solo se llegó a cifras inferiores al 50%. Desde 1939 el total de casas construidas era de unas 400.000.
Franco que había hecho de esta cuestión algo personal, impulsará la creación, ante la magnitud del problema, de una Comisión Interministerial presidida por el Ministro de la Gobernación, el también falangista Blas Pérez. Se estimaba necesario construir 1.5 millones de viviendas. En 1954, de la mano de Girón, se publica una nueva ley que varía la concepción inicial ya que no solo se construirá para las clases humildes sino también para la creciente clase media. Aparecen así diversos tipos de viviendas en función del grado de protección: viviendas de renta mínima, reducida y limitada. La nueva vivienda social protegida deberá tener un costo de 25.000 pesetas y adaptada a modelos familiares (mínimo de 3 dormitorios). La muerte de Federico Mayo llevará al INV a otro hombre de Girón, Luis Valero Bermejo que buscaría mejorar las condiciones de la vivienda estrictamente social. Las viviendas de renta mínima y reducida podrían llegar hasta los 100 m2 con un coste de entre 74.000 y 100.000 pesetas. Eran viviendas accesibles para la situación salarial de la época.
En julio de 1954, con nuevas modificaciones, incluyendo la Ley de Viviendas de Renta Limitada, se aprueba el II Plan Nacional de Viviendas que espera construir 550.000 viviendas en 5 años para dar alojamiento a más de 2.5 millones de personas. Aunque el volumen de construcción fue importante para los dos primeros años (más de 130.000 de viviendas protegidas) era insuficiente para cubrir las necesidades.
La decisión de Franco, que barajaba la creación de un Ministerio de Previsión y Seguridad Social, para abrir una nueva fase en este terreno, fue la de crear un ministerio que asumiera todos los organismos dispersos vinculados al tema de la vivienda. Así en 1957, por vez primera en la historia de España, el Generalísimo creaba el Ministerio de la Vivienda designando para su dirección a un político apropiado, arquitecto de carrera, José Luis de Arrese que dejaba la Secretaría General del Movimiento tras la derrota política sufrida con la cancelación de su proyecto constitucional.
Como anotamos en nuestro trabajo Franco. La revolución silenciada, Arrese desde su nuevo puesto decidió poner en marcha su última propuesta revolucionaria. Resumida en un lema recogido de unas declaraciones en el diario ABC: «no queremos proletarios, queremos propietarios». El hogar familiar, para Arrese, es un elemento clave de la conciencia e identidad nacional, lo que une al hombre a su Patria y la vivienda permite «lograr que aquellos que duermen bajo el mismo techo dejen de ser grupo para convertirse en destino»; el hogar es un concepto cristiano y revolucionario, pues se convierte en el «santuario que forma la familia, la fragua que funde y modela el corazón de sus miembros».
Arrese, a través de los sistemas de protección oficial, de la transformación de la renta limitada en la venta limitada, se propone hacer real el acceso generalizado a la vivienda en propiedad para los obreros y clases medias. Para ello es necesaria un banca pública por lo que se creará el Banco Hipotecario de España, que apartará el interés por el crédito hipotecario a la banca privada. El reto para Arrese se cifraba en construir 140.000 viviendas protegidas al año, pero para ello necesitaba contar con el sector privado. Así, a finales de 1957 se aprobaba la Ley de Viviendas Subvencionadas para impulsar viviendas más allá de las de renta limitada. Para hacer frente a la situación en zonas tensionadas por falta de viviendas como era el caso de Madrid, apoyada directamente por Franco, se dicta la Ley de Urgencia Social para construir 60.000 viviendas en dos años que permitieran alojar a un cuarto de millón de personas y acabar con el chabolismo (encargaría a las chicas de la Sección Femenina que recorrieran chabolas y poblados para asegurar que las viviendas fueran destinadas en función de la necesidad). Si no se encontraba concurso, sería el INV quien actuaría como constructor de urgencia (Barcelona).
Arrese despertó no pocos enemigos, una vez más, dentro del gobierno. Presentó el II Plan Quinquenal de la Vivienda, para construir 200.000 viviendas al año. El choque con el Ministerio de Hacienda se saldó con su dimisión. Ello no supuso más que un aplazamiento en la expansión de un modelo que tendría que aguardar hasta los cambios económicos que abrió el Plan de Estabilización y la superación rápida de las tensiones que provocó su aplicación. La construcción acelerada de viviendas tendría su éxito en la década de los sesenta. El objetivo de Arrese, el acceso masivo a la propiedad, arrancaría con la aparición de una nueva modalidad, la Vivienda de Protección Oficial. En 1961 el nuevo Plan Nacional de Viviendas se comprometía a construir 3.750.000 viviendas en 17 años, pero entre 1961 y 1975 se construyeron unos 3.9 millones de viviendas. En 1965, según datos de la OCDE España estaba a la cabeza de construcción de viviendas en relación al número de habitantes y en un puesto destacado en la dimensión media de las mismas. Fue esta política la que resolvió el problema de la vivienda en los años 60 y 70, después se abandonó.
El Ministerio de la Vivienda fue suprimido en 1977, el INV en 1980. Pese a que los problemas de acceso a la vivienda volvieron a aflorar en la década de los noventa, el Ministerio no se volvió a recuperar hasta la llegada al poder de Rodríguez Zapatero en el siglo XXI, su labor no puede ser calificada de exitosa, siendo nuevamente suprimido en 2010. En 2023, como gran aportación, casi presentándolo como creación suya, Pedro Sánchez volvió a recurrir a su recuperación ante la gravísima crisis para el acceso a la vivienda, tanto en propiedad como en alquiler, con precios prohibitivos en ambos casos (Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana).
Esta grave situación ha provocado que millones de españoles recuerden, porque forma parte de su memoria personal, que el régimen de Franco hizo posible el sueño de Arrese del acceso a la propiedad de la vivienda.
EL ESTADO DE LAS LEYES FUNDAMENTALES
En 1947 la Ley de Sucesión definía el régimen político creado por Franco como un «Estado católico, social y representativo que, de acuerdo con su tradición, se declara constituido en reino». Desde la decisión constituyente del 1 de octubre de 1936, por la que Franco asumía todos los poderes del Estado, se estaba desarrollando la lenta institución de lo que se debería denominar como el Estado de las Leyes Fundamentales. Para ese camino se había escogido, por conveniencia política, por la necesidad de mantener unida la coalición político-social vencedora en la guerra mediante el consenso constitucional y por la indefinición práctica de lo que se calificaba de Estado Nuevo, el modelo de constitución abierta. Este permitía la adaptación a una realidad interna y externa cambiante.
En 1937, con la aprobación del denominado Decreto de Unificación y los Estatutos de FET de las JONS (4-8-1937) se abrió la vía de la posible creación de un estado totalitario, ese parecía el camino que se iba a seguir emparentando como los modelos italiano y alemán. En esta línea se afirmaba que FET de las JONS, convertida de hecho en partido único, sería el «movimiento militante inspirador y base del Estado Español», estableciendo las dos primeras instituciones del mismo vinculadas al partido: el Consejo Nacional y la Junta Política. En ellos se ratifica a Franco como Jefe Nacional del Partido, responsable ante Dios y ante la Historia, que «personifica todos los valores» del Movimiento y «asume en su entera plenitud la más absoluta autoridad».
El primer texto de carácter constitucional que se elabora a partir de esta nueva estructura, que parece anunciar la creación de un estado-partido, será el Fuero del Trabajo. Sin embargo, en 1938 Franco establece un organismo distinto y separado de FET de las JONS, de nombramiento directo, el Consejo de Ministros.
Se abre el debate sobre la vía institucionalizadora de un régimen que no quiere ser solo una dictadura, sino un Estado Nuevo. Las siguientes propuestas girarán en torno a la posibilidad de proclamar una Constitución y seguir o no la línea totalitaria. Será el origen de dos proyectos constitucionales contrapuestos: uno, elaborado por Eduardo Aunós; el segundo, que sigue la vía totalitaria, amparado por Ramón Serrano Suñer.
Las luchas de poder entre las diversas tendencias (militares, falangistas, carlistas, católicos…) con injerencia de la propia Iglesia conducen a Franco a aplazar esas vías y solo ir avanzando parcialmente a través del modelo de constitución abierta con la promulgación de lo que se designaran como Leyes Fundamentales. El lector ya conoce parte de ellas y de su contenido por las referencias anteriores. Vamos, sintéticamente, a aproximarnos a su recorrido.
Tomando como punto de partida el proyecto de Serrano Suñer será José Luis Arrese, el Ministro Secretario General, que había adquirido una importante sintonía y confianza con el propio Franco, el que prepare la segunda de las Leyes Fundamentales, la Ley de creación de las Cortes Españolas promulgada por Franco el 17 de julio de 1942. Se crea así un parlamento, de carácter corporativo, en el que los procuradores (diputados) serán inicialmente designados (por Franco, por los Ayuntamientos, por la Organización Sindical…), pero con la vocación de que en un plazo indeterminado pasen a ser mayoritariamente elegidos por los ciudadanos tanto de forma directa como por cooptación en las corporaciones. La configuración final del régimen hará que el Consejo Nacional del Movimiento quede cada vez más deslindado de la organización FET de las JONS-Movimiento Nacional para convertirse en una segunda cámara equivalente al Senado.
Erróneamente algunos autores siguen sosteniendo que la creación de las Cortes fue una operación de maquillaje político derivada de la evolución de la guerra mundial, pero cuando se aprueba pocos afirmarían que la guerra la iba a perder Alemania, más aún cuando comenzaron los trabajos previos. Entraron en funcionamiento en marzo de 1943.
En julio de 1945, abandonado definitivamente el proyecto totalitario, consumada la derrota del Eje, Franco firmaba, tras largos debates en comisión en las Cortes entre los representantes de las diversas corrientes internas, el Fuero de los Españoles. Estamos ante una declaración de derechos, anterior a la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), que estarían limitados por la imposibilidad de ejercerlos para «atentar contra la unidad espiritual, nacional y social de España». Ellos iban a permitir que en el régimen existiera una amplia libertad y garantía de ejercicio cuando no se entraba en los ámbitos de la política de oposición. Unos meses después, en la misma estela, se promulgaba la siguiente ley fundamental, Ley por la que el Jefe del Estado podrá someter a referéndum aquellas Leyes que su trascendencia lo aconseje o el interés público lo demande. Con esta ley se reconoce el derecho al voto a hombres y mujeres mayores de 21 años, ejercicio del voto que sería obligatorio.
En 1947, ya con el país sufriendo los efectos de la condena-sanción impuesta por parte de la ONU, Franco firmaba la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado, la quinta de las Leyes Fundamentales. Supone la afirmación conceptual definitiva del régimen político configurado por el Nuevo Estado, quedando constitucionalizada. Un valor constitucional que se torna más que evidente al ser sometida a referéndum nacional el 6 de julio de 1947 (el sí obtuvo el 89.8% de los votos). Tanto la ley como el referéndum suponían un refrendo al propio Jefe del Estado.
Esta ley venía a reafirmar el valor constitucional de las leyes anteriores que se incorporaban al ordenamiento normativo superior al que se subordinaba toda la legislación. La importancia del texto, además de crear una nueva institución garantista de la continuidad, el Consejo del Reino, con la confirmación de la futura instauración-restauración de la monarquía que colocaba a Franco en la posición de un regente, precisaba sin precisarlo quién era la persona que probablemente heredaría el poder de las manos del Caudillo fundador-regente. Algo que quedo meridianamente claro cundo un año después, en 1948, tras acuerdo con don Juan de Borbón, que se había opuesto a la ley, llegaba a España para formarse un niño al que todos llamaban «Juanito», Juan Carlos de Borbón y Borbón.
A partir de aquí, conceptual y propagandísticamente, se comienza a dibujar el régimen político que se está creando como «democracia orgánica». Aunque se van a desarrollar elecciones en el ámbito municipal y sindical en los cuarenta, no hay aún un desarrollo práctico de cómo será la participación del «pueblo en las tareas del Estado», a la que Arrese había dedicado alguna reflexión, en esa democracia. Ese era el paso siguiente.
El primer intento de completar la institucionalización vendrá, nuevamente, de la mano de José Luis de Arrese que prepara un modelo completo que se conocerá como las Leyes de Arrese tras su vuelta al gobierno en 1956. La propuesta de Arrese concitó la oposición generalizada de todas las corrientes sociales y políticas del régimen, incluyendo la posición neutra de algunos dirigentes falangistas. El resultado fue el archivo de una propuesta que llegó a ser calificada de imitación del modelo soviético y el abandono de la Secretaria General del Movimiento de uno de los más destacados de los dirigentes falangistas. Se iba a producir entre 1957 y 1960 la derrota política definitiva del sector falangista, lo que retrasaría y marcaría la última fase de la institucionalización.
La institucionalización continuaría a partir de algunas partes de las propuestas de Arrese con la promulgación de la Ley de Principios Fundamentales del Movimiento Nacional, que sería firmada por Franco en mayo 1958. Esta definición ideológica venía a sustituir a la anterior que se encontraba en la asunción de los 26 puntos de la norma programática de FE de las JONS por mención expresa en el Decreto de Unificación. Mantiene la confesionalidad del Estado, define a la monarquía como «católica, social y representativa», subordina la política al bien común y establece la participación política a través de la familia, el municipio y el sindicato. Constituyen derechos fundamentales: la justicia, la educación, la seguridad social, el trabajo asegurando condiciones dignas, y la propiedad privada.
«Yo Francisco Franco Bahamonde, Caudillo de España, consciente de mi responsabilidad ante Dios y ante la Historia, en presencia de las Cortes del Reino, promulgo como Principios del Movimiento, entendido como comunión de los españoles en los ideales que dieron vida a la Cruzada, los siguientes:
I.- España es una unidad de destino en lo universal. El servicio a la unidad, grandeza y libertad de la Patria es deber sagrado y tarea colectiva de todos los españoles.
II.- La Nación española considera como timbre de honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación.
III.- España, raíz de una gran familia de pueblos, con los que se siente indisolublemente hermanada, aspira a la instauración de la justicia y de la paz entre las naciones.
IV.- La unidad entre los hombres y las tierras de España es intangible. La integridad de la Patria y su independencia son exigencias supremas de la comunidad nacional. Los Ejércitos de España, garantía de su seguridad y expresión de las virtudes heroicas de nuestro pueblo, deberán poseer la fortaleza necesaria para el mejor servicio de la Patria.
V.- La comunidad nacional se funda en el hombre, como portador de valores eternos, y en la familia, como base de la vida social; pero los intereses individuales y colectivos han de estar subordinados siempre al bien común de la Nación, constituida por las generaciones pasadas, presentes y futuras. La Ley ampara por igual el derecho de todos los españoles.
VI.- Las entidades naturales de la vida social, familia, municipio y sindicato, son estructuras básicas de la comunidad nacional. Las instituciones y corporaciones de otro carácter que satisfagan, exigencias sociales de interés general deberán ser amparadas para que puedan participar eficazmente en el perfeccionamiento de los fines de la comunidad nacional.
VII.- El pueblo español, unido en un orden de Derecho, informado por los postulados de autoridad, libertad y servicio, constituye el Estado Nacional. Su forma política es, dentro de los principios inmutables del Movimiento Nacional y de cuanto determinan la Ley de Sucesión y demás Leyes fundamentales, la Monarquía tradicional, católica, social y representativa.
VIII.- El carácter representativo del orden político es principio básico de nuestras instituciones públicas. La participación del pueblo en las tareas legislativas y en las demás funciones de interés general se llevará a cabo a través de la familia, el municipio, el sindicato y demás entidades con representación orgánica que a este fin reconozcan las leyes. Toda organización política de cualquier índole al margen de este sistema representativo será considerada ilegal.
Todos los españoles tendrán acceso a los cargos y funciones públicas, según su mérito y capacidad.
IX.- Todos los españoles tienen derecho: a una justicia independiente, que será gratuita para aquellos que carezcan de medios económicos; a una educación general y profesional, que nunca podrá dejar de recibirse por falta de medios materiales, a los beneficios de la asistencia y seguridad sociales, y a una equitativa distribución de la renta nacional y de las cargas fiscales. El ideal cristiano de la justicia social, reflejado en el Fuero del Trabajo, inspirará la política y las leyes.
X.- Se reconoce al trabajo como origen de jerarquía, deber y honor de los españoles, y a la propiedad privada, en todas sus formas, como derecho condicionado a su función social. La iniciativa privada, fundamento de la actividad económica, deberá ser estimulada, encauzada y, en su caso, suplida por la acción del Estado.
XI.- La empresa, asociación de hombres y medios ordenados a la producción, constituye una comunidad de intereses y una unidad de propósitos. Las relaciones entre los elementos de aquélla, deben basarse en la justicia y en la reciproca lealtad, y los valores económicos estarán subordinados a los de orden humano y social.
XII.- El Estado procurará por todos los medios a su alcance perfeccionar la salud física y moral de los españoles y asegurarles las más dignas condiciones de trabajo; impulsar el progreso económico de la Nación con la mejora de la agricultura, la multiplicación de las obras de regadío y la reforma social del campo; orientar el más justo empleo y distribución del crédito público; salvaguardar y fomentar la prospección y explotación de las riquezas mineras; intensificar el proceso de industrialización; patrocinar la investigación científica y favorecer las actividades marítimas, respondiendo a la extensión de nuestra población marinera y a nuestra ejecutoria naval».
Los Principios Fundamentales implican el abandono definitivo de cualquier modelo de partido único y consagra la representación orgánica a través de la familia, el municipio y el sindicato. El Movimiento Nacional abandona definitivamente los restos de su concepción como partido único, aunque siegue siendo elemento clave para el sostenimiento y difusión de los Principios, por lo que deberá continuar, a través de sus organizaciones y asociaciones, que deberán reformarse y concretizarse, con su labor de capilaridad en la sociedad. Todos los funcionarios y cargos políticos deberán prestar juramento de fidelidad a los mismos. Cuando se afirma, un tanto gratuitamente, que Franco no creía en el régimen político que estaba creando, en su continuidad, al menos en 1958 no parece que fuera así, basta con recordar que la propia Ley establecía que estos Principios, a los que recordemos se prestaba juramento, eran definidos «por su propia naturaleza permanentes e inalterables». Constituían pues la base ideológica de lo que se ha venido a definir como «el franquismo».
Como resulta evidente la Ley de Principios no cerraba el marco constitucional, que se completaba con otras leyes de rango inferior, como las sucesivas leyes sindicales o las leyes que acabaron configurando el andamiaje administrativo del Estado español. Lo que quedaba por concretar era cómo debía de funcionar la democracia orgánica para adecuar el discurso teórico-jurídico a la realidad práctica. Nuevamente el proceso se ralentizó por las divergencias internas. No se concluirá hasta la promulgación de la Ley Orgánica del Estado, tras ser aprobada en referéndum el 14 de diciembre de 1966 (el voto afirmativo fue del 95.9%) y la refundición de todas las Leyes Fundamentales en un nuevo cuerpo que, en 1967, será presentado como «nueva Constitución».
La nueva ley, a la que acompañarían las anteriores, cerraba el diseño del Nuevo Estado treinta años después de sus inicios con la consagración del poder absoluto de Franco. Hasta ese momento el régimen de Franco había sido una dictadura constituyente y de desarrollo, como se definió en la época.
Las Leyes Fundamentales, junto con otras disposiciones administrativas, habían ido limitando progresivamente los poderes que debía tener el Jefe del Estado (incluyendo la separación de la jefatura del estado de la presidencia del gobierno), aunque las leyes siempre establecían la salvedad de la magistratura de Franco. Conforme a lo que había sido su pensamiento desde la guerra (creación de un Nuevo Estado y virtualización de la monarquía), transcurrido el tiempo, que incluso llegó a anticipar décadas antes, el cierre constitucional establecía el sistema que institucionalizado debía de suceder a su periodo fundacional. Definidos los poderes del Jefe del Estado, prefigurado el desarrollo asociativo desde el Movimiento Nacional, establecidas las formas de participación y elección se abría la fase de desarrollo progresivo de lo establecido. Ello pasaba por el continuo ensanchamiento de la base electiva y asociativa del sistema. Ese es el camino que se siguió en las subsiguientes elecciones para concejales y procuradores por los tercios familiar, sindical y municipal.
La lenta institucionalización, sin embargo, había herido de muerte la viabilidad real de la democracia orgánica en su única formulación práctica realizada desde los años treinta, ya que el plazo de consolidación que hubiera demandado haciendo realidad el modelo teórico ya no se tenía. Es más, en los años siguientes, parte de la clase política que había participado en su creación miraba hacia, como se decía entonces, la convergencia con los modelos políticos occidentales, es decir, la democracia liberal.
Por su parte, Franco, había cumplido con su propósito de crear un Estado Nuevo acorde con los presupuestos antiliberales de partida. Es improbable, más allá de la continua reafirmación en sus discursos, que a finales de los años sesenta o principios de los setenta no creyera en su continuidad. Un andamiaje institucional que, a la vez le había permitido, con el concurso de los españoles, crear también un Estado Social dentro de los parámetros del Estado del Bienestar, en el que el proletariado como tal era muy reducido, en el que la movilidad social garantizaba la posibilidad de progresión, de elevación continua desde las clases populares a las clases medias. Unas clases medias que en realidad eran poco decisorias como motor de estabilidad antes de la guerra civil y que ahora eran el segmento social más amplio. En 1975 las clases medias se situaban por encima del 56%, se habían más que duplicado con respecto a las cifras de antes de la guerra, pero además eran unas clases medias modernas, frente al predominio de las clases medias antiguas de antes del conflicto. Añadamos a ello que, en 1975, un porcentaje importante de los hogares de las clases populares estaba en el camino de realizar el tránsito al de clases medias. En los últimos 25 años del régimen se había rebajado la tasa de pobreza en 50 puntos, para situarla en niveles del 10%. Franco para una corriente de politólogos, básicamente norteamericanos, en los años ochenta, había sido un «modernizador autoritario».
En este desarrollo político, social y constitucional que sucintamente hemos ido describiendo tendríamos que sostener que el franquismo acabó configurándose sobre tres vertientes: franquismo político, franquismo social y franquismo sociológico. El franquismo político, pese a los intentos de rearme ideológico presentes desde mediados de los años sesenta que anunciaban que la desideologización y la desmovilización social se habían convertido en el gran talón de Aquiles del futuro (el franquismo militante), no sobrevivió a Franco; sin embargo, el franquismo sociológico continuó teniendo un peso importante, aunque disminuyendo progresivamente por razón lógica, durante décadas. El franquismo social -que hemos abordado de forma sintética y limitada en este capítulo- tampoco desaparecería, pues muchas de sus aportaciones y legislación tuvieron continuidad hasta el presente, por más que se quiera negar o creer que por cambiar las placas, la historia o resignificar leyes y lugares se elimina una realidad de la que el historiador honesto tiene la obligación de dejar constancia.
