Si tuviéramos que poner una fecha de inicio al arranque de la legislación laboral y social en la España contemporánea quizás debiéramos retrotraernos al 24 de julio de 1878, cuando por ley se reguló el trabajo de mujeres y menores (prohibición de trabajo a los menores de 10 años que tuvo muy escasa aplicación real), completada el 26 de julio por otra que limitaba los trabajos a menores de 18 o 16 años en función de la peligrosidad y más de cara a la galería que otra cosa (así se les prohibía por ejemplo ser domadores de fieras que debía de ser un empleo de lo más usual). Leyes más simbólicas que otra cosa. La intención del legislador en esta época era solo tratar de limitar las duras condiciones de trabajo existentes de forma muy somera. En 1886 se creó la denominada Comisión de Reformas Sociales pero habría que aguardar hasta el 31 de enero de 1900 para que apareciera la primera Ley de Accidentes de Trabajo, reformada en 1922, pero hasta la Ley de Accidentes de Trabajo de 1932 los seguros no pasarían a ser obligatorios (Ley de Seguro Obligatorio de Trabajo), pero con una aplicación real limitada. En 1906 se había creado el Reglamento de la Inspección de Trabajo, que al aplicarse hizo real en España el Derecho del Trabajo[1]. Durante la dictadura de Primo de Rivera, no ajena a la cuestión social, se aprobó el Código de Trabajo (1926)[2]. Llegados a este punto no se puede decir que la labor de la II República fuera en este campo muy amplia, pero implantó la Ley del Contrato de Trabajo de 1931 que el régimen de Franco precisaría, ampliaría y mejoraría[3]. El 13 de julio de 1936 se aprobaría una norma de escasa incidencia práctica dado el inmediato estallido de la guerra. Esta, por fin, obligaba al empresario a asegurar al trabajador para cubrir la enfermedad profesional.
Franco había prometido reiteradamente que ninguna de las mejoras sociales alcanzadas sería revocada, al contrario iban a ser ampliadas. No hubo en este terreno retroceso. Al contrario, si nos ceñimos a lo referente a la protección del trabajador, el franquismo social plantea un cambio revolucionario al sustituir el modelo de reparador (se compensaba una vez producido el hecho) por el modelo preventivo (establecimiento de los mecanismos para que el hecho no se produzca). Lo cierto es que el cuadro de protección social y condiciones laborales de 1936 era muy pobre, con más proyectos que realidades, el Estado del Bienestar y el Estado Social eran solo un balbuceo, independientemente de que la Constitución de 1931 se deba incluir dentro de los límites del constitucionalismo social, ya que como anota el profesor Manuel Alonso: <<puede sostenerse que hasta la Constitución de 1931 no cabe hablar, en nuestro Derecho, de incorporación de los derechos laborales -y aun sociales- a texto de naturaleza fundamental o supranacional>>, siendo una constitución avanzada en este aspecto[4]. Quizás por ello Franco declarara en julio de 1937: <<España no estaba retrasada en lo social. Las leyes no eran malas, pero se ejecutaban mal. Los gobernantes solían hacer un arma política de las leyes sociales y provocaban la lucha de clases>>. Gran parte de las propuestas republicanas en realidad iban a ser llevadas a cabo por el régimen de Franco, algo fácil de percibir si releemos el artículo 47 de la Constitución que quedó básicamente sin aplicación práctica hasta Francisco Franco:
<<La República protegerá al campesino, y a este fin, legislará, entre otras materias, sobre el patrimonio familiar inembargable y exento de toda clase de impuestos, crédito agrícola, indemnización por pérdida de cosechas, cooperativas de producción y consumo, cajas de previsión, escuelas prácticas de agricultura y granjas de experimentación, obras para riego y vías rurales de comunicaciones. La República protegerá en términos equivalentes a los pescadores>>.
Tenía razón Franco en sus palabras porque en el artículo 46 se fijaban gran parte de las medidas que el Caudillo iba a llevar a la práctica y que habían sido propuestas por el grupo socialista durante el proceso de elaboración de la Constitución de 1931:
<<El trabajo, en sus diversas zonas, es una obligación social y gozará de la protección de las leyes. La República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias para una existencia digna. Su legislación social regulará los casos de seguro de enfermedad, accidente, paro forzoso, vejez, invalidez y muerte, el trabajo de las mujeres y de los jóvenes y, especialmente, la protección a la maternidad; la jornada de trabajo y el salario mínimo y familiar; las vacaciones anuales remuneradas; las condiciones del obrero español en el extranjero; las instituciones de cooperación; la relación económico-jurídica de los factores que integran la producción; la participación de los obreros en la dirección, administración y beneficios de las empresas y todo cuanto afecte a la defensa de los trabajadores>>.
No es de extrañar pues que, por decisión de Franco, su régimen iniciara su lenta institucionalización -entonces no estaba previsto que así fuera- poniendo en marcha en España el constitucionalismo social con la promulgación del Fuero del Trabajo en 1938, presentado en la época como el inicio de la revolución anunciada, ya que, independientemente de su definición legal, dado su contenido, tenía rango de declaración constitucional que ampliaba lo dispuesto en los Estatutos de FET de las JONS y en el Decreto de Unificación de 1937. Constituyendo una declaración de derechos y deberes que al mismo tiempo quedaban indirectamente constitucionalizados hasta que lo fuera de iure con la promulgación, tras su aprobación en referéndum, de la Ley de Sucesión a la Jefatura del Estado en 1947, aunque anteriormente pocos podían dudar de tal consideración.
Cabe atribuir a Franco la decisión de dar contenido social a lo que inicialmente había sido una rebelión militar con el horizonte puesto en un directorio militar dentro de la figura de una dictadura comisoria. Sin embargo, pocos meses después de la sublevación militar y cívica se hace evidente que ya no se trata solo de una ocupación del poder. Las fuerzas políticas que han apoyado la sublevación, la CEDA, la Falange, los Tradicionalistas y los monárquicos alfonsinos plantean, desde el primer momento, un régimen político autoritario, corporativo, para algunos con irrenunciables contenidos sociales, que ponga fin no a la república como forma de Estado -algunos eran de hecho republicanos- sino al sistema democrático liberal. Franco, en sus discursos, asume muy pronto esa opción incorporando, como hemos señalado, la necesidad de realizar profundos cambios sociolaborales para ir más allá de lo alcanzado por el régimen republicano: <<ningún trabajador podrá quejarse de que nuestra política social no sea bastante avanzada y progresiva, puesto que los obreros españoles retendrán las ventajas obtenidas bajo la República, más y mejor todavía: disfrutarán de privilegios bajo un régimen de paz y de buena voluntad que reemplazará al odio de clase y al caos comunista. En fin, se establecerá un estado de cosas que le asegurará un bienestar mayor que el que obtuvo bajo el gobierno de políticos ambiciosos y sin escrúpulos, únicamente cuidadosos con sus intereses particulares>>[5].
En el verano de 1937 anunciará el <<pronto establecimiento de un Estatuto del Trabajo, que determinará los derechos y deberes de las clases obreras y de los empresarios de la Industria>> bajo la idea de conjugar la <<dignificación del trabajo y respeto para la producción>>. Arrancaba la prehistoria de lo que iba a ser la carta social del régimen, el Fuero del Trabajo. A la altura de 1938 cabría afirmar que, de la mano del brillante jurista que era Ramón Serrano Suñer, que dada su relación familiar con Franco gozaba de toda la confianza de este y tenía implícitamente la delegación de este a la hora de poner en pie el que se denominaba Nuevo Estado, el futuro se perfila en consonancia con las tendencias totalitarias bajo la influencia del fascismo italiano, aunque la penetración germana vaya abriendo espacios en la FET. De hecho, el hábil e inteligente Serrano Suñer, dada la ausencia de aparato institucional, a partir de los poderes absolutos con que los generales invistieron a Franco en octubre de 1936, otorgándole todos los poderes del Estado, había puesto en marcha un Partido Único, FET de las JONS, que él lucha por controlar además de dirigir y cuya base son los falangistas y los neofalangistas que él representa. El Nuevo Estado camina hacia una formulación totalitaria, porque el único andamiaje jurídico-administrativo existente son los Estatutos de FET de las JONS (4-8-1937)[6]. Institucionalmente, dejando a un lado la Junta Técnica del Estado, el órgano que se puede convertir, de hecho de la mano de Serrano lo es, en el centro del poder es el Consejo Nacional de FET de las JONS, que tiene por función asesorar al Jefe del Estado[7], pero que en realidad es un órgano con capacidad legislativa, quedando Franco como poder decisorio final, cuyo elemento fundamental será la Junta Política y su Secretariado[8]. Así la FET se desarrolla estructuralmente siguiendo el modelo de Estado-Partido con secciones que duplican las que usualmente son propias del Estado cuando este aún ni siquiera existía como tal en la zona nacional[9]. Naturalmente los Estatutos de FET confirmaban a Franco el poder otorgado por los generales en octubre de 1936: <<Como autor de la Era Histórica donde España adquiere las posibilidades de realizar su destino, y con él los anhelos del Movimiento, el Jefe asume en su entera plenitud la más absoluta autoridad. El Jefe responde ante Dios y ante la Historia>>, pero esta jefatura, esta legitimidad, ya no está directamente vinculada a la sublevación sino a la realización de un proyecto político que se presentaba como revolucionario. El Decreto de Unificación había convertido en principios del Estado la norma programática de FE de las JONS, redactada en última instancia por el propio José Antonio Primo de Rivera que implicaba una <<revolución>> muy débilmente esbozada; ahora llegaba el momento de ponerla en marcha.
Por decisión de Franco el primer elemento ideológico innovador sería la elaboración de una Carta del Trabajo que seguiría el trámite sucintamente diseñado en la embrionaria estructura del Nuevo Estado: ponencia, Junta Política, Consejo Nacional, Gobierno y pleno del Consejo presidido por Franco para su aprobación. El día 22 de febrero el Gobierno anunciaba que había aprobado el texto del proyecto para que el día 23 fuera sometido al informe del Consejo Nacional. Un proceso que confirma nuestra tesis del peso que tenía el Consejo Nacional como órgano legislativo[10]. Franco acababa de derrotar por enésima vez a los republicanos en Teruel e iba a exponer a Juan Antonio Suanzes cómo pretendía industrializar España desde el Estado (anatema para cualquier economista actual del orbe liberal). Ambos hechos ponen de manifiesto que en esas fechas Franco consideraba la guerra como ganada mientras que no pocas naciones hispanoamericanas le reconocían y enviaban ministros plenipotenciarios:
<<La victoria de Teruel es una nueva e importante demostración de la superioridad militar, técnica y material de nuestro Ejército. Con la agravante, además, de que se ha derrotado y batido al enemigo precisamente en el campo de batalla que él buscó, que no ha habido la característica de sorpresa y que en el lugar donde se ha librado la batalla los rojos habían acumulado todos los medios disponibles, contando, además, con el factor tremendo del tiempo más duro del invierno.
La capacidad de nuestros mandos, el valor insuperable de nuestros soldados, se han realzado aún, si cabe, en esta batalla del Alfambra en Teruel, en que el heroísmo se ha dado la mano con el optimismo y con la acometividad en máximo grado. Jamás pudo estar en más alta forma un Ejército. ¡La guerra está ganada!.
La guerra se ganó en el Norte, se ganó en Bilbao y en Gijón. Hoy solo toca hacerlo efectivo. […] La prolongación de la lucha es un tipo de locura exactamente igual que la que les hizo sacrificar inútilmente vidas en Asturias, una vez perdidos Bilbao y Santander. Es la locura ambiciosa de unos jefes que sacrifican hasta el último momento a sus hombres, muchas veces engañados e inocentes, para al final traicionarles, refugiándose en el extranjero>>[11].
El Fuero del Trabajo no nació como una Ley Fundamental sino como un decreto[12], ya que entonces no estaba en la mente del arquitecto del régimen, Serrano Suñer, una constitución abierta, sino que una vez acabada la guerra se aprobara una constitución para la que él iba a preparar un proyecto. Pero era algo más que una Ley, ya que establecía, como anota el profesor Zafra, <<grandes directrices de política económica y social>> y, añadimos nosotros, se configura como el inicio del constitucionalismo social del régimen de Franco, pues a juicio de Fernández Cuesta estaríamos ante la <<Carta Magna del Derecho Social Español>> y en esta línea se definió a lo largo del régimen[13]. Aunque algunos lo referencien dentro de la tipología de las <<cartas otorgadas>>, su proceso de gestación es distinto ya que es obra de las instituciones que el Nuevo Estado estaba creando. Es Franco, como sabemos, quien anuncia en un discurso en 1937 que se va a realizar, pero no será hasta después de constituirse el primer gobierno cuando el Caudillo fuerce su elaboración definitiva[14]. Para ello designa un redactor que prepare el proyecto final, recayendo el trabajo en el Ministro de Acción y Organización Sindical, Pedro González Bueno[15]. En su entrevista con Franco este le indicó que quería una norma en la línea de la Magna Carta del Trabajo de Mussolini que diera <<respaldo ideológico al Movimiento>>[16]. Pero es evidente que González-Bueno tuvo más indicaciones, ya que Franco ya había anunciado algunos de los principios que recogería el texto y algunas de sus propuestas ya se estaban poniendo en práctica quedando solo su constitucionalización. Por otro lado, además de la referencia al texto de Mussolini, el Caudillo había insistido en que su revolución, su concepción de los derechos sociales, era de raíz cristiana en la línea de lo dispuesto en la Rerum Novarum, en la Casti Connubi o en la Quadragesimo anno: <<estamos llevando a cabo también una profunda revolución social, que tiene fundadas sus doctrinas en las enseñanzas de la Iglesia Católica>>. Prueba de ello es que el preámbulo redactado finalmente por Dionisio Ridruejo arrancara con esta significativa frase: <<renovando la tradición católica de justicia social y el alto sentido humano que informó nuestra legislación del Imperio>>[17].
Ahora bien el Fuero, término que se decidió utilizar a última hora, era algo más que un decreto, siendo presentado en aquellos momentos como el Código de Trabajo del régimen y la prensa mantenía en 1938, y es interesante subrayarlo, que no era copia de las <<leyes que existen en las naciones jóvenes de un sentido totalitario>>. Era una declaración de intenciones, de principios rectores que marcarán la política sociolaboral, con algunas propuestas de aplicación inmediata, en materia social y económica, realizada básicamente por falangistas y neofalangistas que iba a constituir un marco de referencia para este sector a lo largo del régimen de Franco. Es la base del <<franquismo social>>, siendo innegable la factura nacionalsindicalista del texto. En esta línea, Manuel Jesús González indica que en España tuvo durante años una <<influencia ideológica amplia y arraigada: no solo los Sindicatos, sino los Ministerios como Industria o Agricultura vivían bajo este tipo de mentalidad… En general los hombres del Movimiento alineados bajo la bandera del Fuero del Trabajo creerían que la economía debía subordinarse a la política y acusaban a los tecnócratas de falta de espíritu social y humanizador>>[18]. Es inútil, como hacen algunos comentaristas, establecer un debate sobre el valor constitucional, posteriormente reconocido, del Fuero o la deficiencia inherente al hecho de que no obligaba a su cumplimiento, cuando en realidad el preámbulo le da ese valor constitucional, ya que en el mismo se establece que <<estas declaraciones>> deberán de ser observadas por el Estado, que queda reiteradamente obligado a ello en el articulado, pues de forma taxativa y no condicional indica que <<inspirarán su política social y económica>>, siendo por tanto de naturaleza revolucionaria. Es más, fue presentado como algo superior a una ley o a un decreto[19].
De forma vertebral los redactores asumen la tesis de que la economía está al servicio del hombre y no el hombre al servicio de la economía y por ello la economía queda subordinada a la política; concibe el trabajo, que se configura como un derecho, como parte de la propia concepción del hombre y no como mercancía (no puede entenderse como <<un concepto material de mercancía ni ser objeto de transacción incompatible con la dignidad personal>> debido tanto a su naturaleza como al hecho de que se constituye como deber social), correspondiendo al Estado tanto su protección como la consecución de sus verdaderos fines, tanto individuales, familiares y sociales como de colaboración en la <<prosperidad y grandeza de la patria>>; el trabajo es lo que da al hombre honor y posición (según González-Bueno merced al texto <<el trabajador, con su esfuerzo en la producción, podía alcanzar las más altas categorías sociales>>). El nuevo concepto del trabajo se considera así revolucionario. Ello implica una nueva concepción de la economía y de la empresa al servicio no del capital sino de la patria dentro de un planteamiento armonicista. Servicio, engrandecimiento económico, en el que tienen que colaborar todos los españoles porque ese es el fin superior que a todos compete y por tanto expresión del bien común. En esta línea el Fuero nos sitúa ante un Estado intervencionista en lo económico: regulará el trabajo, anuncia, sin decirlo, la participación del trabajador en los beneficios[20], pondrá en marcha una Magistratura del Trabajo para solventar los conflictos, condiciona a la Empresa, establece condiciones para el acceso al crédito… En algunos apartados condiciona las bases de la economía de mercado. En esta línea, reconoce el valor de la iniciativa privada pero, al mismo tiempo, el Estado, que se afirma que no será empresario, lo hará <<cuando falte la iniciativa privada o lo exijan los intereses de la nación>>, recurriendo al principio de la subsidiariedad y a ello se ceñirá la política económica de Franco[21].
En esta línea argumental y estructural corresponde al Estado tanto la protección como el establecimiento de los derechos de los trabajadores. Nuevamente el Fuero incluye la obligación del Estado al comprometerlo a <<ejercer una acción constante y eficaz en defensa del trabajador>>. En coherencia, el Fuero promulga, al considerarlas un derecho, una serie de mejoras laborales concretas en consonancia con muchas de las reivindicaciones y aspiraciones de la época: limitación de la jornada laboral, establecimiento de medidas de seguridad, prohibición del trabajo nocturno para mujeres y niños, regulación del trabajo a domicilio, protección de la mujer casada, descanso dominical, respeto por parte de las empresas de las festividades religiosas y civiles <<sin pérdida de retribución>> (se declara el 18 de Julio, aniversario de la sublevación, Fiesta de la Exaltación del Trabajo), vacaciones anuales retribuidas, retribución mínima suficiente para <<proporcionar al trabajador y su familia una vida moral y digna>> y <<seguridad de su amparo en el infortunio>>, protección de los emigrantes. Además, se fijan algunas acciones que el Estado tiene que acometer siendo declaraciones taxativas para su cumplimiento inmediato o progresivo: establecimiento del subsidio familiar e incremento de los seguros sociales (vejez, invalidez, maternidad, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, tuberculosis y paro forzoso) de forma progresiva hasta alcanzar un <<seguro total>>, lo que prefiguraba como horizonte la idea de la Seguridad Social cuando esta idea ni se planteaba en muchos puntos del mundo más desarrollado[22].
El Fuero iba más allá. Parte del reconocimiento de la propiedad privada que es el <<medio natural para el cumplimiento de las funciones individuales, familiares y sociales>>, pero la propiedad no es un absoluto, tiene un límite que es <<el interés supremo de la Nación>>, que es la forma de referir y asumir la función social de la propiedad, uno de los elementos característicos del constitucionalismo social. Al mismo tiempo, el Estado es el garante no solo de la propiedad, sino que <<asume la tarea de multiplicar y hacer asequibles a todos los españoles las formas de propiedad ligadas vitalmente a la persona humana>> y ello implica hacer posible el <<hogar familiar>>, y no elimina la posibilidad de adscribir determinados medios de producción vinculados a la persona, al trabajador[23]. Esa defensa de la propiedad es la que lleva a replantear el concepto de capital que pasa a considerarse como <<un instrumento de la propiedad>>. La idea de <<hogar familiar>> permite a los redactores entrar en el segundo elemento base para el franquismo social, la familia concebida al modo tradicional, católico, como <<célula primaria natural y fundamento de la sociedad. Pero va más allá porque la familia es algo superior al ser considerada <<como institución moral dotada de derecho inalienable y superior a toda Ley positiva>>, porque lo que hace la ley es constitucionalizar el modelo de familia católico. Lo que el Fuero anuncia sin mencionarlo es una política de protección a la familia introduciendo una medida claramente revolucionaria: el reconocimiento del <<patrimonio familiar inembargable>> y una de las bases de ese patrimonio es la vivienda.
En el terreno de la definición política, el Fuero abre, como proceso en marcha del que forma parte y por tanto objetivo final, la <<organización nacional-sindicalista del Estado>>. En el ámbito económico esa organización se hará a través de los sindicatos verticales definidos como instrumento al servicio del Estado a los que se dota de funciones relacionadas con la protección y la colocación del trabajador. En líneas generales se había impuesto el ideario falangista, considerándolo como un punto de partida[24]. Décadas después, en 1985, el histórico Secretario General de FE de las JONS de antes de la guerra, Raimundo Fernández Cuesta, Ministro con Franco, apuntaría: <<pese a posibles detractores, recogía en gran parte -y no solo retóricamente- la sustancia social y económica contenida en la norma programática de Falange>>[25]. Si trasladáramos sus contenidos a las formulaciones de derechos sociales su avanzada aportación para la época es indiscutible: derecho al trabajo, derecho a la seguridad en el trabajo, derecho a tener un trabajo estable, derecho a la vivienda digna (vivienda familiar inembargable), derecho a la protección sanitaria, derecho a un salario familiar y justo, derecho al descanso, derecho a la cultura y al ocio[26].
¿Qué es lo que el Fuero del Trabajo no asume, abandona o matiza del ideario falangista? En primer lugar, no solo se aleja de cualquier planteamiento de Estado Sindical, no serán los sindicatos los que dirijan la política económica, lo que corresponde al Estado, sino que como máximo, conociendo los problemas de la producción, podrán <<proponer sus soluciones subordinándolas al interés nacional>>. Sin embargo, al mismo tiempo sería difícil negar que los redactores habían introducido vías para que así fuera ya que, indirectamente, situaba a los sindicatos como único espacio de representación popular aunque atemperando la radicalidad de la propuesta de <<Estado Sindical>>, que entonces no se utilizaba por ser incorrecta ya que los falangistas definían su futuro Estado como <<nacional-sindicalista>>, al indicar que son un instrumento al <<servicio del Estado a través del cual realizará principalmente su política económica>>, pero estos sindicatos tenían que constituirse pues el Fuero era impreciso en este aspecto. Tampoco habrá nacionalización del crédito pero, de algún modo, anuncia una imprecisa reforma del mismo[27]. Aunque no existe en el Fuero una declaración concreta de <<reforma agraria>> queda como <<aspiración>> el deseo del Estado de <<arbitrar los medios conducentes para que la tierra, en condiciones justas, pase a ser de quienes directamente la explotan>>, pero lo que puede leerse entre frases es que la línea de actuación se iba a encaminar hacia la reforma técnica y no hacia una redistribución general de la propiedad realizada desde el Estado. Matizaciones importantes, porque marcan desde 1938 cuáles serán las áreas, las sociales, que estarán condicionadas por el discurso de los falangistas[28]. En realidad, la Revolución que prefiguraba el Fuero, y en esto no es difícil ver la tesis de Serrano Suñer, quien se inclinó por un texto de principios generales, como anota Fernández Carvajal, llevaría a un camino que montaría <<la economía española sobre carriles de paulatina reforma social y no sobre vías revolucionarias>>[29].
Poco antes de la promulgación del Fuero el Generalísimo firmaba la subida de los salarios en determinadas empresas (en las relacionadas con la producción del yute fue del 30% para los hombres y el 12% para las obreras). Pero no era más que una parte del rosario de normas de mejoras sociolaborales que desde 1937 se estaban publicando. En esa línea el Fuero del Trabajo no iba a tener el habitual componente de legislación beatífica, o el fácil recurso a dejar su cumplimiento a la etapa subsiguiente a la victoria en la guerra dada las limitaciones que esta imponía. No fue así porque el propio texto, por las obligaciones que establecía para el Estado, implicaba la conversión de los derechos teóricos en derechos reales y tangibles, en algunos ámbitos de forma inmediata[30]. Por ello, se puso en marcha su aplicación mediante leyes de desarrollo de los principios enunciados. En un balance hecho público en 1939 se indicaba que 25 apartados de los 59 contenidos en las XVI Declaraciones ya se habían puesto en marcha de forma total o parcial.
<<En los sindicatos: Reorganiza el Instituto social de Marina, iniciación del Sindicato Vertical de los hombres de mar, apoyo y tutela de los pescadores.
Para la defensa de los trabajadores: Reorganiza y pone en marcha, con una eficacia siempre creciente, los servicios de inspección de trabajo.
Dicta Reglamentos de trabajo para las faenas de la recolección agrícola, para la industria siderometalúrgica, para la minería de León y de Huelva, para la industria del yute, etcétera.
Señala los salarios mínimos, acabando de este modo con los jornales de hambre.
Protege el trabajo de la mujer, elevando los salarios y limitando la jornada.
En la Previsión: Reorganiza y da nuevo espíritu al Instituto Nacional de Previsión[31].
Reforma, para hacerlo realidad inmediata después del siniestro, el Seguro de Accidentes del Trabajo.
Para velar por las condiciones de vida de los trabajadores: Establece Bolsas de cura de aguas, poniendo al alcance de los más modestos el tratamiento médico más costoso[32].
Ordena la habilitación de comedores de obreros en las instalaciones de las empresas[33].
Para proteger eficazmente a la familia, célula fundamental, vivero de la raza: Promulga la Ley y Reglamento de Subsidios Familiares, edifica sobre bases firmes la Caja Nacional que ha de cumplirlo y empieza a pagarlo efectivamente.
Promulga la Ley sobre el Instituto de la Vivienda, que dotará de casas higiénicas y alegres a los trabajadores modestos de España>>[34].
Resulta interesante revisar estas primeras acciones positivas a partir de la promulgación de la que sería Ley Fundamental del régimen, porque definen muy bien los objetivos que en plena guerra se estaban proponiendo y no deja de sorprender que con las dificultades y necesidades propias de la guerra las promesas, lógicas desde un punto de vista propagandístico, se convirtieran en realidad inmediata anunciando un tiempo nuevo.
El 21 de abril de 1938 se creaba la Central Nacional Sindicalista (CNS), origen de lo que serían después los denominados Sindicatos Verticales y la Organización Sindical Española, aunque leyendo las disposiciones resulte evidente la tensión existente en este punto en el seno de la coalición política que apoyaba a Franco y la debilidad de la formulación teórica de referencia. Se ponía en marcha solo dos meses después de la promulgación del Fuero dentro de los márgenes inferidos en aquel texto, como instrumento colaborativo sobre la concepción de la empresa como una unidad orientada hacia un bien superior: el bien común y el bien de la Patria. No vamos a entrar en el análisis de lo que fue la Organización Sindical (¿se podría hablar de un <<sindicalismo franquista>>?) que, además, necesitaría una densa monografía. Desde el punto de vista de nuestro trabajo debemos remarcar la vertiente de los servicios sindicales que la OSE iba a ofrecer cuyo objetivo será beneficiar a todos los trabajadores independientemente de que estuvieran o no estuvieran sindicados (la sindicación no será inicialmente obligatoria ni en la CNS ni en el SEU; a finales de 1938 los afiliados a la Central Obrera falangista ascendía a 855.002 hombres). Al concluir 1938 se estimaba que el total presupuestario de los servicios asistenciales de la CNS era de 150 millones de pesetas anuales. Ahora bien, el lector debe tener presente a lo largo de este trabajo que la OSE fue un elemento activo a la hora de profundizar, mejorar y ampliar los derechos de los trabajadores, como iremos exponiendo sucintamente, al constituir un espacio reivindicativo dentro de sus canales y representación.
Los conflictos laborales correspondía resolverlos al Estado según la VII Declaración del Fuero, por lo que el Consejo de Ministros aprobó la supresión de los Jurados Mixtos de Trabajo y los Tribunales Industriales, creando la Magistratura de Trabajo por decreto del 13 de mayo de 1938. Una de las instituciones clave en el marco de las relaciones laborales durante todo el Régimen, pero su basculación hacia la protección de los trabajadores debería aguardar hasta que se desarrollase la legislación pertinente en línea con lo que sería el <<franquismo social>>, especialmente a partir de la revolución legal que iba a protagonizar José Antonio Girón tras la ley orgánica que la reguló promulgada el 17 de Octubre de 1944 y su relación con las disposiciones de la Ley de Contratos de Trabajo del mismo año. Lo cierto es que sobreponiéndose a la situación de guerra la Magistratura de Trabajo, pese a su funcionamiento en régimen provisional, inició su trabajo con regularidad (Tabla 9).
Ahora bien, velar por lo dispuesto en el Fuero del Trabajo y en las primeras disposiciones que lo desarrollaban, especialmente con respecto a lo dispuesto en la III Declaración en lo referente a la <<seguridad y continuidad en el trabajo>>, implicaba dar un impulso a la Inspección de Trabajo[35]. González-Bueno recordará la falta acuciante de personal con que tuvo que hacer frente a esta labor, lo que limitó inicialmente su aplicación.
| Tabla 9 Magistratura de Trabajo (agosto 1938-Enero 1939) | |||
| Período | Sentencias | Avenencias | Cantidades |
| Agosto 1938 | 248 | 162 | 69.622,19 |
| Septiembre | 196 | 156 | 64.497,50 |
| Octubre | 241 | 228 | 178.732,48 |
| Noviembre | 214 | 265 | 167.368,34 |
| Diciembre | 215 | 244 | 154.862,02 |
| Enero 1939 | 179 | 207 | 137.855,76 |
| Totales | 1.283 | 1.262 | 772.908,29 |
| Fuente: Ministerio de Organización y Acción Sindical | |||
El 19 de marzo de 1938, poco después de la promulgación del Fuero, un Decreto completaba el organigrama de los inspectores generales para la España nacional. A lo largo del régimen la Inspección de Trabajo se transformaría en un elemento fundamental y su operatividad queda puesta de manifiesto desde el primer momento[36]. Según los datos facilitados en marzo de 1939 por el Ministerio de Organización y Acción Sindical, con respecto a la actuación de la Inspección en 1931 (la República nunca publicó más datos), teniendo en cuenta además que eran datos para toda España, los inspectores habían realizado el triple de actuaciones sobre una población que era algo más que la mitad (11.418 en 1931, frente a las 32.392 de 1938). Repasando los textos de la época no es difícil percibir que tanto la puesta en marcha de la Magistratura de Trabajo como la acción de la Inspección de Trabajo no carecieron de frenos y barreras. Era evidente el choque entre el discurso y el deseo de los falangistas y los intereses de la oligarquía y el empresariado, de ahí la tendencia a envolver con palabras los deseos. Conforme los reglamentos de trabajo fueran publicados -en el franquismo sería habitual su periódica revisión- la Inspección tendría mayor capacidad sancionadora y los trabajadores mayor protección. La reglamentación era una obligación derivada de lo dispuesto en el Fuero que correspondía al Estado, cuya autoría recaería sobre el Ministerio de Trabajo quedando por tanto en manos de los falangistas. Naturalmente las inspecciones de los <<nuevos rojos vestidos de azul>> levantaban protestas, por lo que González-Bueno, a través de las publicaciones de 1938-1939, procuraba, tras recordar que <<la eficacia de este Servicio es la garantía del cumplimiento de las disposiciones ministeriales>>, aconseja que el ejercicio de esta función fuera cubierto con guante de seda:
<<Ni un soplo de demagogia pasa por las actividades del Estado en la España Nacional-Sindicalista. Sobre su actitud en el ejercicio de su función han recibido los inspectores consignas terminantes que, unidas al espíritu que les anima, impiden el espectáculo dado por los funcionarios marxistas actuando a espaldas del empresario y con espíritu de hostilidad hacia la empresa. Ha poco se recordó a los inspectores el nuevo concepto nacional-sindicalista de la empresa que les obliga a no cometer en el ejercicio de la inspección ningún acto que pueda quebrantar la disciplina o causar desdoro a las autoridades directoras del centro visitado. Esta actitud de corrección y de respeto no impide la actividad incesante y cuidadosa necesaria, decimos, para el cumplimiento de las normas establecidas en el Fuero>>[37].
Guante de seda y pretextos que no impedían que la Inspección, a pesar de sus limitaciones, ejerciera su labor tal y como se denota del resumen de actuaciones de julio de 1938 a febrero de 1939[38] (Tabla 10).
| Tabla 10 Actuaciones de la Inspección de Trabajo | |||
| Período | Visitas | Obreros | Sanciones |
| Julio 1938 | 2.939 | 31.857 | 66.920 |
| Agosto | 4.033 | 44.285 | 103.910 |
| Septiembre | 5.701 | 46.509 | 75.865 |
| Octubre | 6.160 | 52.498 | 158.175 |
| Noviembre | 6.728 | 63.030 | 137.965 |
| Diciembre | 6.831 | 68.120 | 140.072 |
| Enero 1939 | 4.110 | 49.953 | 66.270 |
| Febrero | 6.954 | 58.310 | 86.633 |
| Totales | 43.456 | 413.562 | 835.810 |
| Fuente: Ministerio de Acción y Organización Sindical, 1939 | |||
Pero no solamente eso, porque pocos meses después de la promulgación del Fuero el Generalísimo firmaba un decreto sobre Accidentes de Trabajo que permitía al Ministerio sancionar a las empresas que no cumplieran con la ley y no hicieran frente a los pagos por indemnizaciones. Estas sanciones eran publicadas en la prensa para que quedara de manifiesto la decisión del gobierno de actuar contra quienes tuvieran actuaciones negligentes, aun cuando los hechos fueran anteriores a 1936, especialmente en lo referente al pago por accidentes de trabajo. Así en octubre de 1938 era sancionada Izarra S.A. por un caso de 1935, también varias compañías de seguros como Winthertur, la Mutualidad Naviera de Vigo, La Preservatrice, La Providence o MAPFRE entre otras.
Magistratura e Inspección de Trabajo son los embriones que van a poner en pie el modelo de solución de los conflictos laborales que se puedan generar. Como anota Manuel Alonso el <<franquismo social>>, dentro de su concepción armonicista, adopta para dirimir los conflictos <<una solución que podríamos conceptuar como más rigurosamente técnica, en cuanto crea una jurisdicción especial>>, pero que se <<atribuye a órganos judiciales… cuyo ejercicio en el orden laboral solo se realiza después de haber ingresado originariamente en la carrera judicial>>. Hombres que van a estar imbuidos en el Derecho del Trabajo que edifica el régimen, ya que es en el mismo donde prácticamente nace en España, pesando en ellos la filosofía que arranca del Fuero del Trabajo. A partir de 1938 se pone en pie un modelo que tiene como base la Magistratura de Trabajo a nivel provincial, el Tribunal Central de Trabajo y en último término la Sala Sexta de lo Social del Tribunal Supremo. El procedimiento será, y volvemos a la síntesis de Manuel Alonso: gratuito, observando los <<principios sustantivos inspiradores del Derecho del Trabajo y consistente en la afirmación de la tutela o protección del trabajador y en el reconocimiento de la vigencia del principio de irrenunciabilidad de los derechos>>; con <<gran predominio del principio de impulso jurisdiccional de oficio, que otorga al Juez en el proceso laboral una función mucho más activa que en proceso civil>> con la intención de <<evitar que los derechos del trabajador puedan desconocerse en ciertos supuestos en los cuales la peculiaridad de las situaciones que se producen podría conducir a un abandono de aquellos>>; unidad de acto; <<predominio del principio de oralidad y concentración>>; <<principio de la inmediación, que implica, en todo caso, la garantía de que el mismo juez que ha conocido el acto del juicio>> dicte sentencia; <<principio de celeridad o rapidez>>[39]. Se establecía así un modelo de alta protección con amplias garantías para el trabajador (la irrenunciabilidad de los derechos es una clara muestra de ello). La consecuencia será la existencia de una amplísima jurisprudencia en este ámbito. Cualquier español de los años 60-70 recuerda como lo habitual era que Magistratura se pusiera al lado del trabajador[40].
El desarrollo del Fuero en materia de protección social y laboral también se activó muy rápidamente. La Ley de Reorganización del Instituto Nacional de Previsión se publicaba mediante un decreto de 15 de junio de 1938. Si seguimos a González-Bueno y a la publicística del Ministerio se racionalizaba su estructura, se hacía más austera en los organismos directivos. Se primaba la eficacia para transformar una estructura que según González-Bueno estaba prevista <<para ayudar a obreros jubilados sin tener otras fuentes de ingresos que las aportaciones que a lo largo de su vida hicieran los asociados y las subvenciones que el Estado estuviera dispuesto a conceder. En suma, la realidad es que las pensiones que se podían pagar a los asociados cuando alcanzaban la edad de jubilación eran insignificantes>>. El INP se iba a convertir en un elemento clave a la hora del desarrollo y aplicación del franquismo social, de la protección y atención al trabajador. Al igual que los Sindicatos o el Ministerio de Trabajo estuvo bajo el control de los falangistas y su discurso, contando para ello con un funcionariado vinculado a esa opción ideológica, punto de colocación de no pocos excombatientes. En relación con esta incipiente política es de subrayar el decreto de octubre de 1938 que modificaba la legislación con referencia a los accidentes de trabajo y el régimen de seguros para impedir los abusos de las compañías que fueron sometidas a inspección.
De un modo u otro el Fuero del Trabajo establecía la protección de la familia concebida desde un punto de vista católico. No es de extrañar que la publicación del decreto viniera a coincidir con la derogación de la ley del divorcio republicana aún en vigor aunque suspendida de facto. La política de protección a la familia iba a ser uno de los elementos destacados del franquismo social. De ahí que a los cuatro meses de la promulgación del Fuero el Caudillo firmara la Ley de Subsidios Familiares que, una vez realizado rápidamente su primer reglamento, se haría efectiva en marzo de 1939 cuando Franco, en un acto simbólico, entregó a 37 familias el primer subsidio. Cubría en ese momento a unas 350.000 familias (se iba cobrar a través de una Caja Nacional o era directamente abonado por las empresas). Franco había anunciado en 1937 que su objetivo era crear el salario familiar cuya primera manifestación eran las Cajas de Compensación abiertas en algunas provincias. El Generalísimo había tenido una conversación con el Padre Bartolomé Quetglas, figura eminente del catolicismo social, que había llevado a la práctica la idea del <<subsidio familiar>>, en realidad estamos hablando del embrión de un <<salario social>> sumado al salario del trabajador, mediante este tipo de Cajas en Mallorca, contando con el apoyo del falangista López Bassa. El sistema se extendió en estos meses a otras provincias con la colaboración de los falangistas. Es evidente que Franco asumió el planteamiento del padre Quetglas como punto de partida. Por indicación de Serrano Suñer llegaría al Ministerio de Organización y Acción Sindical un hombre importante en el INP, Severiano Aznar quien también tuvo relación con el Padre Queglas. Finalmente Aznar, padre del destacado falangista Agustín Aznar, invitaría a González-Bueno a seguir lo que ya se estaba haciendo para poner en marcha la importante Ley de Subsidios Familiares que, en realidad, iba a configurar y hacer realidad un derecho y no, por más que se empeñen para aminorar su significado social algunos autores, una norma paternalista, caritativa o benéfica[41].
| Tabla 11 Subsidios familiares (en pesetas) | |||
| Número de hijos | Mensual | Semanal | Diario |
| 2 | 15,00 | 3,75 | 0,65 |
| 3 | 22,50 | 5,65 | 0,95 |
| 4 | 30,00 | 7,50 | 1,25 |
| 5 | 40,00 | 10,00 | 1,65 |
| 6 | 50,00 | 12,50 | 2,10 |
| 7 | 60,00 | 15,00 | 2,50 |
| 8 | 75,00 | 18,75 | 3,15 |
| 9 | 90,00 | 22,50 | 3,75 |
| 10 | 105,00 | 26,25 | 4,40 |
| 11 | 125,00 | 31,25 | 5,20 |
| 12* | 145,00 | 36,25 | 6,05 |
| * A partir de aquí se incrementaría en 25 pesetas mensuales más por cada hijo.
Fuente: Hoja de propaganda de la CNS, 1939. |
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Aunque no se definiera así la Ley creaba un seguro social obligatorio que venía a mejorar el salario de los trabajadores en función del número de hijos o de familiares dependientes que sin ser hijos no tuvieran subsidio alguno (Tabla 11). En la propaganda de la CNS esta medida se presentaba como muestra de la revolución nacionalsindicalista afirmando que para <<esto ha sido la guerra>>. Era una ayuda relativamente importante que algunos historiadores buscan como aminorar, cuando el solo hecho de su implantación en momentos de guerra ya es de por sí trascendente. Los salarios de los trabajadores no eran altos, menos en una situación de guerra, probablemente podrían estar en un abanico comprendido entre las 6 y las 10 pesetas diarias de media en función del puesto (los soldados en el frente cobraban en torno a las 7 pesetas en la zona nacional). El primer subsidio, vigente hasta 1941, suponía para una familia de la época entre 30 y 40 pesetas más al mes. Se estimaba que antes de la entrada de los nacionales en Cataluña se abonaban unas 600.000 pesetas diarias en este tipo de subsidios. Medida que no podemos disociar del subsidio establecido para los familiares de los combatientes nacionales sin ingresos o con ingresos insuficientes (se indicaba que era para familias existentes antes del 18 de julio: 3 pesetas para un familiar y 1 más para cada hijo hasta 8 pesetas como máximo)[42].
Cierto es que las cantidades iniciales no eran muy altas, pero lo fundamental era tanto la puesta en marcha del subsidio como su consideración como derecho. Algo que reconocía el propio régimen, ya que en 1941 se produjo el primer incremento que fue de un 100%, cuando existían graves problemas para la inmensa mayoría de las familias de trabajadores asalariados. Según un informe, aplicando los precios de tasa, una familia obrera de 4 personas necesitaba para mantenerse en los márgenes de una ración alimenticia teórica 9,56 pesetas diarias. Los jornales <<promedios son 13,30 pts. máximo, 10,60 pts. medio y 7,90 mínimo, y admitiendo que el 70% del jornal se consuma en alimentos, resulta en la hipótesis, totalmente utópica, de que al obrero se le pueda dar la ración que necesita para su sostenimiento, solo los jornales máximos podrían vivir; los medios tendrían que consumirse íntegros en la alimentación, y los mínimos no llegarían a adquirir lo indispensable para poder sustentarse, teniendo, solo para comer, un déficit del 25%>>. La subida de los subsidios fue importante, aunque no decisiva para los jornales más bajos que para una familia de 4 personas incrementaba la disponibilidad en 2,50 pesetas. Ahora las familias medias cobraban unas 60-80 pesetas más al mes en unos salarios que podrían estar al mes entre las 230 y las 400 pesetas (las familias con más de 12 hijos percibirían 200 pesetas más por cada hijo). Pero es que además se estipuló que se abonarían atrasos del 50% desde la fecha de la primera percepción, lo que fue un alivio para no pocas familias pues recibieron unas 400 pesetas para una familia con dos hijos[43]. José Antonio Girón, partidario de la defensa de la familia del trabajador, desde el Ministerio de Trabajo impulsará el incremento y ampliación del mal llamado subsidio. De su mano se producirá la extensión de las ayudas familiares al sector agrario (10-2-1943), sector pesquero (29-9-1943), a los militares (2-2-1943 y 18-12-1950) a los funcionarios del Estado (15-7-1954) y a los funcionarios de las administraciones locales (27-12-1956).
En enero de 1939, en un discurso usualmente no incluido en las publicaciones, Franco, dirigiéndose a los catalanes tras la toma de Tarragona, insiste en cuál es su proyecto social:
<<La España Nacional lucha por la unidad y el engrandecimiento de la Patria, salvándola de la desmembración y de la muerte; por la defensa de su fe y de su civilización, por devolverla el sentido católico y tradicional que forjó su grandeza; por restablecer la paz y el amor entre los españoles escindidos por un siglo de enconadas luchas sociales y políticas; por reintegrar a los sindicatos a sus grandes y pacíficas funciones económicas y sociales; por defender la riqueza nacional de sus sistemática destrucción por la anarquía; por multiplicar su riqueza, vigorizando su antes decadente economía; porque la riqueza cumpla su obligación de mejorar la vida de todos los españoles; porque no haya un hogar sin lumbre ni una familia sin pan; porque existan muchos menos pobres y menos grandes ricos; porque la clase más débil no sea expoliada por la más fuerte o dotada; por redimir al campesino de la usura o pobreza secular; por arrancar de la miseria a los trabajadores del mar; por librar a las clases media y humilde del terrible azote de la tuberculosis; por evitar a España la terrible mortalidad infantil; porque desaparezcan de nuestro territorio las míseras y lóbregas viviendas, sustituyéndolas por otras alegres y habitables; por devolver a nuestros montes la riqueza forestal perdida; por hacer efectivo el pronto riego de nuestras extensas tierras áridas y ardientes; por salvar a la familia del materialismo y la disolución; por elevar el nivel de cultura de nuestra nación, que por falta de medios no se pierda ninguna inteligencia; por reintegrar a España al puesto que en el mundo le corresponde; por llevar amparo y eficaz ayuda a los millares de españoles perdidos por el mundo y por devolverles el orgullo de ser españoles.
Por esto luchamos y contra esto lucháis.
De cómo cumplimos este programa lo pregonan nuestras leyes y nuestras nuevas instituciones: la de Auxilio Social, con millares de comedores y guarderías infantiles en toda la España liberada; el Servicio Social de la Mujer, que estimula y premia el amor a los necesitados; el subsidio a las familias de los combatientes pobres, que les asegura la normalidad de sus ingresos; la ley de exención del pago de alquileres a los obreros sin trabajo; la Fiscalía de la Vivienda, que corrige las exigencias de los hogares humildes; la ley de préstamos bancarios para las carreras de los hijos de los funcionarios; el Patronato Nacional Antituberculoso, que en plena guerra ha creado ocho mil camas para los tuberculosos; la ley que obliga al establecimiento de los comedores en las fábricas para comodidad de los trabajadores; la mejora de la ley de seguros de accidentes; la ley del trigo que, revalorizándolo, convierte en realidad nuestro lema de “Arriba el campo”; la ley de préstamos a los cultivadores, facilitándoles simientes seleccionadas; la revalorización de la tasa mínima de pescado en beneficio de los trabajadores del mar; la ley de concesión de derecho al trabajo remunerado a los penados en beneficios de sus familias; la ley de redención de las penas por el trabajo; el patronato Nacional de Ciegos[44]; la nueva ley de Enseñanza, con numerosas becas para los estudiantes pobres, y la nueva ley que establece en toda España el salario familiar.
Jamás nación alguna creó y llevó a la práctica y menso tiempo y más difíciles circunstancias instituciones y leyes de un fondo social tan humano y tan justo.
Esta es nuestra ejecutoria y nuestro proceder, así concebimos y así forjamos España>>.
Quedaría, en paralelo, hacer una breve referencia a los servicios puramente asistenciales, que también formarían parte del franquismo social, que durante la guerra y la posguerra van a estar en gran parte ligados a los falangistas y fundamentalmente a la Sección Femenina[45] (dejamos a un lado los vinculados a la Iglesia al no formar parte del Estado[46])[47]. En el otoño de 1936 la Sección Femenina de la mano de Mercedes Sanz Bachiller, viuda del líder falangista Onésimo Redondo, creaba el Auxilio de Invierno, que después se transformará en Auxilio Social bajo la consigna de <<La Madre y el Niño>>[48]. Se trataba de atender a los niños con necesidades por causas de la guerra en unos comedores que pronto poblarían todo el territorio nacional (higiene, ropa y alimentación); después atenderían a familias necesitadas, incluso en sus propios domicilios[49]. Pero el plan era mucho más ambicioso ya que se preveía abrir guarderías, centros para internado de huérfanos y colonias veraniegas. Desde su creación oficial se dejó bien claro que no se trataba de una institución benéfica, sino de asistencia social (Decreto de 17-5-1940), producto de un deber dimanado del concepto falangista de la justicia.
<<[Los medios] se los proporcionamos, no por un sentimiento piadoso ni por sensiblería, no como una obligación o un deber inherente al lustre, al rango de ciertas clases sociales, no por coincidir con la fórmula del utilitarismo de las máximas facilidades para un máximo número de hombres, ni tampoco por alcanzar recompensas y alabanzas a nuestra generosidad o a nuestra filantropía, sino solo y exclusivamente como un deber que tenemos con hombres que son españoles también. Por eso, cuando Auxilio Social entra en auxilio de las poblaciones liberadas y establece una cocina o un comedor, no empieza por averiguar ni pregunta a nadie su filiación política o sus creencias religiosas.
Por eso, cuando en nuestros Hogares recoge a los niños huérfanos o abandonados, lo hace lo mismo con los hijos de los rojos que con los que no lo son. Por eso realiza su tarea sin buscar el aplauso, la populachería o el sometimiento, aparente o sincero de nuestros enemigos, sino que realiza su misión de una manera objetiva y racional, como aplicación del exacto concepto que la Falange tiene de la justicia>>[50].
Además, en 1938 las chicas de la SF creaban la <<Hermandad de la Ciudad y el Campo>> destinada a prestar ayuda a las campesinas ayudándolas a mejorar sus conocimientos y cómo hacer frente a su labor; también marcharían a suplir en las faenas del campo a los hombres que estaban en el frente. Franco, quizás debido a la actuación que estaba realizando la SF y Auxilio Social y a las miles de voluntarias que estaban prestando auxilio a la causa nacional, publicó el 7 de octubre de 1937 un decreto estableciendo el Servicio Social de la Mujer que debería cumplirse en Auxilio Social durante seis meses[51]. Según los datos de la Sección Femenina, entre Diciembre de 1937 y enero de 1938, medio millón de mujeres prestaron su concurso en el Servicio Social. Las chicas del Servicio Social, la inmensa mayoría con la simbología falangista, constituyeron un inevaluable sistema de ayuda social gratuito, ya que se ocupaban de preventorios, asilos, hospitales, comedores, talleres, etc., pero siempre que estuvieran cubiertas las necesidades de Auxilio Social. Franco asumió muy pronto el valor que la Sección Femenina iba a tener, de ahí el apoyo que siempre brindó a Pilar Primo de Rivera:
<<Vosotras, mujeres españolas, sois las que habéis dado ejemplo, ¿o es que no dicen nada las enfermeras ovetenses en los día del duro pelear, cuando, derrumbado el hospital, sacaban en hombros a sus heridos?, ¿es que no llama al corazón de todos los españoles el ejemplo de aquellas mujeres en Belchite?, ¿es que puede nadie permanecer indiferente ante el heroísmo de Huesca[52], de Teruel[53], de Madrid, Carrascalejo y tantos puntos de los frentes que vieron el valor de la mujer española?
No acaba vuestra labor con lo realizado en los frentes, en vuestro auxilio a las poblaciones liberadas, vuestro trabajo en los ríos, en las aguas heladas lavando ropa de vuestros combatientes. Todavía os queda más, os queda la reconquista del hogar. Os queda formar al niño y a la mujer española. Os queda hacer a las mujeres sanas, fuertes e independientes… Tengo fe en vuestra obra. Yo os ayudaré. Yo haré que a todos los hogares españoles pueda llegar la comida y la alegría>>.
En un año la Sección Femenina, según sus datos, contaba con 400.000 afiliadas y a finales de 1938 se alcanzaban las 500.000, aunque es difícil precisar si en esta contabilidad se incluían a las prestatarias del Servicio Social, pero es un número lógico si atendemos al proceso de movilización civil creciente que se produjo en la zona nacional[54]. En cualquier caso se trataba de un auténtico ejército en la retaguardia nacional. Con tal capital humano las mujeres de la Falange, con las que prestaban el Servicio Social, se lanzaron a mantener los comedores de Auxilio Social[55], a despiojar niños, a iniciar sus campañas higiénico-sanitarias para acabar con la mortalidad infantil a través de las divulgadoras y a montar en los pueblos donde hubiera una maestra falangista clases gratuitas para mujeres analfabetas. Además, consiguieron que se les permitiera poner en marcha la Regiduría Central de Enfermeras de la SF. En 1939 Auxilio Social asistía diariamente a 1.044.968 personas.
<<Por cada niño que deje de morirse -afirmaba Pilar Primo de Rivera en 1944- le habéis hecho un servicio a España mucho más grande de lo que vosotras podéis figuraros. Porque los ideales de nuestro Estado falangista no tendría realización posible si España no acometiera de verdad una seria política demográfica. No contaremos con una Nación más potente que cuando tengamos un pueblo numeroso y vigoroso.
Vais a poneros en contacto con las miserias de la vida; vais a ver quizá seres viviendo en condiciones infrahumanas; por eso, necesitáis de toda vuestra fortaleza para llegaros a ellos, no como plañideras angustiadas, que eso es decadente, sino como camaradas bien templadas que vais a procurar con todas vuestras fuerzas ponerle remedio a sus males.
[…] Y al mismo tiempo, tenéis que ir inclinando la voluntad de todos aquellos que aún no nos conocen, hacia nuestro Movimiento. De esta manera, todos los días y en cada casa de España sabrán que cayeron nuestros muertos precisamente para que aquellos que no nos conocen vivan mejor>>.
Con el final de la guerra la Sección Femenina en general y Auxilio Social en particular se habían trazado nuevas y ambiciosas metas que iban a cubrir muchas necesidades de los menos desfavorecidos en la España de la primera posguerra, tal y como anotaba Carmen de Icaza en 1940:
<<Ahora al paso alegre de la paz, irá entrando Auxilio Social paulatinamente en una nueva fase. Del socorro urgente impuesto por las circunstancias pasará con marcha firme a lo que ha de ser su actuación definitiva: una magna acción de mejora del nivel de vida de la población española, a través del amparo moral y material de la maternidad, de la protección al niño desde el seno materno, de la lucha, con armas de higiene y al margen de toda sociedad por perfectamente organizada que esté, únicamente constructiva. Porque beneficioso resulta curar a niños escrofulosos y anémicos, pero mejor es criarlos sanos y fuertes. Beneficioso, amparar a madres enfermas, pero mejor evitar que se agoten, vigilando su trabajo y enviándolas oportunamente a hogares de reposo. Beneficioso que acudan equipos femeninos a limpiar casas miserables, pero mejor construir viviendas claras y dignas y enseñar a las mujeres de España sabor hogareño. Por eso Auxilio Social no ha burlado nunca a la necesidad con tres biberones, cuatro abriguitos y dos vales de cocido, sino que en lucha honrada ha ofrecido soluciones totales>>.
Auxilio Social extendió sus prestaciones a través de la Obra Nacional-Sindicalista de Protección a la Madre y al Niño[56], el Auxilio al Enfermo y a la Vejez, Fomento del Trabajo y Obra del Hogar Nacional-Sindicalista (OHS)[57]. Tras el final de la guerra civil la SF ampliaría sus acciones con la creación de las Escuelas Hogar y las Escuelas de Formación, aunque en muchos lugares el centro era el mismo, destinadas unas a mejorar la vida doméstica formando divulgadoras (decoración, economía doméstica, cocina, puericultura, labores) que luego transmitían lo aprendido en los núcleos rurales y otras a luchar contra el analfabetismo y la incultura de las mujeres. Pronto se sumaron a esta tarea las promociones de Divulgadoras Sociales. En junio de 1942 completaba el programa la creación de la Escuela de Enfermería de la SF[58], que complementarían a las Divulgadoras Sociales en la labor de combatir la mortalidad infantil. En los primeros años 40 la SF extendió su acción a las mujeres trabajadoras creándose las Granjas-Escuela y haciéndose cargo de la formación de la mujer trabajadora a través las Obras Sindicales de la Organización Sindical (Educación y Descanso, Obra Nacional de Artesanía, Colonización y Previsión Social).
En la España de posguerra, del hambre y las cartillas de racionamiento, sería difícil de minusvalorar la ayuda social que realizó Auxilio Social atendiendo en sus comedores a cientos de miles de personas diariamente (Tabla 12). A principios de los años sesenta su labor era prácticamente marginal al cerrarse la inmensa mayoría de los comedores. España ya era otra.
| Tabla 12 Instalaciones y asistencia diaria por parte de Auxilio Social (1939-1947) | ||||
| Año | Comedores infantiles | Niños asistidos | Cocinas de Hermandad | Adultos asistidos |
| 1939 | 2.847 | 496.637 | 1.561 | 548.331 |
| 1940 | 2.254 | 288.548 | 1.355 | 333.396 |
| 1941 | 2.373 | 245.318 | 1.522 | 235.157 |
| 1942 | 2.163 | 209.818 | 1.262 | 196.483 |
| 1943 | 2.026 | 207.880 | 1.180 | 132.214 |
| 1944 | 1.673 | 122.401 | 1.152 | 104.447 |
| 1945 | 1.350 | 100.940 | 812 | 83.563 |
| 1946 | 1.340 | 93.105 | 817 | 74.209 |
| 1947 | 844 | 42.025 | 522 | 32.894 |
| Fuente: AGA reproducido por Laura Sánchez Blanco. | ||||
Franco encontró en la Sección Femenina la mejor colaboración en la primera posguerra para luchar contra la mortalidad infantil y combatir el hambre en toda España. Aunque la actividad de la SF en este terreno ya había comenzado, el 12 de julio de 1941 el Caudillo firmaba la Ley de Sanidad Infantil y Maternal. La Ley establecía claramente que en esta labor cooperaría la Sección Femenina, especialmente en todo lo relativo a la higiene infantil que se encomendaba a sus divulgadoras sanitario-rurales; les correspondía la propaganda y divulgación de la puericultura. Trabajo naturalmente gratuito. Sobre la mesa de Franco quedaba un informe de lo realizado fechado en 1942 y era para sentirse satisfecho. Además la acción social que estaban llevando a cabo era apreciada no solo por los vencedores de la guerra sino también por los que la habían perdido, tal y como entre líneas se podía leer en los informes que la DGS hacía llegar al Generalísimo, como en este sobre la provincia de Cáceres:
<<Auxilio Social.- Labor que realiza.- Su labor es de la mayor consideración teniendo en cuenta las dificultades que tienen que vencer para su desarrollo, siendo numerosas las personas necesitadas que actualmente tiene bajo su protección contando con la admiración, respeto y apoyo, sin distinción de matices políticos por ser francamente admirables los cuidados prestados a cerca de dos mil niños acogidos en los tres comedores abiertos en esta Capital, más una Cocina de Hermandad con 240 adultos; un centro de alimentación infantil donde se les proporciona leche a 260 lactantes, una guardería infantil que reúne las mejores condiciones de higiene y salubridad donde reciben toda clase de atenciones y cuidados unos 100 niños; extendiéndose esta misma labor a los pueblos y especialmente a la región de Las Hurdes, donde se halla instalada una residencia infantil para niños pobres>>[59].
En 1940 se habían formado 1.225 divulgadoras, en 1941 se sumaban otras 1.559. Su olvidada labor fue fundamental en los años de la posguerra como apoyo a la labor social del régimen. Dejemos abierta al lector la opinión leyendo el informe que Franco guardó, en el que además se pone de manifiesto su actuación como <<inspectoras>> para el cumplimiento de las leyes sociales, señalando y denunciando, además, las carencias de la época:
<<Las Divulgadoras Sanitario-Rurales tienen la misión de visitar constantemente todas la viviendas de los pueblos para realizar por una parte una labor informativa, poniendo en conocimiento de los médicos, Autoridades Locales o Delegación Provincial de la Sección Femenina, las diversas necesidades encontradas en sus visitas, vigilando al mismo tiempo la higiene en las viviendas y el cumplimiento de las órdenes médicas y por otra parte una labor de Divulgación enseñando a las madres los cuidados de sus hijos, vigilando su desarrollo y crecimiento comunicando al médico sus impresiones, dando normas sobre higiene, aislamiento de enfermos proporcionando a estos los cuidados convenientes bajo la vigilancia del médico, divulgando las ventajas de las vacunaciones, etc., etc…: Acompañan a médicos en sus visitas y en días sucesivos vigilan el estado de los enfermos.
Realizan gestiones para ingresar en diferentes Centros Sanitarios a los enfermos correspondientes.
Consiguen que todos los niños sean sometidos a una vigilancia médica así como los tuberculosos y las embarazadas.
La Divulgadora visita las Escuelas, los Comedores de Auxilio Social, vigilando la higiene de los mismos y aseo de los niños, separando de los demás aquellos que no presentan el aspecto adecuado.
Vigilan asimismo, la higiene en las calles, en lavaderos públicos, denunciando todas las irregularidades al Ayuntamiento.
Enseñanza a sus vecinos cómo deben inscribirse al Subsidio Familiar, Seguros de Vejez, de Maternidad, orientándoles y divulgando sus beneficios consiguiendo de esta manera que lleguen hasta el más lejano caserío, las ventajas de las Leyes Sociales del nuevo Estado.
Denuncian irregularidades en el pago y además anormalidades observadas.
Divulgan las ventajas de la Obra Sindical del Hogar, y colaboran con la Fiscalía de la Vivienda.
En sus visitas a las viviendas se informan de los niños que hay sin bautizar, sin hacer la 1ª Comunión, así como Matrimonios que hay que realizar, y ponen en conocimiento del Párroco estas anormalidades, colaborando con ellos en esta magnífica labor espiritual siempre que sus servicios son requeridos.
Las necesidades encontradas a su paso son innumerables, y no siempre es posible solucionarlas con las Autoridades Locales. Las Divulgadoras en estos casos ponen en conocimiento de la Delegación Provincial de la Sección Femenina la existencia de las más urgentes, ya que no es posible dar solamente consejos en aquellas viviendas donde existe un fundamental problema de vida. La Sección Femenina ha podido hasta la fecha ir solucionando miles de necesidades llevando el correspondiente control de todos los pedidos. Estas en su mayoría han sido, canastillas, ropa, medicamentos y diferentes alimentos, así como leche y harina para los niños.
| Tabla 13 Labor asistencial de las Divulgadoras de la Sección Femenina
(Probablemente 1941, datos parciales) |
|||
| Tipo de labor | Totales | ||
| Visitas | Prenatales | 43.471 |
708.672 |
| Lactantes | 118.826 | ||
| Niños pre-escolar | 56.669 | ||
| Escolar | 60.720 | ||
| Enfermos | 318.973 | ||
| Viviendas | 69.732 | ||
| Comedores A. Social | 29.326 | ||
| Escuelas | 10.955 | ||
| Vacunaciones B.C.G. | 94.960 | ||
| Curas realizadas | 79.455 | ||
| Inyecciones aplicadas | 88.704 | ||
| Charlas de Puericultura | 69.167 | ||
| Socorros | Alimentos | 156.840 |
242.338 |
| Ropas | 31.860 | ||
| Medicamentos | 242.338 | ||
Además de los servicios constantes que diariamente realizan las Divulgadoras Sanitario-Rurales, la Delegación Nacional de la Sección Femenina traza anualmente un plan de campañas sanitarias, para colaborar de una manera eficaz con la Sanidad Nacional en la difusión y propaganda de normas sanitarias, y para intensificar al mismo tiempo la lucha contra la mortalidad infantil en algún terreno determinado.
Las divulgadoras realizan estas campañas en el medio rural.
En el año 1940, con motivo del Día del Caudillo se inicia una activa propaganda de puericultura, principal medio de luchar contra la mortalidad infantil. Durante una semana se esforzaron todas nuestras camaradas en llevar esta propaganda hasta el último rincón de nuestra Patria, por medio de prensa, octavillas, folletos, conferencias, etc.
[…] Durante el presente año se están llevando a cabo las siguientes campañas sanitarias.Campaña de Vacunación Antidiftérica. Para poder realizarla se ha logrado desde la Delegación Nacional de la Sección Femenina, una cantidad de vacuna antidiftérica.
En esta campaña se realiza una activa propaganda y se procede a la vacunación de todos los niños españoles comprendidos entre la edad de 1 a 4 años época de la vida de mayor receptividad, pudiendo asegurar que lograremos un número de vacunaciones no menor de un millón de niños. Esta campaña continúa desarrollándose en la actualidad y hasta la fecha se llevan vacunados un número de 309.506 niños.
Debe hacerse resaltar la elevada proporción de vacunas conseguidas en el medio rural, donde hasta la fecha puede considerarse que no se practicaba la vacunación.
Se ha conseguido que las Divulgadoras Sanitario-Rurales, visiten todas las viviendas donde exista un lactante, llevando propaganda e intensificando su vigilancia y consejos. Como medio eficaz de esta propaganda la Sección Femenina ha editado su Cartilla de la Madre donde se dan normas concretas sobre alimentación y cuidado de los niños.
Se ha hecho comprender a las madres, mediantes las convenientes explicaciones, la necesidad de que su hijo sea sometido a vigilancia médica, bien en Centros de Puericultura donde existan, o en Consultas Médicas.
Para mejor lograr este fin perseguido, y proporcionar al mismo tiempo un alimento adecuado a los niños en esta época peligrosa, la Sección Femenina ha conseguido poder repartir en toda España, harina irradiada perfectamente preparada, que no se ha entregado, sin previa autorización médica, obligando así a las madres a pasar por una consulta y se ha logrado distribuir con preferencia en los lugares más apartados y abandonados donde se ha podido comprobar palpablemente la mejoría de los niños y de esta manera se ha salvado la vida a muchos niños>>[60].
[1] Para que el lector pueda hacerse cargo de la situación real bastaría con recordar que en 1912 se aprobó, como gran muestra de la preocupación social, la denominada Ley de la Silla, por la que, en los trabajos que no fueran realizados en las fábricas, las trabajadoras tendrían derecho a tener una silla. Creemos que sobran los comentarios.
[2] Conviene recordar que el socialismo prestó su apoyo a la dictadura con la colaboración de Largo Caballero. Este era partidario de participar en el sistema de Primo de Rivera para obtener avances en las reivindicaciones sociales, el tema de que hubiera democracia o dictadura no era relevante. En octubre de 1924, siendo secretario general de la UGT y miembro de la ejecutiva del PSOE, entró a formar parte del Consejo de Estado de la Dictadura. El PSOE y la UGT apoyaron de forma mayoritaria la participación. Julián Besteiro se puso al lado de Largo Caballero una vez que accedió a la presidencia del PSOE. Esta colaboración se mantendría hasta 1929.
[3] En 1940 se aprobaba el Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo, mucho más avanzado que lo que se infería de la Ley del Contrato de 1931; en 1942 aparecería la Ley de Reglamentaciones de Trabajo y en 1944 la Ley de Contrato de Trabajo. El fallo en esta legislación aparecería en lo referido a la situación de los jornaleros en el campo donde los cambios serían más lentos y en este terreno es achacable a Franco, por sus <<hipotecas de la victoria>>, su falta de decisión hasta encontrar el camino de su particular reforma agraria.
[4] ALONSO GARCÍA, Manuel: <<El Derecho del Trabajo>> en El Nuevo Estado español. 25 años de política del Movimiento Nacional. 1936-1931. Instituto de Estudios Políticos; Madrid, 1961, p. 590.
[5] FRANCO, Francisco: <<¿Dónde estamos?>>, La Revue Belge, 15-8-1937.
[6] Los estatutos serán reformados levemente en un decreto firmado por Franco el 31-7-1939.
[7] Al Consejo Nacional le correspondía estatutariamente decidir sobre: <<las líneas primordiales de la estructura del Estado>>, <<las normas de ordenación sindical>> o <<las grandes cuestiones de orden internacional>> entre otras.
[8] La Junta Política estaría dominada en los años de Serrano Suñer por los falangistas dado su peso en la misma. De hecho al menos el 65% de los miembros del Consejo Nacional eran falangistas. Entre ellos casi todos los dirigentes importantes de la Falange: Pilar Primo de Rivera, Miguel Primo de Rivera, José Antonio Girón de Velasco, José Luis de Arrese, Sancho Dávila, José Antonio Elola, Raimundo Fernández Cuesta, José Luna Meléndez, José María Alfaro, Rafael Sánchez Mazas, Pedro Gamero del Castillo, Agustín Aznar, Manuel Mora Figueroa, Dionisio Ridruejo y Gerardo Salvador Merino. A los que se añadía Ramón Serrano Suñer.
[9] Los Estatutos fijan un mínimo de secciones-servicios: Exterior, Educación Nacional, Prensa y Propaganda, Sección Femenina, Obras sociales, Sindicatos, Organización Juvenil, Justicia y Derecho, Iniciativas y Orientaciones de la Obra del Estado, Comunicaciones y Transportes del Movimiento, Tesorería y Administración, Información e Investigación.
[10] ABC, 22 y 23-2-1938.
[11] Declaraciones de Franco a Harold A.R. Philby para el diario The Times. ABC, 6-3-1938.
[12] El Decreto de transformación de la Junta Técnica en Gobierno establecía que, manteniendo lo dispuesto en el Decreto de la Junta de Defensa de 29 de septiembre de 1936 correspondía a Franco la <<suprema potestad de dictar normas jurídicas de carácter general>>, y que estas adoptarían la forma de leyes cuando <<afecten a la estructura orgánica del Estado o constituyan las normas principales de la ordenación jurídica del país>>, lo que solo relativamente hacía el Fuero del Trabajo, por lo que de acuerdo con la norma era lógico que fuera un decreto. Cfr. ABC, 1-2-1938.
[13] Como negar lo evidente es imposible, algunos autores como Ruiz Resa nos explican que no puede ser considerada como tal porque el régimen de Franco era una dictadura y por tanto no es posible otra cualificación. RUIZ RESA, Josefa Dolores: Los derechos de los trabajadores en el franquismo. Dykinson, S.L. Madrid, 2015, p. 13-14.
[14] Persiste sin solventar un pequeño debate sobre la autoría real del texto. Staley G. Payne, siguiendo fuentes orales interesadas, indicó que existieron dos proyectos siendo rechazado el preparado por Joaquín Garrigues y Francisco Javier Conde por considerarse radical. Según Thomas hubo dos borradores: uno dirigido por Fernández Cuesta, más radical, en el que participarían Garrigues, Conde y Rodrigo Uría, y otro el de González Bueno, aunque en realidad, de existir dos borradores los autores de esta propuesta debieron de ser Esteban Bilbao, Eduardo Aunós y Yanguas Messía. Tanto Fernández Cuesta como González Bueno dieron su versión en sus memorias, pero con notables imprecisiones en el caso de Fernández Cuesta. Conviene recordar que Franco había anunciado que se estaba trabajando en este Estatuto meses antes, por lo que es probable que estos borradores, enfrentados, fueran producto de ese trabajo. Como sería habitual en Franco el proyecto debería contar con el apoyo de todos y el consenso parecía imposible. En concordancia con la lógica y lo que sabemos fehacientemente Franco, al constituir el gobierno, decidió poner fin a las dilaciones y encargó a González-Bueno no solo la redacción del proyecto sino la misión de, como Ministro, sacarlo adelante. Entonces se consideraba a González-Bueno un hombre próximo a Serrano Suñer. Sabemos que el Ministro preparó un nuevo texto y a partir de ahí lo sucedido se vuelve impreciso más allá de las diferencias que se pusieron de manifiesto en el Consejo Nacional. Algunos han subrayado la participación de Serrano Suñer, pero este negó toda intervención más allá de que estaba presente en las reuniones como presidente de la Junta Política. Franco había decidido que la elaboración se adaptara al modelo de Estado que estaba surgiendo. En vez de aprobar un texto de forma directa, lo sometía a la estructura de gobierno existente en ese momento en un tiempo clave, cuando acaba de constituir un gobierno y evidentemente quiere que el mismo actúe conforme a la norma que lo había creado. La propia redacción del Fuero del Trabajo, a veces con frases y propuestas que no se sabe qué hacen en algún apartado, revelan que el ultimátum de Franco para que se aprobara un texto de forma inmediata tuvo su efecto. Según Fernández Cuesta la redacción final fue obra de una comisión presidida por Juan Antonio Suanzes, Ministro de Industria y amigo personal de Franco, en la que estaban González-Bueno y él. Lo que Fernández Cuesta no dice es que disentía del planteamiento que se estaba haciendo con respecto a la futura Organización Sindical. Si seguimos lo publicado por la prensa, la ponencia estuvo integrada por 12 personas. Es seguro que, de un modo u otro, participaron en la elaboración del Fuero del Trabajo: Gónzalez-Bueno, Fernández Cuesta, Andrés Amado, Dionisio Ridruejo, Juan Antonio Suanzes, Eduardo Aunós, Esteban Bilbao, Yanguas Messía y, en menor medida, Serrano Suñer (Conde y Garrigues solo en un borrador anterior), es casi seguro que también participó López Bassa. El decreto indica que es obra del Consejo Nacional de FET de las JONS. Cfr. THOMAS, José María: La Falange de Franco. Fascismo y fascistización en el Régimen franquista (1937-1945), Plaza & Janes; Barcelona, 2001, pp. 69-81; FERNÁNDEZ CUESTA, Raimundo: Testimonio, recuerdos y reflexiones. Dyrsa; Madrid, 1985, pp. 194-195; SAÑA, Heleno: El franquismo sin mitos. Conversaciones con Serrano Suñer. Grijalbo; Barcelona, 1982, pp. 98-100; GONZÁLEZ-BUENO: op. cit. pp. 147-151.
[15] Nacido en 1896 en Madrid pertenecía a una familia numerosa. Su padre era abogado del Estado. Con sus hermanos asistió a clase en la Institución Libre de Enseñanza. Cursó estudios de ingeniero de Caminos. Durante la República se situó en las filas de Calvo Sotelo. Tras el asesinato del líder de Renovación Española salió de Madrid dirigiéndose a Pamplona para unirse al general Mola formando parte de la Junta de Defensa en la Comisión de Industria y Comercio. Se afilió a Falange Española en el otoño de 1936. Partidario de la Unificación colaboró con Serrano Suñer para su consecución. Franco le designó miembro del Secretariado de la primera Junta Política de FET. En enero de 1938 sería nombrado ministro de Acción y Organización Sindical, cargo en el que permanecería hasta 1939 cesando por el problema que estaba suscitando la puesta en marcha de la Organización Sindical. Después sería miembro del Consejo de Obras Públicas, Consejero Nacional, Procurador en Cortes y durante 9 años miembro del Consejo de Estado. Desarrolló después una importante actividad profesional en la RENFE, SICE, Citroën Hispania y Caser.
[16] Aunque González-Bueno en sus memorias indica que no tuvo a la mano el texto de Mussolini es evidente que algunos de los contenidos son similares a los que aparecían en la Carta del Lavoro italiana, promulgada por Edmondo Rossoni y aprobada por el Gran Consejo Fascista, sobre todo en los aspectos de mejoras sociolaborales. Mayor distancia cabe con la Ley alemana del Ordenación del Trabajo; mayores identidades se pueden encontrar con el Estatuto Nacional del Trabajo promulgado en Portugal en 1933. Aunque lo cierto es que todos contienen elementos comunes a la época en lo referente a unos derechos sociales que también aparecían en la Constitución de la República por no ir más lejos, algo que suelen olvidar con suma facilidad los que buscan la identidad del texto español con el italiano pero sin entrar en el análisis comparativo. El Fuero y la Carta se estructuraban del mismo modo. El documento italiano tenía 30 declaraciones frente a las 16 del texto español. Coincidían en la implantación de la Magistratura del Trabajo y en parte de los seguros que se anuncia que se van a crear, pero en muchos aspectos son elementos propios de las reivindicaciones sociales del periodo de entreguerras. Difieren en la conceptualización del trabajo y en la formulación del contrato colectivo de trabajo en el que el Fuero no entra. Tampoco comparte el texto español con el italiano lo relativo a remuneración/jornada laboral, ni la concepción sindical, entre otras cosas.
[17] La prensa subrayó esta idea: <<Sus normas rezuman catolicidad y ese alto sentido humano que lleno nuestra legislación primaria, en el Fuero Juzgo, en Las Partidas, y más tarde en las Leyes de Indias>>. Y es evidente que Ridruejo buscó con esa fórmula, un tanto anacrónica en la cita del Imperio, alejarse de cualquier deuda con el fascismo. ABC (10-3-1938). En 1939 uno de los componentes de la ponencia, José de Yanguas, explicó ante los Cardenales en Roma que el Fuero se inspiraba en las <<Encíclicas pontificias como ninguna otra Carta del Trabajo lo ha hecho>>. DIHGF. vol. I, p. 675.
[18] GONZÁLEZ, Manuel-Jesús: La Economía Política del franquismo (1940-1970). Dirigismo, mercado y planificación. Tecnos; Madrid, 1979, pp. 26-27.
[19] Cfr. La revolución en marcha. Un año del Fuero del Trabajo. Ministerio de Organización y Acción Sindical. 1939; PRIETO CASTRO, Leonardo: El momento revolucionario del Fuero del Trabajo y sus líneas ideológicas. Zaragoza 1938.
[20] <<El beneficio de la Empresa, atendido un justo interés del capital, se aplicará con preferencia a la formación de las reservas necesarias para su estabilidad, al perfeccionamiento de la producción y al mejoramiento de las condiciones de trabajo y vida de los trabajadores>>. Declaración VIII.
[21] Esto último, como otras cuestiones, tenían, sin duda, el sello de lo que Franco estaba pergeñando, el futuro INI.
[22] Indirectamente, de las frases del Fuero se desprendía la intención de ayudar a los trabajadores ancianos mediante un retiro suficiente que debería establecer el Estado.
[23] Así, entre las formas de propiedad que el Estado tiene la obligación de hacer posibles, aparecen: <<los instrumentos o bienes de trabajo para su uso cotidiano>>. Declaración XII.2.
[24] En realidad, la cuestión de los sindicatos fue lo que provocó las diferencias entre los diversos grupos políticos que de facto existían dentro del Consejo Nacional provocando el enfrentamiento entre los falangistas y los monárquicos, entre Fernández Cuesta y Aunós. Finalmente se llegó a un punto de consenso mediante una redacción algo ambigua que fiaba todo a la legislación posterior.
[25] FERNÁNDEZ CUESTA: op. cit. p. 195.
[26] <<Se crearán instituciones necesarias para que en las horas libres y los recreos de los trabajadores tengan estos acceso al disfrute de todos los bienes de la cultura, la alegría, la Milicia, la salud y el deporte>>. Declaración II.6. Para ello el régimen creará una importante red de centros vacacionales además de grupos sindicales de teatro, música, etc.
[27] <<El crédito se ordenará en forma que, además de atender a su cometido de desarrollar la riqueza nacional, contribuya a crear y sostener el pequeño patrimonio agrícola, pesquero, industrial y comercial. La honorabilidad y la confianza, basadas en la competencia y en el trabajo, constituirán garantías efectivas para la concesión de créditos. El Estado perseguirá implacablemente todas las formas de usura>>. Declaración IX.
[28] Cuando el lector llegue al final de este trabajo podrá juzgar hasta qué punto lo anunciado en 1938 se llevó a la práctica. Los falangistas contestatarios de los 60-70 y los falangistas que se consideran como de izquierdas, incluyendo a los que se han presentado como antifranquistas, suelen ser críticos con el Fuero del Trabajo y la subordinación de la Falange a Franco. Sin embargo, críticos con fundamento intelectual, como Sigfredo Hillers, anotan que el Fuero del Trabajo era un texto <<avanzado>> y lamentan que, aún reconociendo en 1975 lo avanzado en materia laboral en España durante el régimen franquista, lo que supuso el <<franquismo social>>, no se fuera más lejos: <<Está bien lejos de mi ánimo el efectuar una crítica demagógica, el derribar o denigrar todo lo instituido o legislado… lo que hacemos como falangistas es afirmar que si se pusiesen en práctica los postulados del Fuero del Trabajo tendríamos en España una revolución social, que sin llegar a ser la propugnada por José Antonio nos la acercaría en mucho>>. HILLERS DE LUQUE, Sigfredo: España: una revolución pendiente. Ediciones Arco; Madrid 2001 (1º Edición 1975), p. 47. (La segunda edición es solo una reedición y el lector debe tener en cuenta que el análisis se hace sobre datos de 1970-1972, algo que algunos comentaristas de esta obra olvidan, en la que pese a las fundadas críticas, se refleja el enorme cambio que se estaba produciendo).
[29] FERNÁNDEZ CARVAJAL, Rodrigo: La Constitución Española. Editora Nacional; Madrid, 1969, p. 154.
[30] Existe a mi juicio un debate tendencioso si se plantea como conclusión, que ya se dio durante el régimen de Franco con respecto a su aplicación y desarrollo, sobre si de lo establecido en el Fuero se dimanaba la concreción en derecho subjetivo en lo referente a los derechos que prefiguraba y si estos derechos que aparecían en muchos casos claramente incluidos en la norma eran, por tanto, exigibles a todos, incluyendo al Estado. Es más que erróneo afirmar que gran parte de lo establecido en el Fuero no se tradujo en un desarrollo legal y por tanto se mantuvo básicamente en la mera declaración con intención jurídica, cuando gran parte del mismo se trató de llevar a la práctica de forma inmediata. El rosario de decretos y reglamentaciones es la mejor prueba de que era intención del Estado hacerlos realidad y obligación. Lo que precisamente los defensores del Estado nacionalsindicalista, como Legaz y Lacambra, pedían dos años después de su promulgación es que las declaraciones se desarrollaran mediante leyes para asegurar su cumplimiento y que no se quedaran en una pretensión. El siguiente debate en el seno del régimen, derivado de los cambios políticos en el seno del mismo, fue si el Fuero debía de considerarse como algo estático o, por el contrario, era un elemento dinámico. Finalmente, en su aplicación fue considerado así, ya que el régimen se alejó del planteamiento inicial de crear un Estado nacional sindicalista, como indicaba el Fuero, aunque Franco mantuviera la mención hasta los sesenta, para crear un sistema que denominó democracia orgánica e, igualmente, varió en lo referente a las relaciones laborales al inclinarse por la fórmula del contrato o a una interpretación distinta en lo referente a la organización sindical. El lector debe tener presente que en caso de colisión entre lo dispuesto teóricamente y la legislación la decisión última, según las propias leyes, era de Franco. Cfr: RUIZ RESA: op. cit. pp. 386-392; HILLERS DE LUQUE: op. cit.; CANDELA MARTÍN, Juan: <<El Fuero de los españoles>>, Archivos de Derecho Público, nº VI-VIII (1953-1954); LEGAZ Y LACAMBRA, Luis: <<El Fuero del Trabajo como fuente del Derecho>>, Revista de Trabajo, nº5 (marzo 1940); BAYÓN CHACÓN, Gaspar: <<La interpretación dinámica del Fuero del Trabajo>>, Revista de Trabajo, nº2 (marzo-abril 1963).
[31] La Ley de Reorganización del Instituto Nacional de Previsión fue promulgada el 15-6-1938 siguiendo el planteamiento del Fuero. Según González-Bueno <<este patronato era inoperante, pues estaba previsto para ayudar a obreros jubilados sin tener otras aportaciones que las que a lo largo de su vida hicieron los asociados y las subvenciones>>, lo que solo permitía <<pensiones insignificantes>>. GONZÁLEZ-BUENO: op. cit. p. 173.
[32] Aunque suene un tanto curioso lo cierto es que ello permitía a los trabajadores acudir gratuitamente a los balnearios. En los meses posteriores a la promulgación del Fuero, hasta finales de 1938, 387 trabajadores pudieron recibir una cura de aguas. No es que fuera mucho pero era todo un símbolo.
[33] Este es un ejemplo claro del valor del <<franquismo social>> porque lo legislado se ha mantenido hasta la actualidad. Se puso en marcha con el decreto de 8-6-1938 y desarrollado en una ley de 30 del mismo mes. Es de subrayar la rapidez con la que el régimen publicaba el reglamento y las normas de aplicación en pocas semanas. La ley partía de lo dispuesto en el Fuero que obligaba a dignificar la vida del trabajador por lo que denuncian: <<la forma frecuente en que efectúan sus comidas los trabajadores, sentados en las aceras de las calles o en los alrededores de las fábricas y talleres, expuestos a las inclemencias del tiempo y sin que los presida el decoro>>. Para remediarlo establecía que se debían abrir comedores en las empresas. Era obligatorio para las que tuvieran más de 50 trabajadores, que además debían de disponer de servicio de comedor; las de menos debían habilitar un local. En el caso de que no existiera debían de darse dos horas de tiempo para comer, excluyendo el tiempo para los desplazamientos. Fijaba cómo debían de ser los locales habilitados y las multas para las empresas que incumplieran la ley.
[34] Cfr. La revolución en marcha. Un año de Fuero del Trabajo. 9-III-1938 – 9-III-1939. Sección de estudios y publicaciones de Organización y Acción Sindical. 1939.
[35] Así, por ejemplo, cuando las tropas nacionales ocupaban un lugar se indicaba que todos los empresarios y trabajadores debían de presentarse en sus establecimientos industriales y comerciales, indicando que <<no podrá ser despedido de su puesto habitual de trabajo ningún obrero sin la autorización previa del delegado de Trabajo o Magistrado de Trabajo>>. ABC, 2-4-1939.
[36] Algunos autores deducen que la actuación de la Inspección a lo largo del régimen de Franco fue relativamente efectiva, dado que debió de estar menguada de personal por el reducido gasto público de la época. No es esa, sin embargo, la imagen que tienen los españoles que vivieron en los años sesenta y setenta. Aunque cualquiera sabe que, aún hoy, nunca es suficiente.
[37] <<Reuní a los inspectores de trabajo nombrados en tiempos de la República, que funcionando con consignas demagógicas imponían multas no justificadas, que terminaban en la caja “negra” del Ministerio y de la que ellos posiblemente participaban. Les advertí que en mi criterio su actuación debía orientarse a aconsejar a las empresas haciéndoles notar en su caso las infracciones que estaban cometiendo –en ocasiones por ignorancia de lo legislado- y que solo quedaban autorizados a imponer multas si en visitas posteriores verificaban que la empresa no las había corregido. Por otra parte, el pago de las multas se haría siempre en papel de pagos al Estado>>. GONZÁLEZ-BUENO: op. cit. p. 175.
[38] El Fuero establecía la posibilidad de sancionar al empresario que no cumpliera y al trabajador que hiciera lo mismo. Sin citarla quedaba prohibida la huelga (<<los actos individuales o colectivos que de algún modo turben la normalidad de la producción>>) y el trabajador podía ser sancionado si se observaba una <<disminución dudosa del rendimiento en el trabajo>>. Es fácil deducir que la mayor parte de las sanciones realizadas por la Inspección de Trabajo eran a la empresa por incumplimiento de las normas, pues en plena guerra y con el temor a ser acusado de <<rojo>> las sanciones a los trabajadores debieron de ser reducidas.
[39] ALONSO GARCÍA: op. cit. pp. 609-611.
[40] Valga como anécdota-testimonio personal que a principios de los ochenta, siendo un chaval, por razones políticas asistía a una reunión con empresarios. Algunos comentaban que lo que reprochaban a Franco era la alta protección al trabajador y los costes que ello les ocasionaba.
[41] Evidentemente la presencia de López Bassa en el Consejo Nacional y en su Junta Política-Secretariado debió de ser importante a la hora de incluir en el Fuero los subsidios familiares que Franco había apoyado. De hecho, siguiendo el modelo de caja de compensación a lo largo de 1937 se habían puesto en marcha en Vizcaya, Ávila, Salamanca. Evidentemente la colaboración empresarial era relativamente voluntaria, porque no apoyar el sistema podría ser interpretado como muestra de desafección. Severino Aznar, encargado por González-Bueno del reglamento de aplicación de la Ley, consultó con el Padre Bartolomé Quetglas el funcionamiento de sus cajas. Cfr. GONZÁLEZ-BUENO: op. cit. p. 180; GONZÁLEZ MURILLO, Pedro: la política social franquista: el Ministerio de José Antonio Girón de Velasco. Universidad Complutense (Tesis doctoral); Madrid, 2014, pp. 239-242
[42] Desde finales de 1936 la protección de los combatientes nacionales y sus familias fue objeto de atención, incluyendo como tales a los asesinados en la zona republicana. Una larga serie de disposiciones fijarían las coberturas en forma de prestaciones y pensiones fijadas entre diciembre de 1936 y junio de 1942. No tenemos datos sobre el total de personas que iban a recibir durante décadas estas prestaciones, pero podrían superar los 150.000 perceptores directos entre familiares de víctimas y mutilados. VELARDE: <<Aspectos…>>, p. 142; ALEJANDRE GARCÍA: <<La protección social en el primer franquismo: régimen jurídico de las pensiones y prestaciones extraordinarias originadas por la guerra civil>> AHD, tomo LXXVIII-LXXIX 2008-2009 (edición digital).
[43] De forma harto parcial y sin tener en cuenta los salarios González Murillo trata por todos los medios de aminorar la importancia y trascendencia de la medida mediante proyecciones comparativas con el precio de algunos productos en la época. Lo que es un modo de manipular la realidad.
[44] El 13 de diciembre de 1938 un decreto de Franco fundaba la Organización Nacional de Ciegos, la ONCE, a instancias, según se ha indicado, del general Millán Astray. En el decreto se concedía la venta del cupón prociegos que permitiría a estas personas ganarse la vida.
[45] La Sección Femenina nació en junio de 1934 como una sección del Sindicato Español Universitario aunque había comenzado a funcionar en 1933, pero José Antonio no firmó sus estatutos hasta diciembre de 1934. Fueron siete las fundadoras encabezadas por la hermana de José Antonio, Pilar Primo de Rivera. Su labor se centró en la distribución de propaganda y en la atención a los detenidos de la Falange recaudando subsidios. En 1935 Pilar Primo de Rivera estructuró la cadena de mandos provinciales de la SF. Al ilegalizarse la Falange las afiliadas adquirieron un notorio protagonismo al actuar como enlaces en la clandestinidad. Al estallar la guerra, en la zona republicana, se integraron en los grupos de actuación clandestina, en la <<quinta columna>> y crearon el <<Auxilio Azul>>, <<Socorro Azul>> o <<Socorro Blanco>> para ayudar a los miles de prisioneros y escondidos. El 6 de enero de 1937 se celebraba en la zona nacional el I Consejo Nacional de la Sección Femenina. Las afiliadas ya se contaban por millares. Las chicas de la Falange montaron lavaderos de ropa para las tropas en los frentes de combate, nutrieron de enfermeras los hospitales y los puestos de socorro en el frente y en el mismo se hacían cargo de los teléfonos y colaboran con el ejército con los talleres de ropa. Pilar Primo de Rivera se opuso al Decreto de Unificación: <<después comprendimos que posiblemente Franco llevaba razón; la guerra había que ganarla, y toda división interna era un tremendo inconveniente>>. Al menos 57 chicas de la Sección Femenina dejaron la vida en los frentes de combate o fueron asesinadas en la zona republicana. PRIMO DE RIVERA, Pilar: Recuerdos de una vida. Ediciones Dyrsa; Madrid, 1983, p. 110. Cfr. SUÁREZ FERNÁNDEZ, Luis: Crónica de la Sección Femenina y su tiempo. Asociación Nueva Andadura; Madrid, 1992.
[46] No se debe de confundir la labor de la Sección Femenina con la beneficencia. Esta estaba organizada dependiendo del Ministerio de la Gobernación y la componían la Dirección General de la Beneficencia y Ogras Sociales, el Consejo Superior de Beneficencia y Obras Sociales y el Fondo de Protección Benéfico Social. A ello se sumaban las acciones de beneficencia de las diputaciones y ayuntamientos.
[47] Además de ello, en plena guerra, en 1937 se puso en marcha la ayuda para los refugiados sin familiares y atención en la zona nacional, dependiente del Servicio Nacional de Beneficencia y Obras Sociales. Inicialmente se recurrió a albergues. En febrero de 1939, Serrano Suñer ordenó la creación para atender a los refugiados indigentes de comedores, dormitorios comunes o de facilitar ayudas para ropa, electricidad y alquileres. Los comedores de refugiados también serían adscritos a Auxilio Social y el Estado pagaría por la atención. Inicialmente el periodo de estancia en los refugios sería de un mes prorrogable según las condiciones.
[48] El primer centro de este tipo de atención se abrió en Valladolid el 30 de octubre de 1936, se financiaba mediante cuestaciones públicas. Los diez primeros comedores atendían a más de 1.000 personas diariamente.
[49] Esto era importante ya que evitaba el desdoro público y el aparecer como pobres, por otra parte se conseguía evitar el rechazo o la decisión de no acudir a los comedores por parte de los <<rojos>>, pese a que Auxilio Social no hacía distinciones.
[50] FERNÁNDEZ CUESTA, Raimundo: Discurso en la clausura del segundo Congreso de Auxilio Social (24-10-1938).
[51] No todas las mujeres podían prestarlo, había múltiples exclusiones, pese a que estaba dirigido a todas las mujeres comprendidas entre los 17 y los 35 años. Era obligatorio para aquellas que quisieran ser funcionarias del Estado o acceder a puestos en la educación, pero en los años de la guerra eran muy pocas las que podían movilizarse por esa obligación. El 28 de diciembre de 1939 se modificaba el Servicio Social que pasaba a depender de la Sección Femenina pero lo fundamental e ineludible era atender Auxilio Social, en la inmediata posguerra más necesario que durante la misma contienda. Posteriormente se precisó que debería tener una parte formativa para quienes lo prestaran. El Servicio Social se tornaba en obligatorio para quienes quisieran tener un título académico, acceder a cualquier empleo estatal, profesiones liberales o cualquier puesto de trabajo de una empresa con subvenciones. Para las hijas de la clase media y alta se convertía en una obligación, para no pocas pesada y molesta. El Servicio Social al igual que el Servicio Militar no implicaba pérdida de trabajo en el caso de que se tuviera, sino que llevaba aparejada una suspensión temporal mientras se prestaba recuperándose al finalizar (Decreto 28-11-1937).
[52] Franco otorgó a las 16 enfermeras del Hospital Militar de Huesca, que se mantuvieron al lado de sus heridos pese al peligro, la Medalla Militar con distintivo rojo.
[53] Franco se refiere a las enfermeras falangistas que prestaban servicio en los hospitales de Teruel sitos en el Casino y en las Clarisas. Cuando ocuparon los republicanos el Casino, bajo el fuego, el 28 de diciembre, con el edificio perdido, las chicas de la SF consiguieron llevar a sus heridos hasta las Clarisas. Allí aguantaron hasta el día 8. No abandonaron a los heridos, pese a que la mayoría murieron al no disponer de material sanitario ni de alimentos. Fueron capturadas, parte de ellas eran menores de edad (Paloma Moreno, Beatríz González y Carmen Pastor).
[54] Según los datos de la propia Sección Femenina al acabar la guerra contaban con 580.000 afiliadas, había movilizado 8.000 enfermeras durante el conflicto, otras 20.000 fueron a los talleres, 300.000 estaban en Auxilio Social. Cfr. LORING, Teresa: <<Promoción político social de la mujer durante los años del mandato de Francisco Franco>>, El legado de Franco, vol. I. FNFF; Madrid, 1993, p. 590.
[55] El problema era cómo atender a los enormes gastos que suponía Auxilio Social. Se estima que en 1938 atendía diariamente en la zona nacional a más de 170.000 personas. Inicialmente se entendió posible financiarlo mediante donativos. A cada donante se le daba un emblema. Después se estableció un sistema indirecto que grababa determinados consumos, en los bares la cuenta se incrementaba con el donativo incluido para Auxilio Social recibiendo el emblema. Un tipo de financiación que no estuvo exento de problemas en la posguerra. Para que el lector se haga una idea de lo que significó en la posguerra señalemos, por ejemplo, que en una ciudad no muy grande, como Jerez de la Frontera, Auxilio Social repartía en 1943 2.200 raciones de comida diaria y, además, atendía a 600 niños. Informe de la DGS (6-2-1943). DIHGF. vol. 3, p. 260.
[56] Las falangistas preveían crear dispensarios preintranatales, de Puericultura, imponer los cuartos de lactancia en las industrias, abrir guarderías y jardines maternales y establecer en cada provincia un Instituto de Maternología y Puericultura. En 1938 ya contaban con numerosos hogares para niños huérfanos y abandonados (hogares cuna, hogares infantiles, hogares escolares, hogares aprendices). También se crearían hogares para embarazadas.
[57] La labor en este campo se vinculaba al reparto de ropa, menús especiales para enfermos, suministro de útiles de cocina o colchones y la presencia de las visitadoras falangistas a los domicilios.
[58] En 1943 quedaría bajo la dirección de la Sección Femenina en colaboración con la Dirección General de Sanidad la Escuela Especial de Instructoras de Sanidad.
[59] Informe de la DGS (6-2-1942). DIHGF, vol. 3, p. 254.
[60] Los informes sencillos de las Divulgadores pueden ser aún más ilustrativos: la divulgadora de Cuéllar anota <<he velado durante varias noches a un niño enfermo aplicándole todos los medicamentos que el médico me indicó. Logré que se bautice a una niña de varios meses en peligro de muerte>>; la de Fresno de Candespino (Segovia) anota, <<estoy muy contenta porque durante este verano no ha muerto ningún niño pequeño como otros veranos>>; en Dalias (Almería) da las gracias por los <<vestiditos que nos has enviado, de esta manera podremos atender a las niñas que no querían hacer la comunión a pesar de estar bien preparadas>>; en Moratalla (Murcia) apunta, <<consigo que sean blanqueadas la mayoría de las casas del pueblo, así como que se limpien sus calles, gracias a la gestión hecha con el Alcalde para que ordenase a los vecinos que no tirasen las basuras a la calle. Con la ayuda de dos falangistas más, fui repartiendo a las casas la cal y ayudando a la limpieza de estas. Entre las visitas a domicilio he encontrado 17 casos de tracoma y les he llevado al Dispensario donde recibieron gratuitamente todos los cuidados>>. Muchas de ellas lucharían en primera fila contra las epidemias de tifus como la que se dio en Belmonte (Cuenca). Cfr. DIHGF, vol. III, pp. 13-29.
